CAT ADMINISTRADORA DE TARJETAS S.A./VEGA
Rol
C-2988-2022
Fecha
12 de marzo de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1, comparece el abogado Gonzalo Salgado Barros, domiciliado en Avda. Libertador Bernardo O’Higgins N°1901, Santiago, correo electrónico salgado@fullpay.cl, mandatario judicial de CAT Administradora de Tarjetas S.A., representada por su gerente general Luis Alberto Aubele Ramírez, ingeniero comercial, ambos con domicilio en Avda. Vitacura N°2736, piso 13, Depto. 1301, Las Condes y demanda ejecutivamente a CAROLINA YOLANDA VEGA ORELLANA, de quien ignora profesión u oficio, con domicilio en Valle Curamávida SN SN REF AL, comuna de Los Ángeles. Sostiene que su representada es dueña y legítima tenedora del pagaré N°3607538, por la suma de $4.164.236, con vencimiento el 5 de diciembre de 2022, documento suscrito en representación de la deudora por Cencosud Administradora de Tarjetas S.A., también CAT S.A. y/o ACC S.A., representada por Egon Arriagada López, Daniel Duarte Cuervo, Jorge Caycho Pachas, Carolina Andrea Morales Sierra, Tamara González Meza, Fernando Camilo Vega Muñoz y Rodrigo Lampre Lara, en virtud de un mandato otorgado al efecto por la deudora, como consta del Contrato de Apertura de Crédito que acompaña. El pagaré, sostiene, no fue pagado a la fecha de su vencimiento, así es que la demandada adeuda a su mandante la referida suma, más el interés Código: CEHXMKFESH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:salgado@fullpay.cl C-2988-2022 Foja: 1 estipulado y, siendo la obligación líquida y/o liquidable, actualmente exigible, la acción ejecutiva no prescrita y la firma del suscriptor autorizada ante notario, el documento constituye título ejecutivo, así es que solicita se tenga por interpuesta su demanda, se ordene despachar mandamiento de ejecución y embargo por la suma de $4.164.235, más los intereses pactados, reajustes y costas y se siga la ejecución hasta el entero pago de lo debido. A folio 23, la ejecutada, a través del abogado Rodrigo Puffe Alarcón, con domicilio en ca
Fundamentos
fundamentos de derecho en que se apoya la acción ejecutiva, a saber, no se expresa con claridad el monto total por el que se está demandando en porcentajes de intereses ni monto total adeudado; se hace confusa para su entendimiento al no identificarse el género de la demandada. Sostiene que lo consignado lo deja en un estado de indefensión. Código: CEHXMKFESH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2988-2022 Foja: 1 A folio 41,
Fallo
se declararon admisibles las excepciones y se recibió la causa a prueba, fijándose los hechos sobre los que ésta debía recaer. A folio 45, se citó a las partes para oír sentencia. CONSIDERANDO: 1°.- Ha comparecido el abogado Gonzalo Salgado Barros, mandatario judicial de CAT Administradora de Tarjetas S.A., quien demanda ejecutivamente a CAROLINA YOLANDA VEGA ORELLANA, 2°.- La ejecutada se apersonó al juicio oponiendo las excepciones de los N° 2 y 4 del artículo 434 del Código de Procedimiento Civil, según los argumentos pormenorizados también en lo expositivo y que se dan por reproducidos. 3°.- La ejecutante no contestó el traslado conferido respecto de las excepciones opuestas. 4°.- Como es sabido, en los procedimientos ejecutivos la ejecutante cuenta con una prueba privilegiada, un título que lleva aparejada ejecución, por lo que quien pretende desvirtuar tal presunción deberá justificar sus alegaciones al tenor de lo prevenido en el artículo 1698 del Código Civil. 5°.- Para acreditar los fundamentos fácticos de su pretensión, la ejecutante acompañó la prueba documental consistente en: a) Pagaré N°3607538, por la suma de $4.164.235, fechado el 5 de diciembre de 2022, suscrito por Fernando Camilo Vega Muñoz en representación de CAT Administradora de Tarjetas S.A. y ésta, a su vez, en representación de Carolina Yolanda Vega Orellana; la firma del suscriptor se encuentra autorizada por notario público; Código: CEHXMKFESH Este documento tiene firma electrónica y su origin
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C-2988-2022 Foja: 1 FOJA: 21 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Talcahuanoº CAUSA ROL : C-2988-2022 CARATULADO : CAT ADMINISTRADORA DE TARJETAS S.A./VEGA Talcahuano, doce de Marzo de dos mil veinticuatro VISTO: A folio 1, comparece el abogado Gonzalo Salgado Barros, domiciliado en Avda. Libertador Bernardo O’Higgins N°1901, Santiago, correo electrónico salgado@fullp
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