Juzgado de Letras del Trabajo de Valdivia

VERGARA/SERVIMAULE LIMITADA

Rol

M-118-2024

Fecha

24 de mayo de 2024

Materia

Despido indirecto, Nulidad del despido, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos contenidos en la demanda, se compromete a pagar a la trabajadora la suma única y total de $575.000.-, que corresponde a una remuneración de la demandante. La suma será pagada a más tardar el día 13 de junio del presente año, mediante transferencia o depósito en la cuenta Rut del Banco Estado N°11.425.761 cuyo titular es la demandante doña Cecilia yanett Vergara Atencio, cédula de identidad 11.425.761-3, correo electrónico cristian.cousino@cajbiobio.cl. La parte demandante acepta el monto ofrecido y la forma de pago. 2.- Se deja constancia que se reconoce por la demandante que el Servicio de a pagado las cotizaciones de seguridad social y remuneraciones que se encontraban pendientes. Además, en virtud del presente acuerdo se desiste de la demanda interpuesta en su calidad de demandado solidario/subsidiario, renunciando a todas las acciones legales, salvo las tendientes a lograr el cumplimiento de lo acordado con esta fecha. Se deja constancia que se seguirá con la causa para objeto de obtener el cobro del feriado proporcional adeudado. 3.- Cada parte soportara sus costas. El Tribunal tiene por aprobada la conciliación en todo lo que no fuera contrario a derecho y hace presente que tiene valor de sentencia definitiva ejecutoriada para todos los efectos legales. Regístrese y archívese oportunamente. El acta quedará suscrita con firma electrónica y será remitido los correos electrónicos de los intervinientes. En atención a la rebeldía de la demandada principal, no es posible explorar conciliación respecto de ella respecto del cobro del feriado proporcional. Solicitud de la demandante: La demandante frente a la incomparecencia de la demandada principal y si se estima que no existen hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, en relación con la prueba documental acompañado por su parte, solicita se haga efectivo el apercibimiento del artículo 453 N°1, inciso 7° y se estimen como efectivo los hechos señalado por el demandante en relación con el demanda

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que compareció doña Cecilia Yanett Vergara Atencio, quien interpuso demanda en procedimiento monitorio en contra de Servimaule Limitada, solicitando se haga lugar a la demanda de cobro de prestaciones laborales, requiriendo únicamente el pago del Feriado proporcional adeudado, por la suma de $270.633.- SEGUNDO: Que interpuesta la demanda referida, el Tribunal accedió a darle tramitación conforme a las normas del procedimiento monitorio, contempladas en los artículos 496 y siguientes del Código del Trabajo, pero estimó que no existían suficientes antecedentes para emitir un pronunciamiento de plano, razón por la que se procedió a fijar audiencia única de contestación, conciliación y prueba. TERCERO: Que el Tribunal efectuó el llamado a conciliación, la que, atendida la incomparecencia de la demandada, no se produjo. CUARTO: Que teniendo presente que la demandada no compareció, estando legalmente notificada, a la audiencia decretada para el día de hoy, no contestando

Fallo

por tanto el libelo deducido en su contra, y teniendo presente lo dispuesto en el inciso séptimo del número 1 en relación al inciso segundo del número 3, ambos numerales del artículo 453 del Código del Trabajo, el Tribunal estimó que no era necesario recibir la causa a prueba por no existir hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos. QUINTO: Que así las cosas, se tendrán por tácitamente admitidos por la demandada los hechos contenidos en el libelo, razón por la que se entenderán por establecidos los siguientes antecedentes: a) Que con fecha 15 de mayo del año 2023, la demandante fue contratada por Servimaule Limitada, para el desarrollo de las labores de Auxiliar de Aseo en instalaciones que mantuvo en dependencias del Servicio de Salud de Valdivia. b) Que la remuneración mensual de la actora ascendía a $575.000.- c) Que la demandada no pago las cotizaciones previsionales de la demandante. d) Que la demandada no le pago la remuneración del mes de diciembre de 2023. e) Que la demanda incumplió gravemente las obligaciones que le empecía de conformidad al contrato de trabajo. SEXTO: Que en virtud de la conciliación arribada entre la demandante y el Servicio de Salud Los Ríos, la trabajadora solo reclama el pago del feriado proporcional. SÉPTIMO: Que conforme a lo anterior, correspondía a la demandada Servimaule Limitada, acreditar el pago del respectivo feriado o que se concediera al trabajador el respectivo feriado, lo que no aconteció atendido su rebeldía. En razó

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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 23/05/2024 RUC 24- 4-0559685-3 RIT M-118-2024 MAGISTRADO MARIANELA LUNA NEIRA ADMINISTRATIVO DE ACTAS CAROLINA YÁÑEZ LEÓN HORA DE INICIO 11:13 HORAS HORA DE TERMINO 11:24 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2440559685-3-1345 PARTE RECLAMANTE COMPARECIENTE CECILIA YANETT  VERGARA  ATENCIO  ABOGADO CRISTIAN 

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