FARÍAS/
Rol
V-24-2022
Fecha
14 de marzo de 2024
Materia
VEHÍCULOS MOTORIZADOS, INSCRIPCIONES EN REGISTRO
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, a folio 1 comparece don MANUEL VICENTE FARÍAS NILO, chileno, pensionado, domiciliado en calle Cardenal Raúl Silva Henríquez Nro. 1276, comuna y provincia de San Antonio y solicita se ordene la inscripción judicial por parte del Sr. Director del Registro Civil de la Comuna de San Antonio, respecto del vehículo tipo CAMIONETA, MARCA CHEVROLET, MODELO LUV 2.3, AÑO 1994, NÚMERO DE MOTOR 253309, NUMERO DE CHASIS TFS16HDL0682, COLOR VERDE PANTANAL, PLACA PATENTE ÚNICA LC.6110-2, a su nombre en el Registro Especial de Vehículos Motorizados. Justificándose señala que es dueño único y exclusivo de un vehículo tipo CAMIONETA, MARCA CHEVROLET, MODELO LUV 2.3, AÑO 1994, NÚMERO DE MOTOR 253309, NUMERO DE CHASIS TFS16HDL0682, COLOR VERDE PANTANAL, PLACA PATENTE ÚNICA LC.6110-2. Afirma que lo adquirió en fecha 21 de octubre de 2015 a SOCIEDAD DE TRANSPORTES MANUTARA LIMITADA, con domicilio en Martín de Solier N°4425, comuna de Cerrillos, Región Metropolitana, mediante el pago de $90.000 pesos, más la entrega de un camión ISUZU de su propiedad. Se le hizo entrega materialmente del vehículo, quedando pendiente la ejecución de la transferencia, ello por mutuo acuerdo. Agrega que ha intentado por todos los medios posibles tomar contacto con SOCIEDAD DE TRANSPORTES MANUTARA para regularizar la situación de transferencia del vehículo. Sin embargo, esta sociedad ha sido disuelta, poniéndole fin a su personalidad jurídica, por tal razón, no ha tenido la posibilidad de efectuar la inscripción del vehículo bajo su nombre en el Registro de Vehículos Motorizados pertinente. Manifiesta que durante estos 6 años, tiempo que posee el vehículo, ha pagado estrictamente los permisos de circulación y ejecutado pertinentemente las revisiones técnicas de éste, así como también las mantenciones y reparos necesarios del mismo, desembolsando en esto último una suma aproximada de $500.000. Código: TTTYXMPSCXJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http:
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, para fundamentar la solicitud, el peticionario rinde la siguiente prueba: DOCUMENTAL: 1.- Copia permiso de circulación emitido por la I. Municipalidad de San Antonio del vehículo placa patente LC 6110-2. Código: TTTYXMPSCXJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 2.- Copia de certificado de Revisión Técnica del vehículo placa patente LC 6110, de fecha 27 de febrero de 2020.- 3.- Certificado de emisiones contaminantes del vehículo placa patente LC 6110-2, de fecha 27 de febrero de 2020. 4.- Certificado de inscripción y anotaciones vigentes en el Registro de Vehículos Motorizados, del vehículo placa patente LC 6110-2de fecha 04 de marzo de 2022. INFORMACIÓN SUMARIA: Con fecha 23 de noviembre de 2022, previa orden del tribunal, comparecen ante el receptor judicial, y declaran sumariamente, bajo juramento: 1.- JUAN CARLOS CACERES MARTINEZ, quien declara que es ex pareja de la hija de don Manuel, pero viven al frente, a tres casas de donde él vive y sabe que tiene una camioneta Chevrolet antigua que la usa para pasear y trabajar. Lleva 6 años desde que lo conoce y ha ido a su casa, cuando iba a visitar a su hija y siempre la camioneta estaba bajo su poder. Él es el dueño desde que lo conoce de esa camioneta. Sabe que la camioneta es verde, y es antigua. Es una Chevrolet antigua. El vehículo está impecable. En cuanto a la camioneta la ha visto, y él la usa para trabajar y pasear y han ido donde su otra hija en el campo y él llega en su camioneta, han hecho trámites juntos, y la camioneta está en buen estado, siendo su medio de transporte. En todo este que lo conoce no se ha presentado ninguna persona a reclamar el dominio u otro derecho sobre la camioneta mencionada. 2.- ALAN MAXIMILIANO SEPULVEDA FARIAS, quien declara que el solicitante es su abuelo y se conocemos toda la vida. Es una persona muy correcta, medio enchapado a la antigua y tiene la camioneta hace 5 o 6 años más o menos. Es una Chevrolet Luv color verde metálico. Él la ha tenido en todo este tiempo y va para todos lados con ella. Le ha hecho todas las mantenciones, ajustes de motor, revisión técnica, le saca todos los papeles legales, permiso de circulación, etc. y en todo este tiempo nadie la ha venido a reclamar. Él buscó al dueño antiguo pero se negó a hacer la transferencia en el Registro Civil. Su abuelo siempre la ha tenido y siempre ha estado preocupado del vehículo. Desde hace muchos años que ha esperado tenerla a su nombre, perdiendo el contacto con el dueño antiguo. SEGUNDO: Que con el mérito de los antecedentes tenidos a la vista, todos valorados conforme a lo previsto por el artículo 819 del Código de Procedimiento Civil, lo primero que ha de consignarse, es que ha resultado suficientemente acreditada la legítima tenencia del solicitante respecto del vehículo cuya inscripción se pretende, pues se vislumbra de las declaraciones de los testigos de fecha 23 de noviembre de 2022
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 33, 34 38, 43 y 47 de la Ley N°18.290, artículos 700 y siguientes del Código Civil y lo regulado en el artículo 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE RESUELVE: I.- Que ha lugar a la solicitud de lo principal de folio 1, y se ordena al Sr. Director del Servicio de Registro Civil e Identificación que inscriba a nombre de don MANUEL VICENTE FARÍAS NILO, cédula de identidad N° 8.875.619-3, domiciliado en calle Cardenal Raúl Silva Henríquez Nro. 1276, comuna y provincia de San Antonio, el siguiente vehículo en el Registro Nacional de Vehículo Motorizados: Inscripción: LC.6110- 2. Tipo Vehículo: CAMIONETA. Año: 1994. Marca: CHEVROLET. Modelo: LUV 2.3. Nro. Motor: 253309. Nro. Chasis: TFS16HDLE0682. Color: VERDE PANTANAL. Combustible: (NO INFORMADO). PBV: (NO INFORMADO). II.- Que, el solicitante deber acreditar el pago del impuesto a la transferencia previo a la inscripción ordenada. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en San Antonio, catorce de Marzo de dos mil veinticuatro Código: TTTYXMPSCXJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-03-14T17:04:54-0300
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 42 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de San Antonioº CAUSA ROL : V-24-2022 CARATULADO : FAR AS/Í San Antonio, catorce de Marzo de dos mil veinticuatro VISTOS: Que, a folio 1 comparece don MANUEL VICENTE FARÍAS NILO, chileno, pensionado, domiciliado en calle Cardenal Raúl Silva Henríquez Nro. 1276, comuna y provincia de San Antonio y solicita se orden
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