17º Juzgado Civil de Santiago

UNIDAD LEASING HABITACIONAL S.A./LÓPEZ

Rol

C-759-2024

Fecha

18 de marzo de 2024

Materia

ARBITRO Y DERIVADOS, DESIGNACION DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Con fecha 15 de enero de 2024, mediante presentaci n ingresada aó trav s de la Oficina Judicial Virtual, comparece don Felipe Alejandroé Castro Poblete, abogado, en representaci n de Unidad Leasing Habitacionaló S.A., cuyo gerente general es don Francisco Jos Alfonso Manieu Fierro,é ingeniero comercial, ambos con domicilio en Avenida Apoquindo N 3200,° comuna de Las Condes, Regi n Metropolitana, quien demanda a don Juanó Andr s L pez Far as, electromec nico, domiciliado en calle Cardenal José ó í á é Mar a Caro N 4073, departamento 212, segundo piso, Block tres,í º Poblaci n Cardenal Ra l Silva Henr quez, Primera Etapa, comuna deó ú í Cerrillos, Regi n Metropolitana.ó Funda su demanda en que por escritura p blica de fecha 28 deú octubre de 2021, se entreg en arrendamiento y prometi vender a donó ó Juan Andr s L pez Far as el inmueble ubicado en calle Cardenal José ó í é Mar a Caro N 4073, departamento 212, segundo piso, Block tres,í º Poblaci n Cardenal Ra l Silva Henr quez, Primera Etapa, comuna deó ú í Cerrillos, Regi n Metropolitana.ó Indica que el dominio vigente a nombre de Unidad Leasing Habitacional S.A., se encuentra inscrito a fojas 95.082 N 138.273 en el° Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Santiago,í correspondiente al a o 2021. A su vez, el contrato de arrendamiento conñ promesa de compraventa se encuentra inscrito a fojas 65.403 N 75.039 en° el Registro de Hipotecas y Grav menes del Conservador de Bienes Ra cesá í de Santiago, correspondiente al a o 2021.ñ Explica que se pact el arrendamiento en el plazo de 240 meses, aó contar del d a primero del subsiguiente a la fecha de la escritura p blicaí ú antes referida, a cuyo t rmino se suscribir a el contrato de compraventaé í prometido, fij ndose el precio de la compraventa en 1280.- Unidades deá Fomento, en su equivalente en pesos, moneda legal, a su valor vigente a la fecha de su pago efectivo. Afirma que conforme a los t rminos del referido contrato, el valor delé aporte me

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en autos comparece don Felipe Alejandro Castro Poblete, abogado, en representaci n de Unidad Leasing Habitacional S.A.,ó Código: NZXNXMZRXXK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 quien solicita se designe un rbitro a fin de resolver las controversiasá derivadas del incumplimiento por parte de la demandada, don Juan Andr sé L pez Far as, en el pago de las cuotas derivadas del contrato deó í arrendamiento con promesa de compraventa suscrito entre las partes respecto del inmueble ubicado en Cardenal Jos Mar a Caro N 4073,é í ° departamento doscientos doce, segundo piso, Block tres, Poblaci n Cardenaló Ra l Silva Henr quez, Primera Etapa, comuna de Cerrillos, Regi nú í ó Metropolitana. SEGUNDO: Que, seg n consta de la copia digitalizada de escrituraú p blica acompa ada al expediente electr nico, de fecha 28 de octubre delú ñ ó 2021, de la 18 Notar a de Santiago de Mar a Pilar Guti rrez Rivera, entreº í í é Unidad Leasing Habitacional S.A. y el demandado se celebr un contratoó de arrendamiento con promesa de compraventa sobre el inmueble indicado en el considerando anterior, acogido a las normas de la Ley N 19.281,º conforme lo declara la cl usula sexta del T tulo II del referido contrato. á í Consta, adem s, que la referida operaci n est debidamente inscritaá ó á ante el Conservador de Bienes Ra ces de Santiago, a fojas 95.082, Ní ° 138.273 del Registro de Propiedad del a o 2021, y que el contrato deñ arriendo fue inscrito a fojas 65.403 N 75.039 del Registro de Hipotecas y° Grav menes del a o 2021. á ñ TERCERO: Que, seg n el art culo 40 de la referida ley, ser juezú í á competente para conocer de cualquier controversia que se produzca entre las partes, incluidas las relativas al cumplimiento, la resoluci n, laó terminaci n anticipada del contrato, la indemnizaci n de perjuicios, laó ó fijaci n de la fecha en que deber restituirse la vivienda, las prestacionesó á mutuas y las cuestiones de interpretaci n del contrato, un juez rbitro deó á derecho que, en cuanto al procedimiento, tendr las facultades de arbitradorá a que se refiere el art culo 223 del C digo Org nico de Tribunales, y queí ó á ser designado por el juez letrado de turno, de entre los inscritos en elá Registro a que se refiere el inciso cuarto de este art culo. í CUARTO: Que, atendida la rebeld a de la demandada, no se haí podido consensuar en la persona que dirima la controversia producida entre las partes, recayendo en esta sentenciadora el deber de designar la persona que se desempe ar como rbitro, de entre algunos de los inscritos en elñ á á registro confeccionado al efecto.

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los art culos 414 yí siguientes del C digo de Procedimiento Civil, des gnese en calidad de Juezó í rbitro Mixto a Á do a Joselyn Andrea Henriquez Contrerasñ , domiciliada en calle Miraflores N 178, piso 12, tel fono +56988994481,° é joselynhc@gmail.com, Santiago. Reg strese y notif quese.í í Código: NZXNXMZRXXK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:joselynhc@gmail.com Foja: 1 DICTADA POR DO A ROC O P RZ GAMBOA, JUEZÑ Í É TITULAR. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, dieciocho de Marzo de dos mil veinticuatro Código: NZXNXMZRXXK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-03-18T09:01:06-0300

Texto Completo (Preview)

Foja: 1 FOJA: 11 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 17 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-759-2024 CARATULADO : UNIDAD LEASING HABITACIONAL S.A./L PEZÓ Santiago, dieciocho de Marzo de dos mil veinticuatro VISTOS: Con fecha 15 de enero de 2024, mediante presentaci n ingresada aó trav s de la Oficina Judicial Virtual, comparece don Felipe Alejandroé Castro Poblete, abogado, en rep

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