3º Juzgado de Letras de Ovalle

SOCIEDAD INVERSIONES SAN CRISTOBAL LIMITADA / CODOCEO

Rol

C-1048-2022

Fecha

15 de marzo de 2024

Materia

OPOSICIÓN REGULARIZACIÓN POSESIÓN D.L. 2.695

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, sobre los cuales recayó la misma, rindiéndose la que consta en autos. Con fecha 22 de noviembre de 2023, se cita a las partes a oír sentencia.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 27 de diciembre de 2022, ingreso al tribunal oposición de regularización de inmueble formulada por Sociedad Inversiones San Cristóbal Limitada, Representante Legal Juan Carlos Carraha, quien conforme a lo dispuesto en el artículo 19 y siguientes del Decreto Ley 2695, se opuso a la solicitud de regularización del Ministerio de Bienes Nacionales EXP N°135331, a nombre de doña Tamara Alejandra Codoceo Albanez, ya individualizada, quien está solicitando regularizar un retazo de terreno de 805 metros cuadrados. SEGUNDO: Que, en audiencia de contestación y conciliación la demandada no compareció, por lo que se tuvo contestada la oposición en rebeldía. TERCERO: Que, la litis quedó trabada de tal forma, que se fijaron como puntos de prueba los siguientes: 1.- Efectividad de ser la oponente, Sociedad Inversiones San Cristobal Limitada, Rut. 77.770.080-4, Representante Legal Juan Carlos Carraha, Rut.8.547.359-K, poseedora inscrita del inmueble que se trata de regularizar mediante Código: QCHHXMMFHYJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl procedimiento del D.L. 2.695, denominada Calle La Hacienda S/N, Los Nogales, Comuna de Ovalle, Provincia del Limarí, Cuarta Región. 2.- En la afirmativa del punto anterior. Efectividad que el título le otorga al oponente posesión exclusiva sobre el inmueble que se trata de regularizar mediante procedimiento del D.L. 2.695 ubicado en el lugar denominado Calle La Hacienda S/N, Los Nogales, Comuna de Ovalle, Provincia del Limarí, Cuarta Región, por encontrarse dicho inmueble sobre los límites de su propiedad individualizada en el punto anterior. 3.- Efectividad de cumplir el solicitante con los requisitos establecidos en el artículo 2° del D.L. 2.695. 4.- Efectividad de cumplir la oponente con los requisitos establecidos en el artículo 2° del D.L. 2.695. CUARTO: Que, para acreditar los fundamentos de su pretensión, el actor acompaño, los siguientes medios de prueba: Documental: a folio 22, con fecha 12 de septiembre de 2023. Y a folio 24 con fecha 15 de septiembre de 2023. 1.- Copia con vigencia del Bien Común General Número Uno, del Proyecto de Parcelación de los terrenos de la Cooperativa de Reforma Agraria Asignataria Los Nogales Limitada, ubicado en Ovalle, Comuna de Ovalle, Provincia de Limarí, Cuarta Región, que rola inscrita a fojas 1366 N° 1096 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Ovalle, correspondiente al año 2005, a nombre de Inversiones San Cristóbal Limitada. 2.- Certificado de vigencia del inmueble que corresponde a la Comuna de Ovalle, al Bien Común General Nº 1, del Proyecto de Parcelación de los terrenos de la Cooperativa de Reforma Agraria Asignataria Los Nogales Limitada, inscrito a fojas 1366 N° 1096 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Ovalle, del año 2005. 3.- Arrendamiento de Inversiones San Cristóbal Limitada a Camarico Solar SpA, de una parte del

Fallo

se resuelve: I.- Que SE RECHAZA, en todas su partes, la oposición de saneamiento de la pequeña propiedad raíz formulada en el expediente administrativo N°135331 del Ministerio de Bienes Nacionales por Sociedad Inversiones San Cristóbal Limitada, Representante Legal Juan Carlos Carraha en contra de doña Tamara Alejandra Codoceo Albanez, por las razones esbozadas en el presente fallo; II.- Se ordena la inscripción en favor de doña Tamara Alejandra Codoceo Albanez, del inmueble ubicado en calle La Hacienda S/N°, Los Nogales, comuna de Ovalle, provincia de Limarí, región de Coquimbo, el que es objeto de la solitud de saneamiento que consta en el Expediente Administrativo N°135331 del Ministerio de Bienes Nacionales. III.- No se condena en costas a la demandante Notifíquese, regístrese y archívese oportunamente. Dictada por don PEDRO HICHE IRELAND, Juez Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento al inc final del art. 162 del CPC. En Ovalle, a quince de Marzo de dos mil veinticuatro. Código: QCHHXMMFHYJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-03-15T16:17:29-0300

Texto Completo (Preview)

FOJA: 32 .- TREINTA Y DOS .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado de Letras de Ovalle CAUSA ROL : C-1048-2022 CARATULADO : SOCIEDAD INVERSIONES SAN CRISTOBAL LIMITADA / CODOCEO Ovalle, quince de Marzo de dos mil veinticuatro VISTOS. A folio 1 Con fecha 27 de diciembre de 2022 ingresó al tribunal oposición de regularización de inmueble formulada por Sociedad Inversiones San Cristób

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