GÓMEZ/SECURITAS S.A.
Rol
O-422-2023
Fecha
23 de mayo de 2024
Materia
Despido injustificado, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS OÍDOS Y CONSIDERANO: PRIMERO: Que la presente causa se inicia con la comparecencia de JUAN ISAAC GOMEZ RAUQUE, guardia de seguridad, domiciliado en La Unión 5, comuna de Puerto Montt, quien interpone demanda en contra de su ex empleador SECURITAS S.A. empresa del giro de su denominación, representada legalmente por don Manuel Alejandro Muñoz Lorca. ignoro profesión u oficio, ambos con domicilio en Avenida Los Conquistadores N°2397, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, todo en mérito de los siguientes
Fundamentos
fundamentos de Hecho y Derecho : I.- ANTECEDENTES DE HECHO.- Comencé a trabajar para la demandada con fecha 3 de diciembre de 2013, como guardia de seguridad, en las dependencias que me señalaba mi empleador dentro de la comuna de Puerto Montt, labores que persistieron hasta el 26 de diciembre de 2022, fecha en la que fui despedido. En cuanto a mi jornada de trabajo, esta era de 4 días de trabajo en una jornada de 12 horas, por 4 días de descanso, con una hora de colación imputada al horario de trabajo. En cuanto a mi remuneración, esta era variable, el promedio de las 3 últimas remuneraciones de 30 días (abril, junio y agosto de 2022) es de $712.998, cifra que servirá de base, según lo establecido en el art. 172 del Código del Trabajo. ANTECEDENTES DEL TÉRMINO DE LA RELACIÓN LABORAL. Que con fecha 16 de noviembre de 2022, solicité ante mi supervisor don Alex Navarrete, hacer uso de mis vacaciones a partir del día 23 de diciembre de 2023, mediante una carta, que fue confeccionada, impresa y firmada en su misma oficina. Luego de esto, mi supervisor me dijo que haría llegar la carta a don Cristian Parra Jefe de operaciones y que no me preocupara, que, de haber algún inconveniente, me lo haría saber en los próximos días. Dicha respuesta no me fue dada, y en las próximas semanas les insistí a ellos y también a doña Evelyn Carcamo, encargada de recursos humanos, preguntando si había algún problema con mis vacaciones, a lo que no me respondieron, por lo que asumí, que no había problema con las fechas propuestas y que en ese día iniciaban mis vacaciones. El día 7 de diciembre de 2023, no pude asistir a trabajar por un problema de índole personal, avisándole a mi empleador, por vía mensaje de WhatsApp, con horas de anticipación. El día 9 de diciembre del mismo año, mi hijo Gabriel Gómez Garcia, que padece síndrome de down y que en ese momento tenía 3 meses de edad, presentó problemas de salud, con irritabilidad, fiebre y vómitos, donde posteriormente fue diagnosticado de un síndrome febril agudo, lo que era claramente peligroso para su edad y estado de salud. Debido a sus condiciones físicas, mi hijo no podía ir en una silla especial en automóvil ya que padece hipotonía, es decir, la falta de movilidad y la poca resistencia a los movimientos por parte del bebé, de manera que necesariamente debía ir alguien cargándolo, por la misma razón, es paciente de la Teletón de Puerto Montt. De esta manera, la única opción fue que yo lo llevara al hospital de Puerto Montt, mientras mi cónyuge lo cargaba en sus brazos, que, en esa oportunidad, estaba lleno de pacientes, así que me vi en la obligación de llevarlo a la Clínica de Puerto Varas, donde finalmente fue atendido recién a la las 19.45 horas, lo que hacía imposible que pudiese llegar a mi turno a las 20.00 horas, de lo que avisé a mi empleador cuando supe que no podría llegar, mediante un mensaje de teléfono a las 18.53 horas, de manera que esta ausencia está claramente justificada. Después de esta ausenci
Fallo
POR TANTO, En mérito de lo expuesto y de conformidad a lo establecido en los artículos 5, 7, 45, 162, 168, 169, 171, 172, 173, 446, 496 y siguientes, del Código del Trabajo, y demás normas legales que estime conforme aplicar, Solicitamos A SS., tener por interpuesta, dentro de plazo legal, Demanda en Procedimiento ordinario por despido injustificado y cobro de prestaciones en contra de mi ex empleadora SECURITAS S.A. representada legalmente por don Manuel Alejandro Muñoz Lorca, ambos ya individualizados, dar tramitación a la misma y en consideración a los fundamentos expuestos y a los antecedentes acompañados, acogerla declarando en definitiva que: 1.- Que mi despido ha sido injustificado. 2.- Que, por ende, el demandado deberá pagarme las prestaciones señaladas en el título III de esta presentación. SEGUNDO: Contestando, la demandada expone: I.2.- Pronunciamiento respecto de cada uno de los hechos contenidos en la demanda. Ésta parte NO RECONOCE Y NIEGA CATEGORICAMENTE, todos y cada una de las afirmaciones hechas por el demandante, realizando en este acto una negativa total, concreta y expresa de todos los hechos señalados en la demanda, salvo los que expresamente se reconozcan en la presente contestación. ES EFECTIVO que entre el 14 de diciembre de 2022 y el 24 de diciembre de 2022, el actor hizo uso de licencia médica, por lo cual debía reincorporarse a trabajar el día 25 de diciembre, lo cual no ocurrió, falta por la que nuevamente el actor no justificó ni avisó de mane
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Puerto Montt, veintitrés de mayo de dos mil veinticuatro. VISTOS OÍDOS Y CONSIDERANO: PRIMERO: Que la presente causa se inicia con la comparecencia de JUAN ISAAC GOMEZ RAUQUE, guardia de seguridad, domiciliado en La Unión 5, comuna de Puerto Montt, quien interpone demanda en contra de su ex empleador SECURITAS S.A. empresa del giro de su denominación, representada legalmente por don Manuel Alejand
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