DÍAZ/
Rol
V-113-2023
Fecha
15 de marzo de 2024
Materia
BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: LOS HECHOS: LA SOLICITUD : PRIMERO: Con fecha 3 de octubre de 2023, a folio 1, comparece ante este Tribunal, doña MARYELL JAZMINE CORNEJO TORO, abogada en representación de don VICTOR PATRICIO DIAZ VILLASECA, cédula nacional de identidad número 4.789.567-7, con domicilio para este efecto en Millahue sin número comuna de San Vicente de Tagua Tagua, quien en procedimiento voluntario, solicita archivo de plano y rectificación de deslindes, en atención a los antecedentes que expone. Refiere que su representado es dueño del Resto de la Parcela número cinco del Proyecto de Parcelación Millahue ubicado en la comuna de San Vicente de Tagua Tagua, La Parcela tenía una superficie aproximada de 19,6 hectáreas y deslindaba de acuerdo a su título de la siguiente forma: NORTE, Parcela número cuatro parte Parcela número ocho, ambas camino de por medio, Parcela número nueve; ORIENTE, Parcela número nueve Parcelas san Joaquín y los mayos; SUR, Parcela número dos, Parcela número cuatro; PONIENTE, Parcela número dos Parcela número cuatro. Lo adquirió por asignación que le hizo la corporación de la reforma agraria. El título de dominio figura inscrito fojas 497 número 591 del Registro de Propiedad del año 1977 perteneciente al Conservador de Bienes Raíces de la ciudad San Vicente de Tagua Tagua. Figura en el número de rol 188- 210 de la comuna de San Vicente. Expone que si bien el título de la propiedad indica que “tenía una superficie aproximada de diecinueve coma seis hectáreas”, es necesario tener presente que respecto a dicho inmueble, según plano archivado bajo el numero 100 al final del Registro de Propiedad del año 1991, se procedió a subdividir la parcela dando origen a LOTE 1, con una superficie de 13,30 hectáreas (propiedad objeto de esta gestión) y el LOTE 2, de una superficie de 6,30 hectáreas. En ese orden, señala que para corroborar las medidas exactas y los deslindes de la propiedad se realizó un levantamiento topográfico planimétrico y como resultado de ella se logró determinar que la propiedad tiene una superficie real de 15,573190 hectáreas, y no la que señala el plano mencionado, a consecuencia de los resultados planímetro y con la finalidad de rectificar la Código: TXRRXMNQERJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl superficie y medidas se procedió a solicitarle al Conservador de Bienes Raíces de esta comuna que se archivara este nuevo plano, en respuesta el conservador rechaza la solicitud y certifica con fecha 4 de septiembre de 2023 lo siguiente: “Que no se procedió al archivo del presente levantamiento topográfico, al margen de la inscripción fs 497 número 541 del Registro de Propiedad del año 1977 de este Conservador de Bienes Raíces, atendido a que conforme a su título excede de la superficie del inmueble que carece de sus medidas en sus deslindes y no se ajusta a su forma según los planos.” Agrega que las demarcaciones físicas que existen en el terreno y que lo
Fallo
Por tanto, previas citas legales respectivas, solicita ordenar al Conservador de Bienes Raíces de San Vicente de Tagua Tagua, archive en sus antecedentes el plano que acompaña en un otrosí de su solicitud, cuya negativa de inscripción data del fecha 4 de septiembre del año 2023, el cual indica la superficie real del inmueble con indicación precisa de sus deslindes señaladas en metros, previo informe del Conservador de Bienes Raíces de San Vicente de Tagua Tagua. SEGUNDO: A folio 9, consta informe del Conservador de Bienes Raíces de San Vicente de Tagua Tagua, de fecha 14 de noviembre de 2023. En su informe señala y ratifica toda la información entregada por la parte solicitante al momento de ejercer su acción, y añade que si bien plano pretendido archivar presenta características topográficas generales para la ubicación del predio, no se accedió a su registro en mérito a la disconformidad que existe en relación con lo asentado en el título y planos mencionados; lo anterior con el objeto de precaver eventuales perjuicios a los terceros colindantes u otros poseedores inscritos y, con el objeto de evitar que se introduzca un elemento que pueda perturbar o alterar la seguridad jurídica inmobiliaria de los terceros poseedores inscritos, seguridad jurídica que es la finalidad fundamental del mismo. Código: TXRRXMNQERJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Finalmente, sugiere al tribunal recibir información de testigo
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de San Vicente de Tagua Tagua CAUSA ROL : V-113-2023 CARATULADO : DÍAZ/ San Vicente de Tagua Tagua, quince de Marzo de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: LOS HECHOS: LA SOLICITUD : PRIMERO: Con fecha 3 de octubre de 2023, a folio 1, comparece ante este Tribunal, doña MARYELL JAZMINE CORNEJO TORO, abogada en representación de do
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