LÓPEZ/SEPÚLVEDA
Rol
C-205-2022
Fecha
19 de marzo de 2024
Materia
COMODATO PRECARIO
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folio 1 comparece don Kevin Alexis Ulloa Ferro, Abogado habilitado para el ejercicio de la profesi n, con domicilio en Manuel Bulnesó 699, oficina 400, de la comuna y ciudad de Temuco en representaci nó seg n se acreditar de don ú á GERARDO OSCAR LOPEZ FARREAUT, de profesi n vendedor, domiciliado en pasaje Monserrat N 1730, Villaó ° Barcelona, comuna y ciudad de Temuco e indica que viene en interponer demanda de precario, rectificada a folio 7, en juicio sumario en contra de do a ñ PAOLA ANDREA SEPULVEDA BARRERA, ignora profesi n uó oficio, con domicilio en pasaje Juan Enrique Rod N 0651, Villa Alcantara,ó ° comuna y ciudad de Temuco. Su representado es due o de la propiedadñ ubicada en pasaje Juan Enrique Rod N 0651, sector Villa Alcantara, de laó ° ciudad de Temuco, seg n consta en el certificado de dominio vigente, delú Conservador de Bienes Ra ces de Santiago, que acompa a en un otros deí ñ í esta presentaci n. Esta propiedad su representada la adquiri medianteó ó escritura p blica de compraventa, de fecha 31 de octubre del a o 2000,ú ñ otorgada ante don JUAN ANTONIO LOYOLA, Notario Titular de la ciudad de Temuco, quedando inscrita en el Registro de Propiedades del Conservador de Bienes Ra ces de Temuco a fojas 9871F, N 8141, del a oí ° ñ 2000, cuya copia se inserta en un OTROS , de esta presentaci n. Que elÍ ó a o 2010, su representada permiti por mera tolerancia, que la demandadañ ó de autos do a Paola Andrea Sep lveda Barrera, se quedara viviendo en elñ ú inmueble. Desde esa fecha ha habido una tensa relaci n con do a Paola laó ñ cual lleg a su punto m s cr tico a finales de 2021 cuando decidi solicitaró á í ó Código: LRRYXMHLCJL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl el abandono del inmueble y ella se neg en reiteradas ocasiones. Es por loó anteriormente expuesto que es el deseo de su patrocinado que dicho ocupante restituya, totalmente desocupada, la referida propiedad, por lo que inte
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1 comparece don Kevin Alexis Ulloa Ferro, Abogado en representaci n seg n se acreditar de don ó ú á GERARDO OSCAR LOPEZ FARREAUT e indica que viene en interponer demanda de precario, rectificada a folio 7, en juicio sumario en contra de do añ PAOLA ANDREA SEPULVEDA BARRERA. Su representado es due o de la propiedad ubicada en pasaje Juan Enrique Rod N 0651,ñ ó ° Código: LRRYXMHLCJL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl sector Villa Alcantara, de la ciudad de Temuco, seg n consta en elú certificado de dominio vigente, del Conservador de Bienes Ra ces deí Santiago, que acompa a en un otros de esta presentaci n. Esta propiedadñ í ó su representada la adquiri mediante escritura p blica de compraventa, deó ú fecha 31 de octubre del a o 2000, otorgada ante don JUAN ANTONIOñ LOYOLA, Notario Titular de la ciudad de Temuco, quedando inscrita en el Registro de Propiedades del Conservador de Bienes Ra ces de Temuco aí fojas 9871F, N 8141, del a o 2000, cuya copia se inserta en un OTROS ,° ñ Í de esta presentaci n. Que el a o 2010, su representada permiti por meraó ñ ó tolerancia, que la demandada de autos do a Paola Andrea Sep lvedañ ú Barrera, se quedara viviendo en el inmueble. Desde esa fecha ha habido una tensa relaci n con do a Paola la cual lleg a su punto m s cr tico aó ñ ó á í finales de 2021 cuando decidi solicitar el abandono del inmueble y ella seó neg en reiteradas ocasiones. Es por lo anteriormente expuesto que es eló deseo de su patrocinado que dicho ocupante restituya, totalmente desocupada, la referida propiedad, por lo que interpone la presente demanda, por lo que pide tener por presentada demanda de precario , en“ ” procedimiento sumario, en contra de do a PAOLA ANDREAñ SEPULVEDA BARRERA, ya individualizado; admitirla a tramitaci n y, enó definitiva, acogerla declarando que el demandado deber entregar elá inmueble ya indicado, de dominio de su representado, dentro de tercero d a, o en el plazo que el tribunal fije prudencialmente, bajo apercibimientoí de procederse al lanzamiento con auxilio de fuerza p blica de la demanda oú de sus dependientes y familiares o de cualquier otro ocupante, todo con expresa condenaci n en costas.ó SEGUNDO: Que la demandada no contest la demanda por lo queó procesalmente debe entenderse que controvierte los hechos en que se funda. TERCERO: Que el actor acompa al proceso e incorpor a la carpetañó ó judicial los siguientes documentos en apoyo de su pretensi n: 1.- copiaó autorizada de inscripci n de dominio rolante a fs. 9871 F, Nro.- 8141 deló Registro de Propiedad del sr. Conservador de Bienes Ra ces de Temuco delí a o 2000 a nombre del actor, respecto del inmueble ubicado en Pasaje Juanñ Código: LRRYXMHLCJL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Enrique Rodo Nro.- 159 del plano de Loteo denominad Parque Alc ntaraá II Etapa de esta ciudad. CUARTO: Qu
Fallo
SE RESUELVE: I.- Que NO HA LUGAR a la demanda de precario en juicio sumario de folio 1, rectificada a folio 7 interpuesta por don Kevin Alexis Ulloa Ferro, Abogado, en representaci n de don ó GERARDO OSCAR LOPEZ FARREAUT en contra de do a ñ PAOLA ANDREA SEPULVEDA BARRERA. II.- Que no se condena en costas al perdidoso por haber tenido motivo plausible para litigar. Rol Nro.- 205 - 2022 Dictada por do a ñ MARIA CRISTINA DE LA CRUZ ARRIAGADA, Jueza Titular del Tercer Juzgado Civil de Temuco. Código: LRRYXMHLCJL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Temuco, diecinueve de marzo de dos mil veinticuatro Código: LRRYXMHLCJL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-03-19T10:03:13-0300
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : C-205-2022 CARATULADO : L PEZ/SEP LVEDAÓ Ú Temuco, diecinueve de marzo de dos mil veinticuatro VISTOS: A folio 1 comparece don Kevin Alexis Ulloa Ferro, Abogado habilitado para el ejercicio de la profesi n, con domicilio en Manuel Bulnesó 699, oficina 400, de la comuna y ciudad de Temuco en representaci nó seg n se ac
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