30º Juzgado Civil de Santiago

TESORERÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA CHILE/MORALES

Rol

C-9187-2023

Fecha

12 de marzo de 2024

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Con fecha 30 de mayo de 2023, comparece don Pablo De La Cerda Santa María, abogado, domiciliado en calle Coronel Pereira 72, oficina 1002, Las Condes, mandatario judicial y actuando en representación convencional del Banco Itaú Chile, empresa bancaria del giro de su denominación, cuyo Gerente General es don Gabriel Amado de Moura, administrador de empresas, en su calidad de continuador legal del Banco Itaú Corpbanca, sociedad anónima bancaria, todos domiciliados en Av. Presidente Riesco Nº5537, piso 20, Las Condes, y éste a su vez en representación convencional de la Tesorería General de la Republica, cesionario del crédito cuyo cobro se persigue por esta vía, deduciendo demanda ejecutiva en contra de doña Claudia Daniela Morales Fornells, ignora profesión, con domicilios en Mario Neira 651 651, y en Mario Neira 651, ambos de Recoleta. Funda su demanda señalando que la demandada adeuda a su representado la suma de 658,7505.- Unidades de Fomento, por concepto de capital. La referida obligación consta de los siguientes pagarés: 1.- Pagaré por la suma de 13,8822.- Unidades de Fomento, con vencimiento el 10 de mayo de 2023. 2.- Pagaré por la suma de 644,8683.- Unidades de Fomento, con vencimiento el 10 de mayo de 2023. Código: HSHXXMZXVYH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-9187-2023 Foja: 1 Indica que los pagarés fueron suscritos con fecha 10 de abril de 2023 por un apoderado del Banco Itaú Corpbanca, hoy Banco Itaú Chile, cuya firma se autorizó ante Notario, quien actuó según mandato otorgado por la parte demandada y deudora, y que consta en el “Contrato de Apertura de Línea de Crédito para Estudiantes de Educación Superior con Garantía Estatal, Según Ley N° 20.027”, el cual se acompaña en el primer otrosí de esta presentación. Refiere que las partes pactaron que el capital adeudado devengaría a contar de la fecha de su suscripción, y hasta la fecha de pago efectivo, la tasa de interés máxi

Fundamentos

fundamentos tanto de hecho y de derecho que motivan la presente ejecución. Además, se realiza una correcta y completa individualización de las partes, el tribunal ante quien se entabla y la enunciación precisa y clara, consignada en la conclusión de las peticiones que se someten al

Fallo

por tanto, se encuentra total y actualmente exigible. Respecto de la excepción N°7 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, precisa que los actos cambiarios son unilaterales, independientes y abstractos, de manera que ellos son jurídicamente independientes del negocio causal que les dio origen, de manera que Código: HSHXXMZXVYH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-9187-2023 Foja: 1 la Ley 20.027 nada tiene que ver con el carácter de título ejecutivo que tienen los pagarés acompañados. Para ser título ejecutivo los pagarés acompañados deben cumplir con los siguientes requisitos: - Firma autorizada ante Notario. - Dar cuanta de obligaciones liquidas, actualmente exigibles y no prescritas. Todos estos requisitos se cumplen. Respecto de la excepción N°14 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, afirma que no es efectivo lo alegado por la contraria, toda vez que se trata de un pagaré a plazo, por tanto, llegado el vencimiento del plazo, éste se hizo exigible. Esta excepción se funda en que no se cumplirían los requisitos establecidos en la ley para hacer exigible el crédito con aval del estado CAE. Ello por cuanto la Ley establecería que las obligaciones solo serían exigibles solo una vez transcurridos 18 meses desde que el alumno termine sus estudios. Respecto de la excepción N°4 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, argumenta que en el libelo de autos se describe de manera

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C-9187-2023 Foja: 1 FOJA: 25 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 30 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-9187-2023 CARATULADO : TESORER A GENERAL DE LA REP BLICAÍ Ú CHILE/MORALES Santiago, doce de Marzo de dos mil veinticuatro VISTOS Con fecha 30 de mayo de 2023, comparece don Pablo De La Cerda Santa María, abogado, domiciliado en calle Coronel Pereira 72, oficina 1002, Las Condes,

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