ÁVALOS/ÁVALOS
Rol
C-786-2023
Fecha
13 de marzo de 2024
Materia
PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Se ha iniciado este proceso sobre acci n de precario interpuesta por ó Mar aí Ximena Avalos Mu ozñ , due a de casa, domiciliada en calle Orden y Patria N 0721,ñ ° comuna de Puente Alto, contra Alejandra Lucila Avalos Mu ozñ , domiciliada en calle Isla de Pascua N 0887, comuna de La Granja. ° Se ala que es due a del usufructo del inmueble ubicado en calle Isla de Pascuañ ñ N 0887, de la comuna de La Granja, el cual adquiri mediante escritura p blica° ó ú otorgada ante notario y que se inscribi a fojas 5054, N 4034, correspondiente aló ° Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de San Miguel del a o 2017. í ñ Agrega que la actual ocupante, do a Alejandra Lucila Avalos Mu oz, cuyañ ñ presencia y goce sobre su derecho real sobre el inmueble se debe a la existencia entre un arrendador anterior y la actual ocupante del local comercial ubicado en el mismo inmueble con distinta direcci n, esto es calle Isla Morelos N 8773 de la comuna de Laó ° Granja, que se encuentra colindante a la propiedad, la que desconoc a hasta la fecha deí la presentaci n de la demanda. ó Indica que la demandada ocupa su propiedad por su ignorancia, ya que a la fecha desconoc a que la ocupaba, adem s, sin que haya habido previo contrato entre elí á ocupante y ella que justifique la tenencia material, data desde el a o 2018. ñ Refiere que necesita que dicho ocupante restituya la mencionada propiedad, por lo que interpone la presente demanda. Funda su pretensi n en los art culos 2195 del C digo Civil, los art culos 8ó í ó í numeral bis y 18 k de la Ley N 18.101 y el art culo 19 N 24 de la Constituci n– ° í ° ó Pol tica de la Rep blica, los cuales cita. í ú Con todo, solicita tener por interpuesta demanda de precario en contra de do añ Alejandra Lucila Avalos Mu oz, ya individualizada, y en definitiva, condenarle a lañ Código: FQPYXMYQXXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 devoluci n del derecho real de us
Fundamentos
Considerando: Primero: Que, a folio 1, comparece Mar a Ximena valos Mu oz,í Á ñ interponiendo demanda de precario en contra de Alejandra Lucila valos Mu oz, porÁ ñ los fundamentos y con las peticiones referidas en lo expositivo de este fallo. Segundo: Que, notificada la demanda en forma legal, tuvo lugar el comparendo de rigor, teni ndose por contestada la demanda en la forma ya referida. é Tercero: Que, interpuesta la acci n de precario, jur dicamente, contemplada enó í el inciso segundo del art culo 2195 del C digo Civil, previene ella que: Constituyeí ó “ tambi n precario la tenencia de una cosa ajena, sin previo contrato y por ignorancia oé mera tolerancia del due o , de modo que para que sea acogida, incumbe a quienñ ” acciona acreditar el dominio sobre el bien cuya restituci n solicita y la tenencia de steó é por la demandada y corresponder a su vez a esta ltima, a fin de desvirtuar el precario,á ú acreditar que la tenencia del inmueble se encuentra autorizada por su due o o provieneñ de un acto o contrato que aquel deba respetar y, en consecuencia, destruir el hecho de sustentarse dicha tenencia en la ignorancia o mera tolerancia de quien demanda. Cuarto: Que el art culo 1698 del C digo Civil se ala que, incumbe probar lasí ó ñ obligaciones o su extinci n al que alega aqu llas o sta, y en ese sentido, la parteó é é demandante, a fin de acreditar sus asertos alleg al proceso, sin objeci n, la siguienteó ó prueba instrumental: Código: FQPYXMYQXXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 a) Copia de inscripci n de fojas 5054 vta., N 4034, del Registro de Hipotecas deló ° a o 2017 del Conservador de Bienes Ra ces de San Miguel. ñ í b) Certificado N 216, emitido por la Direcci n de Obras de la Ilustre° ó Municipalidad de La Granja. c) Croquis de la propiedad. d) Boleta de consumo el ctrico, emitida por Enel Distribuci n Chile S.A., deé ó fecha 11 de abril de 2023. e) Boleta de consumo de agua potable, emitida Aguas Andina, de fecha 04 de mayo de 2023. f) Certificado de deuda emitido por la Tesorer a General de la Rep blica deí ú fecha 22 de mayo de 2023. Adem s rindi á ó prueba testimonial, a folio 28, consistente, en primer lugar, en la declaraci n de do a ó ñ Nazaret Beltr n Avalosá , quien juramentada y sin tachas, sobre el punto 1 de prueba, indica que no es due a, no tiene ning n papel que avale su estad añ ú í en la casa, que se ha aprovechado de haber tomado las atribuciones de la casa, no ha pagado ning n servicio b sico desde que est y las deudas de contribuciones tampoco, laú á á cual le costa por los certificados de hipotecas y gravamen que avala que su mam es laá due a. Repreguntada para que diga si sabe si do a Mar a Ximena Avalos Mu oz esñ ñ í ñ due a del derecho real de usufructo, responde que ella es la due a y tiene el derechoñ ñ total de la propiedad, le consta porque ha visto los certificados que ella tiene. Repreguntada para que diga la testigo si s
Fallo
Por estas consideraciones y tiendo presente, adem s, lo dispuesto en los art culosá í 1698 y 2195 del C digo Civil; art culos 144, 170, 318, 327, 341 y siguientes, 384, 680 yó í siguientes del C digo de Procedimiento Civil, se declara que: ó Se acoge, con costas, la acci n de precario deducida por Mar a Ximena Avalosó í Mu oz, en todas sus partes, y ñ se condena a Alejandra Lucila Avalos Mu oz, a restituir añ la actora en su derecho real de usufructo, y con ello, la tenencia de la propiedad ubicado en calle Isla de Pascua N 0887, de la comuna de La Granja;° lo anterior dentro de tercero d a de ejecutoriada la sentencia, bajo apercibimiento de lanzamiento de ella y deí toda persona que le derive ocupaci n. ó Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad. í í í Dictada por Carmen Gloria Escanilla P rez, Juez titular. é Código: FQPYXMYQXXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en San Miguel, trece de Marzo de dos mil veinticuatro Código: FQPYXMYQXXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-03-13T14:31:15-0300
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 27 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de San Miguelº CAUSA ROL : C-786-2023 CARATULADO : VALOS/ VALOSÁ Á San Miguel, trece de Marzo de dos mil veinticuatro. Vistos: Se ha iniciado este proceso sobre acci n de precario interpuesta por ó Mar aí Ximena Avalos Mu ozñ , due a de casa, domiciliada en calle Orden y Patria N 0721,ñ ° comuna de Puente Alto, contr
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