LARRAÑAGA/CORPORACIÓN XIX JUEGOS PANAMERICANOS SANTIAGO 2023
Rol
M-655-2024
Fecha
23 de mayo de 2024
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS NO CONTROVERTIDOS X · CONCILIACION (llamado) X · 1. TOTAL · 2. PARCIAL · RECIBE LA CAUSA A PRUEBA X · OFRECE PRUEBA X · 1. DEMANDANTE X · A. DOCUMENTAL X · B. CONFESIONAL X · C.TESTIMONIAL X · D. OTROS MEDIOS DE PRUEBA (exhibición y oficios) X · 1. DEMANDADAS X · A. DOCUMENTAL X · B. CONFESIONAL · C.TESTIMONIAL · D. OTROS MEDIOS DE PRUEBA (exhibición y oficios) · OBSERVACIONES A LA PRUEBA X · DICTACION DE SENTENCIA X TRIBUNAL RESUELVE ESCRITOS: Consta en audio RELACION DE LOS HECHOS: Consta íntegramente en audio. CONTESTACION DEMANDA: Consta íntegramente en audio. EXCEPCIÓN Parte demandante evacúa traslado. EL TRIBUNAL RESUELVE: Téngase por evacuado el traslado, respecto al Fisco de Chile, se tiene por allanada a la parte demandante respecto a la excepción de falta de legitimación pasiva, respecto a las demás excepciones, de déjese su resolución para definitiva. CONCILIACIÓN: Llamadas las partes a conciliación, no se produce. El Tribunal propone como base de acuerdo el pago de $2.000.000. La parte demandante no acepta las bases del tribunal, solicitando $7.000.000, a su vez, la parte demandada acepta la propuesta del Tribunal ofreciendo hasta $3.000.000. HECHOS NO CONTROVERTIDOS: 1. La suscripción de un contrato de prestación de servicios con fecha 7 de noviembre de 2022 entre la demandante y la corporación. 2. La emisión de boletas entre noviembre de 2022 y diciembre de 2023. 3. Que las demandadas no pagaron cotizaciones previsionales pro el periodo noviembre de 2022 a diciembre de 2023, por entender que no existió relación laboral. HECHOS CONTROVERTIDOS: 1. Existencia de una relación laboral entre las partes. En su caso, fecha de inicio y término, funciones desempeñadas. 2. Remuneración pactada y efectivamente percibida para efectos indemnizatorios. 3. Fecha y forma en que concluyeron los servicios prestados. 4. En su caso, efectividad de haber otorgado a la demandante el feriado legal y proporcional o co
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que dedujo demanda por declaración de existencia de relación laboral, continuidad laboral, nulidad de despido, cobro de prestaciones laborales adeudadas y subcontratación doña JENNIFER VALENTINA LARRAÑAGA CHANDÍA, chilena, soltera, Ingeniero Constructor, cédula de identidadN°17.256.035-0, con domicilio en Gabriela N°1016, comuna de La Pintana, quien dedujo esta demanda en contra de la CORPORACIÓN XIX JUEGOS PANAMERICANOS SANTIAGO 2023, corporación de derecho privado, rol único tributario N°65.180.131-1, representada legalmente por don Jaime Pizarro Herrera, ambos domiciliados, para estos efectos, en Pérez Valenzuela 1635, piso 6, Providencia, Región Metropolitana, también dedujo demanda en contra del Instituto Nacional del Deporte (en adelante “IND”), rol único tributario N°61.107.0004, representada legalmente por Israel Castro López, cédula de identidad N°4.469.813-7, ambos domiciliados para estos efectos en Fidel Oteiza N°1956, piso 3 y 4, comuna de Providencia, Región Metropolitana; y en contra del Fisco de Chile, rol único tributario N°61.806.000-4, cuyo representante legal es doña Ruth Israel López, abogada, cédula de identidad N°9.772.243-9, ambos domiciliados para estos efectos en Agustinas N°1687, comuna de Santiago, Región, respecto de la cual la parte demandante se allanó a la excepción de falta de legitimidad pasiva opuesta por dicha demandada. Resolutiva: Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 8, 9, 420, 446 y normas siguientes y pertinentes del código del trabajo,
Fallo
se declara: I.- Que se rechaza la demanda en todas sus partes. II.- Cada parte pagará sus costas. Se hace presente que se autoriza que en la transcripción de la presente sentencia, se efectué la corrección de yerro verbal, de puntuación, de numeración de considerandos y otros eventuales errores involuntarios ocurridos en la dictación verbal de la sentencia, sin que ello importe una modificación sustancial en los términos de la misma, Dirigió la audiencia doña Carolina Donoso Ortega, Juez Titular del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Las partes quedan notificadas de las resoluciones dictadas en esta audiencia, conforme lo establece el artículo 426 inciso primero del Código del Trabajo. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago, a veinte de mayo de dos mil veinticuatro.
Texto Completo (Preview)
1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 20/05/2024, Santiago RUC 24- 4-0549371-K RIT M-655-2024 CARATULADO Larrañaga/Corporación Xix Juegos Panamericanos Santiago 2023 MAGISTRADO Carolina Donoso Ortega ADMINISTRATIVO DE ACTAS Claudia Fuentes Yessi HORA DE INICIO 09:02 HORA DE TERMINO 11:19 SALA 3.1 Nº REGISTRO DE AUDIO
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