GARAY/ISAPRE COLMENA GOLDEN CROSS S.AA
Rol
O-207-2024
Fecha
28 de mayo de 2024
Materia
Bonos, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos a probar: 1) Fecha de inicio de la relación laboral de la demandante señorita Godoi para los efectos del bono demandado en estos autos. 2) Efectividad de ser ambas demandantes acreedoras al bono por antigüedad de 25 años. Hechos, pormenores y circunstancias. CUARTO: Que, las demandantes rindieron e incorporaron las siguientes probanzas: Documental: 1.- Correo electrónico de 2 de noviembre de 2022 de doña María Godoi a doña Lorena Coloma consultando sobre el beneficio por años en Colmena; 2.- Captura de pantalla de la página web de Colmena Golden Cross donde se publicita el beneficio por años de trayectoria; 3.- Tabla de montos del beneficio trayectoria; 4.- Correo electrónico de fecha 04 de julio de 2023 de doña María Godoi a Doña Mireya Muñoz solicitando certificado de antigüedad para efecto de premiación por año; 5.- Liquidaciones de doña Gladys López de noviembre de 2012 y noviembre de 2017 donde se paga el beneficio bono trayectoria; 6.- Liquidaciones de doña María Godoi de noviembre de 2014 y noviembre de 2018 donde se paga el beneficio bono trayectoria; 7.- Liquidación de doña Karla Paola Ibacache Martínez de noviembre 2017 donde se paga el beneficio bono por años; 8.- Liquidación de doña Marisol Solange Castillo Díaz de diciembre de 2019 donde se paga el beneficio bono por años; y, 9.- Liquidación de doña Anita María Bello Gajardo de diciembre de 2011, diciembre 2015 y diciembre de 2020 donde se paga el beneficio bono por años. Testimonial: Declararon, previo juramento o promesa, doña Laura Toledo Alarcón, Rut 9.087.928-6, Selva Godoi Ulloa, Rut 10.063.406.-6 y doña Gloria Quilodrán Burgos, Rut 7.352.186-6. Exhibición de documentos: La parte demandada exhibe a la demandante los siguientes documentos solicitados en la audiencia preparatoria, consistentes en las liquidaciones de sueldo durante toda la relación laboral de doña María Mercedes Godoi Pino, Rut. 11.209.511-K desde 06 de enero de 1997 hasta la fecha y de doña Gladys de Las Mercedes López M
Fallo
por tanto, la demanda será rechazada sin mayores disquisiciones. DÉCIMO: Que, toda la prueba pormenorizada y no analizada, en nada altera lo que ya ha sido resuelto por esta sentenciadora. Por estas consideraciones y vistos, además, lo dispuesto en los artículos 1, 2, 5, 7, 9, 10, 420 y siguientes del Código del Trabajo, artículo 1698 del Código Civil, se resuelve. I. Que, se rechaza la demanda interpuesta por MARÍA MERCEDES GODOI PINO y doña GLADYS DE LAS MERCEDES LÓPEZ MORALES, en contra de ISAPRE COLMENA GOLDEN CROSS S.A. todos ya individualizados. II. Que, no se condena en costas a las demandantes por estimar que tuvieron motivo plausible para litigar. Notifíquese a las partes mediante correo electrónico informado por los apoderados de las partes, para los efectos del artículo 457 del Código del Trabajo, tal y como fue informado en audiencia de juicio. Archívese en su oportunidad. Rit : O – 207 - 2024 Ruc : 24-4-0541341-4 Pronunciada por doña CAROLINA ALEJANDRA BRAVO YÁÑEZ, Jueza Titular y Destinada a este Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago a veintiocho de mayo de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la sentencia precedente.
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Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Rit : O – 207 - 2024 Ruc : 24-4-0541341-4 Procedimiento : Ordinario Materia : Despido injustificado y otras Demandante : Godoi Pino y otra Demandado : Isapre Colmena Golden Cross S.A. En Santiago, a veintiocho de mayo de dos mil veinticuatro. VISTOS, OIDOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, en estos autos Rit O – 207 – 2024, comparece don Osvaldo
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