SILVA/
Rol
V-125-2023
Fecha
19 de marzo de 2024
Materia
NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: En folio 1, modificada en folio 3 y rectificada en folio 11, se presentó doña MARYORIE MAKARENA SILVA ARRATE, (35 años de edad) Trabajadora Independiente, domiciliado en Ramón Gallegos N° 190, Salinas, comuna de Talcahuano. Dedujo en procedimiento voluntario, solicitud de autorización de cambio de nombre, en su partida de nacimiento, inscrita bajo el N° 101, Registro S del respectivo libro del Registro Civil e Identificación de la Circunscripción Presidente Ríos, del año 1988. Lo anterior, en el sentido de eliminar su primer nombre e invertir el orden de sus apellidos; para quedar en definitiva como MAKARENA ARRATE SILVA, por las siguientes razones de hecho y de derecho: Expuso que su primer nombre y apellido no los utiliza, ya que durante toda su vida la han llamado “MAKARENA ARRATE”, lo que obedece a que el nombre fue a propuesta de su padre, quien nunca la reconoció como hija. Desde pequeña, agregó, se hizo llamar como Makarena Arrate, por su abuelo materno, quien es su figura paterna, quien la crio y con quien aún vive. Y así empezó a ser llamada por su grupo familiar, amigos de infancia y todo su entorno social, y también desde adulta se ha hecho llamar Makarena Arrate Silva. Añadió que actualmente se encuentra casada y tiene tres hijos menores de edad: FERNANDA ANTONIA SERRANO SILVA de 16 años, MATEO VALENTIN CARO SILVA de 13 años y JOSEFA ISABELLA ESTRADA SILVA, de 5 años de edad. Quienes le preguntan porque ellas no son de apellido “Arrate”, como lo es su mamá o su abuelo, a quien identifican como su padre. Sostuvo que la situación descrita, se encuadra en la causal del art. 1 letra b) e inciso 2° de la letra c) del art. 1 de la Ley 17.344. Por lo expuesto y citas legales que mencionó, pidió se rectifique las partidas de nacimiento (Circunscripción Presidente Ríos N°101 sin Registro del año 1988 del Registro Civil e Identificación) , matrimonio (Circunscripción Hualpén N° 99 sin Registro del año 2017) y nacimiento de sus descendientes FERNANDA ANTO
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1°. En autos doña MARYORIE MAKARENA SILVA ARRATE, pide el cambio de nombre con el cual figura inscrita en el Registro Civil e Identificación, en el sentido de eliminar su primer nombre e invertir sus apellidos, quedando en definitiva su nombre completo como “MACARENA ARRATE SILVA”. Hizo extensiva dicha petición, a fin que se practique tanto en su inscripción matrimonial, como en la de cada uno de sus hijos; todo fundada en los fundamentos de hecho y derecho reseñados en la primera parte de esta sentencia y que se da por reproducidos. 2° El art. 1° inciso 2° de la Ley Nº 17.344, norma en que se apoya la peticionaria, dispone que: “Cualquier persona podrá solicitar, por una sola vez, que se la autorice para cambiar sus nombres o apellidos, o ambos a la vez, en los casos siguientes: a) Cuando unos u otros sean ridículos, risibles o la menoscaben moral o materialmente; b) Cuando el solicitante haya sido conocido durante más de cinco años, por motivos plausibles, con nombres o apellidos, o ambos, diferentes de los propios, y c) En los casos de filiación no matrimonial o en que no se encuentre determinada la filiación, para agregar un apellido cuando la persona hubiera sido inscrita con uno solo o para cambiar uno de los que se hubieren impuesto al nacido, cuando fueren iguales”. Agrega el inciso 2° que “En los casos en que una persona haya sido conocida durante más de cinco años, con uno o más de los nombres propios que figuran en su partida de nacimiento, el titular podrá solicitar que se supriman en la inscripción, en la de su matrimonio y en las de nacimiento y en las de nacimiento de sus descendientes menores de edad, en su caso, el o los nombres que no hubieren usado.” 3°. En el caso de autos, estamos precisamente en presencia de la situación que previene el citado artículo 1°, inciso 2° de la Ley N° 17.344, en sus letra b). En efecto, en razón de la situación referida precedentemente, ha sido conocida por más de cinco año como Makarena Arrate. Circunstancia constatada por medio de la información sumaria rendida en la causa. 4° Así las cosas, por las razones precedentemente señaladas, al no existir oposición y habiendo procedido el tribunal con conocimiento de causa, previa Código: XFRXXMLRSXL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 información sumaria. Esta magistratura estima que corresponde hacer lugar a la modificación que se ha solicitado en autos, en la forma que se dirá.
Fallo
Por lo expuesto y citas legales que mencionó, pidió se rectifique las partidas de nacimiento (Circunscripción Presidente Ríos N°101 sin Registro del año 1988 del Registro Civil e Identificación) , matrimonio (Circunscripción Hualpén N° 99 sin Registro del año 2017) y nacimiento de sus descendientes FERNANDA ANTONIA SERRANO SILVA, (circunscripción Presidente Ríos, N°1.9123, Registro S, del año 2006), MATEO VALENTIN CARO SILVA (circunscripción Presidente Ríos N° 2.099, sin Registro, del año 2010) y de JOSEFA ISABELLA ESTRADA SILVA, (circunscripción Concepción , N°3.892, sin Registro, del año 2017, todas del Registro Civil e Identificación), en el sentido de rectificar y eliminar el primer Código: XFRXXMLRSXL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 nombre e invertir los apellidos, para quedar en definitiva como MAKARENA ARRATE SILVA o lo que el tribunal mejor determine. Acompañó a su presentación, sus certificados de nacimiento, de su matrimonio, el de nacimiento de sus hijos y de nacimiento de su madre donde aparece el nombre de su abuelo. En folio 6 rola informe N° 4434 emitido el 08 de septiembre de 2023 por el Servicio de Registro Civil e Identificación, mediante el cual informa: - que la peticionaria de autos nació el 7 de abril de 1988 y se registra inscrita con el N° 101 del año 1988 de la circunscripción Presidente Ríos; - se consigna en el rubro de la madre a doña Jacqueline de las Nieves Arrate Sie
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Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Talcahuanoº CAUSA ROL : V-125-2023 CARATULADO : SILVA/ Talcahuano, diecinueve de Marzo de dos mil veinticuatro VISTO: En folio 1, modificada en folio 3 y rectificada en folio 11, se presentó doña MARYORIE MAKARENA SILVA ARRATE, (35 años de edad) Trabajadora Independiente, domiciliado en Ramón Gallegos N° 190, Salinas, comuna de T
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