SANHUEZA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LOS ÁNGELES
Rol
C-392-2024
Fecha
18 de marzo de 2024
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Que, con fecha 24 de enero de 2.024, en folio 1, se presenta don Eduardo Hernán Contreras Inostroza, abogado, en representación convencional de don EVANEL JESUS SANHUEZA ARRIAGADA, cédula nacional de identidad N°6.391.252-2, jubilado, domiciliado en Fundo El Castillo Villucura, comuna de Santa Bárbara, y expone: Que, interpone demanda de prescripción extintiva de impuestos y valores municipales en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LOS ÁNGELES, Corporación Autónoma de Derecho Público, representada legalmente por don Esteban Krause Salazar en su calidad de Alcalde, ambos domiciliados en Caupolicán N° 399, comuna de Los Ángeles. Funda su demanda en que, según consta en documentos que acompaña en su presentación, su representado es propietario de la camioneta marca CHEVROLET, modelo C-10, año 1.979, placa patente única FC.3492-5 (sic), cuyo último permiso de circulación fue pagado el año 2.006, e indica que el vehículo se encuentra en estado de abandono y sin ser usado. Agrega que, la intención de su representado es lograr restaurar dicho vehículo con la finalidad de ponerlo en circulación nuevamente, para lo cual lo ha reparado mecánicamente, y que por ello necesita regularizar toda la documentación legal, que se encuentra atrasada, entre estos, el permiso de circulación. Indica que, la camioneta placa patente FC.3492-5 (sic), adeuda montos por concepto de permisos de circulación por períodos respecto de los cuales han prescrito las acciones para hacer efectivo su cumplimiento, toda vez que han Código: XXHXXMEWPGK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl transcurrido más de 3 años desde que se devengaron, citando el inciso primero del artículo 2.521 del Código Civil y lo pertinente en la Ley de Rentas Municipales. Agrega que, la Municipalidad ha informado una deuda de $1.421.973.- pesos al 30 de noviembre de 2.023, según certificado que también acompaña y que detalla dichos periodos. Indica qu
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1°.- Que, de lo consignado en lo expositivo precedente, se desprende que el demandante solicita se declare la prescripción extintiva de las acciones para perseguir el cobro de las deudas por concepto de permiso de circulación correspondientes a los años 2.007 a 2.020 inclusive, de la camioneta de propiedad del demandante, marca CHEVROLET, modelo C-10, año 1.979, cuya placa patente única, según el certificado de inscripción y anotaciones del Registro Nacional de Vehículos Motorizados del Registro Civil e Identificación, acompañado en folio 1, es FC.3942-5, y no FC 3492-5 como erradamente se consignó en el libelo, por no haber ejercido la demandada en el plazo legal las acciones tendientes a obtener su pago, con costas. 2°.- Que, la Municipalidad demandada, siendo notificada del libelo a través de su representante legal, según consta de folio 7, al contestar la demanda no controvirtió los hechos expuestos por el demandante y se allanó a la demanda respecto de la deuda por concepto de permisos de circulación de la camioneta marca CHEVROLET, modelo C-10, año 1979, placa patente única FC.3942-5, por los periodos comprendidos entre el año 2.007 hasta el año 2.020, ambos inclusive, solicitando el rechazo de la condenación en el pago de las costas. Código: XXHXXMEWPGK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3°.- Que la institución jurídica de la prescripción extintiva parte del supuesto que exista válidamente una obligación, la cual, ante la negligencia de su acreedor para recurrir a los tribunales competentes en tiempo oportuno, y reuniéndose los requisitos legales pertinentes, da por extinguida, de modo que los requisitos para la procedencia de la acción intentada son: la existencia de una obligación y la inactividad del acreedor durante un determinado lapso. 4°.- Que en lo que respecta a las acciones de cobro que el actor solicita sean declaradas prescritas, son las que emanan de los permisos de circulación de la camioneta marca CHEVROLET, modelo C-10, año 1979, placa patente única FC.3942-5, correspondiente a los años 2.007 al 2.020, ambos inclusive, los que se encontrarían impagos. Que, de acuerdo a lo expuesto en la contestación, es un hecho pacífico de la causa la existencia de la obligación cuya prescripción extintiva se persigue, la que además se acredita con el documento emanado por la Ilustre Municipalidad de Los Ángeles Dirección de Tránsito y Transporte Publico, de fecha 30 de noviembre de 2.023, acompañado por el demandante en folio 1, no objetado de contrario, el que da cuenta del detalle de pagos pendientes por concepto de Permiso de Circulación de los años 2.007 al 2.023, ambos inclusive, respecto del vehículo, placa patente única FC.3942-5. De este modo la documental antes señalada permite dar por establecido que aquel vehículo presenta deudas por concepto de permiso de circulación por los períodos mencionados. 5°.- Que, asimismo, el actor acompañó en foli
Fallo
En mérito de lo expuesto y normas legales que cita, pide tener por interpuesta demanda de prescripción extintiva de impuestos municipales en contra de la Ilustre Municipalidad de Los Ángeles representada legalmente por don Esteban Krause Salazar, acogerla a tramitación y en definitiva declarar prescritas las acciones, intereses y reajustes por concepto de permisos de circulación vencidos y no pagados del vehículo placa patente FC.3492-5 (sic), cuya data de vencimiento sea inferior a 3 años, es decir, desde el año 2.007 al 2.020 inclusive o los que el tribunal estime conforme al mérito del proceso, arrojando una deuda de $1.294.700.- pesos, con costas. Código: XXHXXMEWPGK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl En folio 7, con fecha 12 de febrero de 2.024, se notificó personalmente la demanda al representante legal de la demandada. En folio 8, con fecha 19 de febrero de 2.024, rectificado en folio 12, el apoderado de la Ilustre Municipalidad de Los Ángeles, contestó la demanda interpuesta en contra de su representada, allanándose, pero solo respecto de la deuda por concepto de pagos de permisos de circulación comprendidas entre el año 2007 hasta el año 2020 ambos inclusive, solicitando el rechazo de la condenación en el pago de las costas. En folio 13, con fecha 7 de marzo de 2.024, atendido el allanamiento realizado por la demandada, se citó a las partes a oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: 1°.-
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Los Angelesº CAUSA ROL : C-392-2024 CARATULADO : SANHUEZA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LOS NGELESÁ Los Angeles, dieciocho de Marzo de dos mil veinticuatro VISTO: Que, con fecha 24 de enero de 2.024, en folio 1, se presenta don Eduardo Hernán Contreras Inostroza, abogado, en representación convencional de don EVANEL JESUS SANHUEZA ARRIAGA
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