1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

ALEGRÍA/HOSPITAL DE URGENCIA ASISTENCIA PUBLICA DR. ALEJANDRO DEL RIO

Rol

O-8244-2023

Fecha

27 de mayo de 2024

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos

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No especificado

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Hechos

hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos el tribunal recibe la causa prueba fijando los siguientes puntos: 1.- Elementos que configuran el régimen de subordinación y dependencia invocado en autos, funciones desarrolladas por el actor. 2.- De existir relación laboral, cumplimiento de las formalidades legales por parte del demandante para poner término al contrato, en la afirmativa, causal o causales invocadas, hechos en que se funda, efectividad de los mismos, pormenores y circunstancias. 3.- De existir relación laboral, si las cotizaciones de seguridad social del trabajador se encuentran íntegramente pagadas, en su caso, fecha de entero de las mismas. 4.- Si se adeuda al demandante feriado legal y proporcional, en la afirmativa, montos a compensar. CUARTO. Incorporación de medios probatorios. Que la parte demandante incorpora los siguientes medios de prueba: Documental: 1. Carta de autodespido remitida por el actor Jaime Ignacio Alegría Santis, al Hospital de Urgencia Asistencia Pública Dr. Alejandro Del Rio, de fecha 31 de octubre de 2023. 2. Carta de comunicación de autodespido remitida por el actor Jaime Ignacio Alegría Santis, a la Inspección Provincial del Trabajo de Santiago de fecha 31 de octubre de 2023. 3. Comprobantes de envío correspondiente a la carta y comunicación de autodespido a través de correspondencia certificada vía Correos de Chile, con fecha 31 de octubre de 2023. 4. Copia de Certificado de Antigüedad, emitido por el servicio de Salud Metropolitano Central, correspondiente al actor, de fecha 3 de noviembre de 2023. 5. Copia de Convenio de Prestación de Servicios Personales a Honorarios (Horas/prestaciones), suscrito entre las partes, de fecha 1 de septiembre de 2022. 6. Copia de Convenio de Prestación de Servicios Personales a Honorarios (Turnos), suscrito entre las partes, de fecha 1 de octubre de 2022. 7. Copia de Convenio de Prestación de Servicios Personales a Honorarios (Horas/prestaciones), suscrito entre las partes, de

Fallo

Por estas consideraciones y, visto además lo dispuesto en los artículos 1, 5, 7, 54, 453, 454 y siguientes, del Código del Trabajo, ley 18.883 y demás normas legales vigentes, SE RESUELVE. I.- Que se rechaza en todas sus partes la demanda interpuesta por JAIME IGNACIO ALEGRÍA SANTIS, chileno, soltero, Kinesiólogo, Cédula Nacional de Identidad N° 18.020.060-6, en contra del HOSPITAL DE URGENCIA ASISTENCIA PÚBLICA DR. ALEJANDRO DEL RÍO, Rol Único Tributario N° 61.608.602-2, todos previamente individualizados. II.- Que se condena en costas a la demandada fijando las mismas en la suma de $1.000.000. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RIT : O-8244-2023 RUC : 23- 4-0532204-8 Dictada por doña CAROLINA ISABEL GAJARDO BENÍTEZ, Juez del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago a veintisiete de mayo de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la sentencia precedente. San Martín #950 Santiago – Fono 02-9157000 Correo Electrónico jlabsantiago1@pjud.cl

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, veintisiete de mayo de dos mil veinticuatro. VISTOS. Que ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago se ha llevado a efecto audiencia de juicio sobre reconocimiento relación laboral, despido indirecto, nulidad del despido y cobro de prestaciones. La demanda fue interpuesta por JAIME IGNACIO ALEGRÍA SANTIS, chileno, soltero, k

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