1º Juzgado Civil de Viña del Mar

INVERSIONES EL ORIENTE Y COMPAÑÍA/VERGARA

Rol

C-1281-2022

Fecha

15 de marzo de 2024

Materia

OTROS ORDINARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: Con fecha 4 de mayo de 2022, folio 1, comparece don Enrique Barros Bourie, abogado, c dula nacional de identidad N° 5.065.137-1 actuando a nombreé y en representaci n, seg n se acreditar , de ó ú á INVERSIONES EL ORIENTE Y COMPA AÑÍ , rol nico tributario N° 88.526.500-6 (“Inversiones El Oriente”),ú ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Libertad 1405, Oficina 1804, Vi a del Mar, quien en lo principal de su escrito interpone acci n declarativa deñ ó dominio en contra de quienes tengan el car cter de herederos de do a Blancaá ñ Victoria Vergara Vicu añ ; lo anterior, en su car cter de titulares de derechos, ená lo no trasferido, del inmueble inscrito a fojas 5.166 N°5.765 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Vi a del Mar de 1992,í ñ correspondiente a parte de los Lotes 54 y 59 de la Poblaci n Re aca,ó ñ subdelegaci n Vi a del Mar, de este departamento, inscrito previamente a fojasó ñ 1.506 vuelta Nº1.491 del Registro de Propiedades del Conservador de Bienes Ra ces de Valpara so correspondiente a 1934; y que corresponde a un predio deí í una superficie aproximada de 8.222 metros cuadrados, correspondiente a la parte sur del Lote N°59, de la Poblaci n Re aca, comuna de Vi a del Mar.ó ñ ñ En el primer otros de su presentaci n, de forma subsidiaria, í ó y actuando en representaci n de Inversiones El Oriente y Compa a,ó ñí interpone acci nó reivindicatoria contra la parte demandada. En el segundo otros de su presentaci n, en subsidio de la acci n principal yí ó ó subsidiaria del primer otros , y actuando en representaci n de Inversiones Elí ó Oriente y Compa a, interpone demanda de prescripci n adquisitiva contra elñí ó demandado. Con fecha 12 de julio de 2022, a folio 15, se tuvo por contestada la demanda en rebeld a de la demandada.í Código: GDXSXMNWLZJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Con fecha 18 de julio de 2022, a folio 16, la parte demandante, evacua traslado para la r plica.é Con fecha 29 de julio de 2022, a folio 19, se tuvo por evacuada la d plicaú en rebeld a de la demandada.í Con fecha 26 de agosto de 2022, a folio 32, se llev a efecto la audienciaó de conciliaci n por videoconferencia por plataforma zoom. Llamadas lasó partes a conciliaci n esta no se produjo. ó Con fecha 31 de agosto de 2022, a folio 34, rectificada con fecha 14 de septiembre de 2022, a folio 37, y modificada con fecha 9 de noviembre de 2022, a folio 49, se recibi la causa a prueba.ó Con fecha 10 de noviembre de 2023, a folio 94, se cit a las partes paraó o rí sentencia. Considerando: Primero: Acci n declarativa de dominio. ó Que al folio 1, comparece don Enrique Barros Bourie, abogado, c dula nacional de identidad N° 5.065.137-1é actuando a nombre y en representaci n, seg n se acreditar , de ó ú á INVERSIONES EL ORIENTE Y COMPA AÑÍ , rol nico tributario N° 88.526.500-6ú (“Inversiones El Oriente”), ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Liberta

Fallo

por estas razones, la inscripci n del bien practicada a suó ó favor, desde su origen hasta hoy, es lo que jurisprudencialmente se ha conocido como una “inscripci n de papel”.ó iii) Gestiones ejecutadas por Inversiones El Oriente y Compa a parañí corregir los t tulos de dominio en cuesti n.í ó 19. Indica que ante lo err nea de la inscripci n realizada a favor de do aó ó ñ Blanca Vergara Vicu a, y al amparo de lo establecido en el art culo 88 delñ í Reglamento del Conservador de Bienes Ra ces, en el a o 2017, Inversiones Elí ñ Oriente y Compa a solicit al Conservador de Bienes Ra ces de Vi a del Marñí ó í ñ enmendar y corregir la inscripci n de fojas 6.166 Nº 5.765 del Registro deó Propiedad correspondiente a 1992, a nombre de do a Blanca Victoria Vergarañ Vicu a. A ade que, lo anterior, en el sentido de eliminar toda referencia que enñ ñ aquella se haga a alguna parte del Lote 59, corrigiendo sus respectivos deslindes, pues ste, como se indic , hab a sido transferido en 1912.é ó í 20. Menciona que con fecha 12 de julio de 2017, el Conservador certificó que no anotar a la rectificaci n solicitada:í ó “(…) por no constar registralmente el error de los deslindes del predio en este oficio, ni acompa arse nuevo instrumentoñ en conformidad al art culo 89 del Reglamento Conservatorioí ”. 21. Expresa que la decisi n anterior, fue impugnada por su representadaó ante la justicia civil en el marco de una causa de car cter voluntaria caratuladaá “Inversiones El Oriente S.A”, rol V-256-20

Texto Completo (Preview)

FOJA: 95 .- Noventa y cinco .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Vi a del Marñ CAUSA ROL : C-1281-2022 CARATULADO : INVERSIONES EL ORIENTE y cOMPA A/vergaraÑÍ Vi a del Marñ , quince de Marzo de dos mil veinticuatro Vistos y considerando: Con fecha 4 de mayo de 2022, folio 1, comparece don Enrique Barros Bourie, abogado, c dula nacional de identidad N° 5.065.137-1 actuan

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