BANCO SANTANDER - CHILE/GONZÁLEZ
Rol
C-4532-2021
Fecha
18 de marzo de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Que, con fecha 17 de mayo de dos mil veintiuno, comparece don Gast n Vicu a Err zuriz, abogado, en representaci n del Banco Santander-ó ñ á ó Chile, sociedad an nima bancaria representada por don Miguel Arturoó Mata Huerta, ingeniero industrial, domiciliado en calle Miraflores N 178,° piso N 20, comuna de Santiago, quien deduce acci n ejecutiva en contra° ó don Antonio Carlos Gonz lez Saravia, ignora profesi n, domiciliado en calleá ó Carlos Aguirre Luco N 1013, comuna de u oa.° Ñ ñ Que, con fecha 26 de agosto de dos mil veintitr s, se requiere de pagoé el ejecutado y opone la excepci n del numeral 17 del art culo 464 deló í C digo de Procedimiento Civil.ó Que, con fecha 2 de octubre de dos mil veintitr s, se declarané admisible la excepci n y atendida su naturaleza jur dica, se omite suó í recepci n a prueba.ó Que, con fecha 2 de enero de dos mil veinticuatro, se cita a las partes a o r sentencia.í
Fundamentos
Considerando: Primero: Que, comparece don Gast n Vicu a Err zuriz enó ñ á representaci n del Banco Santander-Chile, quien deduce acci n ejecutiva enó ó contra don Antonio Carlos Gonz lez Saravia, todos ya individualizados.á Código: NXVXXMGXXPK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-4532-2021 Foja: 1 Funda su acci n en que su representada es due a de tres pagar s, queó ñ é procede a individualizar. 1.- Pagar a la orden N 65003777701-8 suscrito con fecha 28 deé ° abril de dos mil veinte, por la suma de $37.638.728 pesos. Este se pagar a en 57 cuotas mensuales, sucesivas e iguales deí $888.800 pesos a contar del 15 de julio de dos mil veinte, con una ltimaú de $1.206.803 pesos. Sobre el capital, devengar a una tasa de inter s mensual del 1,09% yí é en caso de mora o simple retardo en alguna de las cuotas, la tasa de inter sé se elevar al m ximo convencional permitido por Ley, desde el retardoá á hasta el pago efectivo. Por otro lado, se pact que el banco podr a exigir la totalidad deló í cr dito en caso de mora o simple retardo, entendi ndose la misma como deé é plazo vencido. As las cosas, el ejecutado dej de dar cumplimiento a su obligaci n aí ó ó contar de la cuota n mero 6, de fecha 15 de diciembre de dos mil veinte.ú 2.-Pagar a la orden N 650039247547 suscrito con fecha 27 de abrilé ° de dos mil veintiuno, por la suma de $252.942 pesos, con fecha de vencimiento el 28 de abril de dos mil veintiuno. Sobre el capital adeudado, desde la mora, devengar a un inter sí é equivalente al m ximo permitido por Ley.á Este t tulo fue suscrito por representantes del deudor, en virtud delí mandato otorgado por el Contrato de Apertura de Cr dito Tarjeta deé Cr dito Mastercard.é Los pagar s poseen firma autorizada ante notario, por lo que son uné t tulo ejecutivo perfecto, actualmente exigible, l quido y no prescrito.í í 3.- Pagar a la orden N 650039247024, suscrito con fecha 19 deé ° enero de dos mil veintid s, por la suma de $200.000, pagadero a fecha 20ó de enero de dos mil veintid s.ó Código: NXVXXMGXXPK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-4532-2021 Foja: 1 El mismo, llegado el momento de su exigibilidad, no fue pagado, por lo que se adeuda la totalidad del mismo. Este igualmente fue suscrito por apoderados del ejecutado, en virtud del mandato otorgado en el Contrato nico de personas naturales.ú Previas citas legales, solicita tener por deducida acci n ejecutiva enó contra don Antonio Carlos Gonz lez Saravia, ya individualizado, y ená definitiva, se ordene despachar mandamiento de ejecuci n y embargo por laó suma de $35.972.155 pesos, m s intereses y costas.á Segundo: Que, el ejecutado opone la excepci n del numeral 17 deló art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, esta es, la prescripci n deí ó ó la deuda o s lo de la acci n ejecutiva.ó ó Tercero: Que, a fin de acreditar sus dichos, la actora acompa a enñ tanto pr
Fallo
se declarané admisible la excepci n y atendida su naturaleza jur dica, se omite suó í recepci n a prueba.ó Que, con fecha 2 de enero de dos mil veinticuatro, se cita a las partes a o r sentencia.í Considerando: Primero: Que, comparece don Gast n Vicu a Err zuriz enó ñ á representaci n del Banco Santander-Chile, quien deduce acci n ejecutiva enó ó contra don Antonio Carlos Gonz lez Saravia, todos ya individualizados.á Código: NXVXXMGXXPK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-4532-2021 Foja: 1 Funda su acci n en que su representada es due a de tres pagar s, queó ñ é procede a individualizar. 1.- Pagar a la orden N 65003777701-8 suscrito con fecha 28 deé ° abril de dos mil veinte, por la suma de $37.638.728 pesos. Este se pagar a en 57 cuotas mensuales, sucesivas e iguales deí $888.800 pesos a contar del 15 de julio de dos mil veinte, con una ltimaú de $1.206.803 pesos. Sobre el capital, devengar a una tasa de inter s mensual del 1,09% yí é en caso de mora o simple retardo en alguna de las cuotas, la tasa de inter sé se elevar al m ximo convencional permitido por Ley, desde el retardoá á hasta el pago efectivo. Por otro lado, se pact que el banco podr a exigir la totalidad deló í cr dito en caso de mora o simple retardo, entendi ndose la misma como deé é plazo vencido. As las cosas, el ejecutado dej de dar cumplimiento a su obligaci n aí ó ó contar de la cuota n mero 6, de fecha 15 de diciembre de dos mil vei
Texto Completo (Preview)
C-4532-2021 Foja: 1 FOJA: 67 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 16 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-4532-2021 CARATULADO : BANCO SANTANDER - CHILE/GONZ LEZÁ Santiago, dieciocho de Marzo de dos mil veinticuatro Vistos: Que, con fecha 17 de mayo de dos mil veintiuno, comparece don Gast n Vicu a Err zuriz, abogado, en representaci n del Banco Santander-ó ñ á ó Chile, sociedad an
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica