MATURANA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE BUIN
Rol
C-28-2024
Fecha
13 de marzo de 2024
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folio 1, Raúl Andrés Maturana Aragón, chileno, soltero, Ingeniero, cédula nacional de identidad N°10.320.539-5, con domicilio en calle José Manuel Balmaceda N°202, Buin, comuna de Buin, viene en interponer demanda de prescripción extintiva de impuestos y valores municipales, en contra de la Ilustre Municipalidad de Buin, Corporación Autónoma de derecho Público, representada legalmente por su Alcalde Miguel Araya Lobos, ambos con domicilio en calle Carlos Condell N° 415, comuna de Buin, en virtud de los siguientes antecedentes de hecho y de derecho que expone. Dice que, consta en documentos que acompaña, que es dueño de automóvil, marca Chevrolet, modelo Combo Van 1.3, año de fabricación 2009, placa patente única BYGT-19-4. Sin embargo, dentro de las sumas de dinero que la Ilustre Municipalidad de Buin liquida para el pago de permisos de circulación, se incluyen cobro correspondientes a periodos respecto de los cuales, la acción de hacer efectivo su cumplimiento se encuentra prescrita, toda vez que han transcurrido con creces el plazo de tres años desde la fecha en que se devengaron y que debieron ser pagados todo esto de conformidad con lo consagrado en el artículo 2521 inciso 1° del Código Civil y de acuerdo a lo dispuesto en la Ley de rentas Municipales. Agrega que, en efecto de acuerdo a certificado emitido por el departamento de Permisos de Circulación de la Ilustre Municipalidad de Buin, se le pretende cobrar los permisos de circulación correspondientes a los años 2013, 2014, 2015, 2016, 2017, 2018, 2019, y 2020 los cuales de acuerdo a lo expresado y a la normativa legal vigente, la acción de cobro de estos se encuentra prescrita, dando el monto a prescribir por estos periodos la suma de $1.361.403 pesos. Previas citas legales solicita tener por interpuesta demanda de prescripción extintiva de Impuestos Municipales, en contra de la Ilustre Municipalidad de Buin, representada por el señor Alcalde Miguel Araya Lobos, admitirla a tramitación y en def
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, Raúl Andrés Maturana Aragón, viene en interponer demanda de prescripción extintiva de impuestos y valores municipales, en contra de la Ilustre Municipalidad de Buin, representada legalmente por su Alcalde Miguel Araya Lobos, todos ya individualizados, solicitando se declare la prescripción extintiva de las acciones de cobro de permisos de circulación vehicular que le afectan, en virtud de los fundamentos expuestos en la parte expositiva de esta sentencia que se da por reproducida para todos los efectos legales. SEGUNDO: Que, notificada legalmente la parte demandada, esta fue contestada a folio 8, y atendido el allanamiento señalado, no resultando necesario recibir la causa a prueba, se cita a las partes a oír sentencia a folio 11. TERCERO: Que, para acreditar los hechos que la ley pone de su cargo al demandante, acompañó la siguiente documental: a) Certificado de Inscripción RVM, vehículo placa patente BYGT.19-4, a nombre de Raúl Andrés Maturana Aragón; b) Certificado de deuda respecto a permisos de circulación placa patente BYGT19, correspondientes a los años 2013 a 2023, inclusive por un monto total de $1.493.338 emitido por Municipalidad de Buin, departamento de Administración y Finanzas de fecha 3 de enero de 2024. Código: XEQTXMXQXNX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 CUARTO: Que, por su parte, la demandada aparejó al proceso: a) Acta de proclamación de Alcalde y Concejales comuna de Buin; b) Mandato Judicial otorgado por Ilustre Municipalidad de Buin a Elizabeth Ubilla Contreras y Otros, repertorio N°1723-2023, de fecha 7 de noviembre de 2023. QUINTO: Que, el demandante, con el instrumento acompañado a folio 1, legalmente apreciado, acreditó la posesión inscrita del vehículo objeto de autos. En efecto, mediante certificado de inscripción y anotaciones vigentes, emitido por el Registro Nacional de Vehículos Motorizados, Folio N° 500545397063, se acredita que el furgón marca Chevrolet, modelo Combo Van 1.3, Patente BYGT.19-4, año 2009, se encuentra inscrito a nombre del actor, Raúl Andrés Maturana Aragón, quien, en consecuencia, corresponde reputarle como dueño del mismo, conforme a lo previsto en el artículo 44 de la Ley Nº 18.290, que dispone que, se presumirá propietario de un vehículo motorizado a la persona a cuyo nombre figure inscrito en el Registro, salvo prueba en contrario. SEXTO: Que, asimismo, conforme el informe de deuda extendido por la Ilustre Municipalidad de Buin, de fecha 03 de enero de 2024, rolante a folio 1, no objetado de contraria, y apreciado en forma legal, se logra acreditar la efectividad de adeudarse por la actora los permisos de circulación que alega en su libelo esto es, los periodos anuales comprendidos entre el año 2013 y año 2023 inclusive. SÉPTIMO: Que, establecido lo anterior, en cuanto a la acción impetrada, corresponde al interesado solicitar se declare la prescripción de deuda cuya extinc
Fallo
se declara la extinción de cobro de los intereses y multas que acceden a los permisos de circulación correspondientes a los años 2013 a 2020, atendida precisamente la calidad de accesorios de estos. DÉCIMO: Que, no se condenará en costas a la demandada por no mediar oposición de su parte. Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 144, 160, 170, 342 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; artículos 1437, 1698, 1713, 2493, 2521 y siguientes del Código Civil; Decreto Ley N° 2.385, de 1996, que fija el Texto Refundido y Sistematizado del Decreto Ley N°3.063, de 1979, Sobre Rentas Municipales; y demás normas legales pertinentes; SE RESUELVE: I.- Que, se ACOGE la demanda deducida a folio 1, y en consecuencia, se declaran extinguidas por prescripción las acciones de cobro de la Ilustre Municipalidad de Buin, para perseguir el cobro respecto de los permisos de circulación correspondientes al período que media entre el año 2013 y el año 2020, inclusive, del vehículo tipo furgón marca Chevrolet, modelo Combo Van 1.3, Patente BYGT.19-4, año 2009, inscrito a nombre de Raúl Andrés Maturana Aragón, así como también las referidas a las de cobro de intereses y multas que les acceden. II.- Que, no se condena en costas a la parte demandada atendido el allanamiento de su parte. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol N° C-28-2024 Dictada por Claudia Arriagada Santelices, Jueza Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo
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Foja: 1 FOJA: 7 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Buin CAUSA ROL : C-28-2024 CARATULADO : MATURANA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE BUIN Buin, trece de Marzo de dos mil veinticuatro VISTOS: A folio 1, Raúl Andrés Maturana Aragón, chileno, soltero, Ingeniero, cédula nacional de identidad N°10.320.539-5, con domicilio en calle José Manuel Balmaceda N°202, Buin, comuna d
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