SOCIEDAD CONTRACTUAL MINERA LOS PELAMBRES/SOCIEDAD AGRÍCOLA Y GANADERA CAMISA Y COMPAÑÍA
Rol
C-1188-2022
Fecha
18 de marzo de 2024
Materia
MINAS, PROCED. SUMARÍSIMO ART.234 C. MINERA
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1, con fecha 29 de diciembre de 2022, la demandante MINERA LOS PELAMBRES (MLP), Rut 96.790.240-3, domiciliada en Avenida Apoquindo N° 4.001, piso 18, comuna de Las Condes, interpone demanda de ampliación de servidumbre minera en procedimiento sumarísimo, particularmente respecto a su superficie y al objeto o fin de aprovechamiento, en contra de la SOCIEDAD AGRÍCOLA Y GANADERA EDUARDO SUAREZ, GERARDO FLORES Y COMPAÑÍA, Rol Único Tributario N°86.313.800-0, representada conjunta o indistintamente por doña Elsa del Rosario Vásquez Moyano, don Eduardo de la Cruz Suárez Moyano y don Pedro Acosta Tapia, todos domiciliados en El Palquial S/N, Sector Camisas, comuna de Salamanca; en su calidad de titular del predio rústico denominado “El Tambo” o “Fundo Camisas”, ubicado en la comuna de Salamanca. La funda, exponiendo que Minera Los Pelambres, es una sociedad contractual minera inscrita a fojas 133 N° 44 del Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Santiago correspondiente al año 1996, y que actualmente se encuentra explotando el yacimiento Los Pelambres y operando su Establecimiento de Beneficio para el procesamiento de los minerales que extrae desde sus pertenencias mineras, y que consta de: (i) una planta concentradora, denominada Los Piuquenes; y, (ii) sus instalaciones complementarias (“Establecimiento de Beneficio”). La Planta se encuentra ubicada en el Valle de Los Pelambres, comuna de Salamanca, IV Región de Coquimbo. Refiere que para permitir la explotación y beneficio de las sustancias minerales del yacimiento, la actora es titular en dominio de diversas pertenencias mineras configuradas por terrenos ubicados en la comuna de Salamanca, las que, en conjunto con el Establecimiento de Beneficio, se invocan como predios dominantes, las que individualiza y que en su conjunto serían: “Las Tigresas 1 al 901”, “Maitenes 1 al 800”, “Manque 1 al 780”, “Zorra 1 al 1000”, “Tigre 1 al 1000”, “Protectora 1 al 176”, “Los Pelambres 1 al 126” y “El Estable
Fundamentos
considerando que la contraparte pretendería desconocer, de forma artificiosa, la labor que realiza MLP y el objeto de la servidumbre que hoy afecta al denominado “Predio Sirviente”. Añade primeramente que las funciones de MLP deberían ser consideradas como una suma sinérgica de todas las actividades y títulos que la componen, no pudiendo desglosarse a beneficio de la contraparte. En efecto, el procedimiento iniciado por la demandante principal accedería a la universalidad que comprenden sus títulos y concesiones, las que deberían ser denominadas bajo un solo Código: PXXBXMXWQKK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Proyecto Minero. Ese Proyecto Minero es el que justificaría la existencia del PAO y de la servidumbre que grava, independiente de las partes que los componen. Menciona que el juicio principal lleva por motivo la ampliación de una servidumbre, el cual se mantendrá, invariablemente, aun cuando exista la explotación de una única pertenencia minera, porque se mantendría en operación el Proyecto Minero. Añade que la duración de las servidumbres originarias no habría cesado, pues nacieron de un acuerdo convencional cuyo objeto se mantendría al día de hoy, refiriendo como prueba de ello, que los ductos ubicados en el Predio Sirviente, se mantendrían operando (todos los días) en favor de MLP, por lo que suponer una extinción en los términos solicitados implicaría desnaturalizar tanto el fin del Proyecto Minero desarrollado por MLP, como el de la servidumbre originaria. Cita normas legales y en definitiva, solicita, se rechace la demanda reconvencional en todas sus partes, con costas. Luego, se efectuó el llamado a conciliación, el que no prosperó, por lo que se tuvo por frustrado para todos los efectos legales. A continuación, se recibió la causa a prueba, fijándose hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos. A folio 135, con fecha 07 de febrero de 2024, se citó a las partes a oír sentencia. Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la demandante MINERA LOS PELAMBRES, ya individualizada, interpuso demanda de ampliación de servidumbres legales mineras en procedimiento sumarísimo, en contra de la demandada SOCIEDAD AGRÍCOLA Y GANADERA EDUARDO SUAREZ, GERARDO FLORES Y COMPAÑÍA, ya individualizada, solicitando -previa determinación de la indemnización correspondiente- declarar ampliadas en su objeto o finalidad las servidumbres legales mineras constituidas en favor de MLP, ordenando la práctica de las inscripciones que procedan en el Registro de Hipotecas y Gravámenes correspondiente, y condenando en costas a los demandados en caso de oposición. La funda en los argumentos de hecho y de derecho plasmados en la parte expositiva de este fallo, que se tienen por reproducidos para todos los efectos legales SEGUNDO: Que, los demandados, contestaron la demanda de autos, solicitando su rechazo, en mérito y orden de las excepciones y defensas o alegaciones expuestas, unas en subsidio de las
Fallo
Por tanto, las servidumbres constituidas abarcarían un total de 107,64 ha. La referida sentencia se encontraría inscrita a fojas 299 N°133 del Registro de Hipotecas y Gravámenes del Conservador de Bienes Raíces de Illapel del año 2005; (ii) Servidumbre Judicial: Constituida por Sentencia de 7 de agosto de 2006 del Juzgado de Letras de Illapel, dictada en el marco del Rol N°75.842–2005, por la que se constituyó una servidumbre legal minera a favor de MLP sobre un retazo denominado “Servidumbre Relaveducto Anexas” de una superficie total de 19,33 ha y el retazo denominado “Servidumbre Camino Anexas” de una superficie total de 7,95 ha. Por tanto, las servidumbres constituidas abarcarían un total de 27,28 ha. La referida sentencia se encontraría inscrita a fojas 620 N°288 del Registro de Hipotecas y Gravámenes del Conservador de Bienes Raíces de Illapel del año 2006; (iii) Servidumbre Convencional: Constituida por Escritura de constitución y regulación de servidumbres mineras otorgada el 22 de agosto del 2007, ante Notario Público de la Segunda Notaría de Illapel, repertorio N° 730/2007. Por medio de esta escritura se constituyó una servidumbre sobre un retazo denominado “Servidumbre Faja Relaveducto Adicional” de una superficie total de 14,58 ha y el retazo denominado “Servidumbre Faja Camino Adicional” de una superficie de 4,53 ha. Por tanto, las servidumbres constituidas abarcarían un total de 19,11 ha. La constitución de la servidumbre se encontraría inscrita a fojas 504, N°2
Texto Completo (Preview)
NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Illapel CAUSA ROL : C-1188-2022 CARATULADO : SOCIEDAD CONTRACTUAL MINERA LOS PELAMBRES/SOCIEDAD AGRÍCOLA Y GANADERA CAMISA Y COMPAÑÍA Illapel, dieciocho de Marzo de dos mil veinticuatro VISTO: A folio 1, con fecha 29 de diciembre de 2022, la demandante MINERA LOS PELAMBRES (MLP), Rut 96.790.240-3, domiciliada en Avenida Apoquindo N° 4.
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica