BATA CHILE S.A./DANIEL LEYTON Y COMPAÑIA LIMITADA
Rol
C-213-2022
Fecha
19 de marzo de 2024
Materia
PESOS, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1, en este Juzgado de Letras y Garantía de Chañaral, comparece SANDRA SIRHAN NAHUM, abogado, quien actúa en representación de la sociedad BATA CHILE S.A., sociedad del giro venta de calzado, financiamiento y actos de comercio en general, representada legalmente por don MARIO ALEJANDRO CORDOVA SANTANDER, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad N°7.982.446-1, todos con domicilio en Compañía Nº1390, Oficina 1206, Santiago, deduciendo demanda de cobro de pesos en procedimiento ordinario en contra de la sociedad DANIEL LEYTON Y COMPAÑÍA LIMITADA, RUT N°78.991.890-2, representada por don DANIEL ENRIQUE LEYTON CORTES, cédula de identidad N° 8.082.276-6, domiciliados en calle Merino Jarpa N°555, Chañaral, solicitando que se le condene a pagar la suma de $4.690.624.- más reajustes e intereses, con costas. Expone que su representada BATA CHILE S.A. es dueña de un crédito ascendente a la suma de $4.690.624.- más intereses documentado en el Contrato de Consignación del Establecimiento Comercial ubicado en calle Merino Jarpa N°555, Chañaral, otorgado por escritura pública de fecha 18 de Agosto de 1997 en la Notaria de Santiago de don Raúl Mella Santibáñez, suscrito por la sociedad DANIEL LEYTON Y COMPAÑÍA LIMITADA. Indica que, en virtud de la cláusula Décimo Tercera del referido contrato el ejecutado se obligó a administrar el local y depositar día a día en la cuenta y Banco que le indicó BATA CHILE S.A. la totalidad de los dineros que se obtengan por las ventas habidas en el día inmediatamente anterior, sean estas al contado o provenientes de créditos, debiendo asimismo, entregar semanalmente todos los días lunes, junto con la documentación correspondiente una relación de las ventas de la semana y los comprobantes de los depósitos efectuados dentro de ese mismo período. En el caso de las ventas a crédito se obligó a extender la documentación correspondiente en los plazos que establece la ley y de obtener el pago de estos créditos dentro de los pl
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, doña SANDRA SIRHAN NAHUM, en representación de la sociedad BATA CHILE S.A., deduce demanda de cobro de pesos en procedimiento ordinario en contra de la sociedad DANIEL LEYTON Y COMPAÑÍA LIMITADA, solicitando que se le condene a pagar la suma de $4.690.624.- más reajustes e intereses, con costas, por los antecedentes de hecho y derecho indicados en lo expositivo de esta sentencia. SEGUNDO: Que, encontrándose válidamente notificada la demandada, ésta no compareció en autos, por lo que se tuvo por evacuada la contestación en rebeldía a folio 11, operando la institución de la contestación ficta, por la cual se entiende que la demandada controvierte todos los dichos expuestos en la demanda, y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 1698 del Código Civil, corresponde al demandante acreditar la veracidad de sus alegaciones. TERCERO: Que, a folio 28, se recibió la causa a prueba, fijándose como hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos los siguientes: 1. Existencia de la obligación de pagar una suma de dinero por el demandado al actor. En la afirmativa origen de la obligación y monto de la misma. 2. Si el demandado pagó total o parcialmente el monto de la obligación demandada. Código: YXGRXMETQXL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl CUARTO: Que, la demandante agregó en forma legal, los siguientes documentos: 1) Contrato de Concesión de tienda Bata Sociedad Anonima Comercial a Daniel Leyton y Compañía Limitada de fecha 18 de Agosto de 1997; 2) Cartola Resumen y Desarrollo de la deuda emitida con fecha 03 de mayo de 2022; y 3) Carta aviso de cobranza de fecha 20 de diciembre de 2021; 4) Correo electrónico de don Daniel Leyton a doña Sandra Shirhan, con fecha 06 de junio de 2023; 5) Resumen del stock de mercadería de la Semana 28/2019; 6) Cuenta consignataria de fecha 12 de enero de 2024, periodo contable 2023-53; 7) Contabilidad caja tienda 175 Chañaral, de fecha 07 de julio de 2019; 8) Contabilidad caja tienda 175 Chañaral, de fecha 14 de julio de 2019. Que estos documentos, no fueron objetados por la demandada, lo que hace plena prueba en cuanto a la existencia de las obligaciones invocadas por el actor y que resulta suficiente para tener por establecida la existencia de una deuda para con la demandante. QUINTO: Que la parte demandada durante el transcurso del proceso no rindió prueba dentro del término legal. SEXTO: Que, respecto a la existencia de la obligación de pagar una suma de dinero por el demandado, se acompañó resumen de stock de mercadería tienda 175, por el periodo comprendido desde el 08/07/2019 hasta el 10/07/2019, en el apartado correspondiente a inventario, arrojando una diferencia de inventario general por la suma de $1.499.850, monto que se confirma en cuenta consignataria por la misma suma por diferencia de inventario y que se pagó la suma de $1.275.170, por aplicación de fondo de garantía, quedando un saldo restante por la s
Fallo
en mérito de lo expuesto, documentos acompañados y en virtud de lo dispuesto en los artículos 253 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, solicita se sirva tener por entablada demanda en juicio ordinario de cobro de pesos contra la sociedad DANIEL LEYTON Y COMPAÑÍA LIMITADA representada por don DANIEL ENRIQUE LEYTON CORTES ya individualizados, acoger esta demanda en todas sus partes y en definitiva declarar que la parte demandada adeuda a mi representada BATA CHILE S.A. la suma de $4.690.624.- más los intereses que procedan según las cláusulas de la escritura pública acompañada, todo ello con expresa condenación en costas. A folio 11, consta notificación personal al demandado con fecha 30 de diciembre de 2022. A folio 13, se tuvo por evacuado el traslado en rebeldía del demandado y se citó a las partes a audiencia de conciliación. A folio 26, tuvo lugar audiencia de conciliación, no prosperando el llamado. A folio 28, se recibe la causa a prueba. A folio 43, se citó a las partes a oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, doña SANDRA SIRHAN NAHUM, en representación de la sociedad BATA CHILE S.A., deduce demanda de cobro de pesos en procedimiento ordinario en contra de la sociedad DANIEL LEYTON Y COMPAÑÍA LIMITADA, solicitando que se le condene a pagar la suma de $4.690.624.- más reajustes e intereses, con costas, por los antecedentes de hecho y derecho indicados en lo expositivo de esta sentencia. SEGUNDO: Que, encontrándose válidamente no
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. de Chañaral CAUSA ROL : C-213-2022 CARATULADO : BATA CHILE S.A./Daniel Leyton y Compañia Limitada Chañaral, diecinueve de Marzo de dos mil veinticuatro VISTO: A folio 1, en este Juzgado de Letras y Garantía de Chañaral, comparece SANDRA SIRHAN NAHUM, abogado, quien actúa en representación de la sociedad BATA CHILE S.A., sociedad de
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