SCOTIABANK CHILE S. A./IBARRA
Rol
C-4282-2022
Fecha
12 de marzo de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1, con fecha 18 de mayo de 2022, comparece Roberto Grant Del Rio, abogado, con domicilio en Morand N 322, oficina N 502,é ° ° Santiago, abogado, mandatario judicial, en representaci n convencional deó SCOTIABANK CHILE, sociedad an nima bancaria, cuyo gerenteó general es don Diego Patricio Masola, contador p blico, estos domiciliadosú en Av. costanera Sur N 2710, torre A, piso 23, Las Condes° , quien viene en interponer demanda ejecutiva en contra de don PEDRO ARTURO IBARRA STANKOVSKY, ignora profesi n, con domicilio en Hamlet Nó ° 4340 departamento 206, comuna de Las Condes, Regi n Metropolitana.ó Funda su pretensi n en que su representada es due a del pagar a laó ñ é orden, N 710121784258, por la suma de $43.733.331, por concepto deº capital, que ha recibido en pr stamo en dinero efectivo y a su enteraé satisfacci n, la que devengar un inter s del 0,60% mensual, que se oblig aó á é ó pagar en 82 cuotas mensuales y sucesivas. Las primeras 81 cuotas por un valor de $683.476 cada una, y la ltima por un valor de $754.970, siendo elú primer vencimiento el 6 de diciembre de 2021, y los restantes los d as 6 deí cada mes, o del ltimo mes del respectivo per odo. ú í Agrega que se estipularon intereses en caso de mora o simple retardo; y cl usula de aceleraci n. á ó Explica que si la obligaci n de que da cuenta el presente pagar esó é igual o inferior a UF 200 de capital, el Banco quedaba facultado para exigir anticipadamente el pago del total de lo adeudado, una vez transcurrido 60 d as corridos contados desde la mora o simplemente retardo en el pago.í Código: KBWJXMMMMPH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-4282-2022 Foja: 1 Hace presente, que la firma del suscriptor fue autorizada por notario; y que el pagar fue emitido el d a 29 de septiembre de 2021.é í As las cosas, el deudor no pag la cuota í ó N 1° , que venc a el 6 deí diciembre de 2021, ni las siguientes, raz n por la cual adeuda al b
Fundamentos
CONSIDERANDO: Código: KBWJXMMMMPH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-4282-2022 Foja: 1 PRIMERO: Que, SCOTIABANK CHILE acciona en procedimiento ejecutivo en contra de PEDRO ARTURO IBARRA STANKOVSKY, seg n fuere anteriormente expuesto. ú SEGUNDO: Que, la parte ejecutada opuso la excepci n del art culoó í 464 N 17 del C digo de Procedimiento Civil, conforme fuere anotado° ó previamente. Y en subsidio opuso las excepciones N 7, 14 y 11 del° art culo 464 del C digo del ramo.í ó TERCERO: Que, en consecuencia, la debida decisi n del asuntoó pasa por corroborar en primer t rmino, si concurren los presupuestosé f cticos de procedencia de la excepci n opuesta en lo principal, esto es, losá ó requisitos legales para hacer lugar a la prescripci n extintiva de la acci n.ó ó Y en subsidio de lo anterior, es decir, rechazada que sea la prescripci n, determinar si, efectivamente si el pagar materia de autosó é adolece de defectos que frustren su m rito ejecutivo, si la obligaci n deé ó autos adolece de un vicio de nulidad, o si se han concedido esperas o pr rrogas para el cumplimiento de la obligaci n por parte del acreedor.ó ó CUARTO: Que, en cuanto a la excepci n de prescripci n, debeó ó tenerse presente lo establecido en el art culo 2.514 del C digo Civil, el cualí ó dispone la prescripci n que extingue las acciones y derechos ajenos exige“ ó solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones. Se cuenta este tiempo desde que la obligaci n se hayaó hecho exigible . ” Atendido que la ejecuci n versa sobre pagar s dicha normaó é debe relacionarse necesariamente con aquella contenida en el art culo 98 deí la Ley N 18.092, la cual a la letra indica º “El plazo de prescripci n de lasó acciones cambiarias del portador contra los obligados al pago es de un a o,ñ contado desde el d a del vencimiento del documentoí .” Que conforme con lo dispuesto en el art culo 2493 del C digo Civil,í ó “El que quiera aprovecharse de la prescripción debe alegarla, el juez no puede declararla de oficio”. QUINTO: Que del examen del t tulo cambiario, rolante a folio 3 delí expediente electr nico, y custodiado bajo el N 3838-2022, es posibleó ° observar que se trata de un pagar suscrito con fecha 29 de septiembre deé 2021, operaci n N 710121784258, por la cantidad de $43.733.331, poró ° concepto de capital, m s inter s del 0,60% mensual. El pago estabaá é Código: KBWJXMMMMPH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-4282-2022 Foja: 1 establecido en 82 cuotas mensuales y sucesivas, venciendo la primera el d aí 6 de diciembre de 2021, y las restantes los d as 6 de cada mes. A su vez, elí acreedor al momento de interponer la acci n ejecutiva de cobro, con fechaó 18 de mayo de 2022, expresamente manifest que ven a en acelerar laó í deuda de todas las cuotas como de plazo vencido. Sentado lo anterior, la ejecutante se al que la
Fallo
se declararon admisibles las excepciones y se recibi laó causa prueba. A folio 66, se cit a las partes a o r sentencia.ó í CONSIDERANDO: Código: KBWJXMMMMPH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-4282-2022 Foja: 1 PRIMERO: Que, SCOTIABANK CHILE acciona en procedimiento ejecutivo en contra de PEDRO ARTURO IBARRA STANKOVSKY, seg n fuere anteriormente expuesto. ú SEGUNDO: Que, la parte ejecutada opuso la excepci n del art culoó í 464 N 17 del C digo de Procedimiento Civil, conforme fuere anotado° ó previamente. Y en subsidio opuso las excepciones N 7, 14 y 11 del° art culo 464 del C digo del ramo.í ó TERCERO: Que, en consecuencia, la debida decisi n del asuntoó pasa por corroborar en primer t rmino, si concurren los presupuestosé f cticos de procedencia de la excepci n opuesta en lo principal, esto es, losá ó requisitos legales para hacer lugar a la prescripci n extintiva de la acci n.ó ó Y en subsidio de lo anterior, es decir, rechazada que sea la prescripci n, determinar si, efectivamente si el pagar materia de autosó é adolece de defectos que frustren su m rito ejecutivo, si la obligaci n deé ó autos adolece de un vicio de nulidad, o si se han concedido esperas o pr rrogas para el cumplimiento de la obligaci n por parte del acreedor.ó ó CUARTO: Que, en cuanto a la excepci n de prescripci n, debeó ó tenerse presente lo establecido en el art culo 2.514 del C digo Civil, el cualí ó dispone la prescripci n que exti
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C-4282-2022 Foja: 1 FOLIO: 67 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 22 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-4282-2022 CARATULADO : SCOTIABANK CHILE S. A./IBARRA Santiago, doce de Marzo de dos mil veinticuatro VISTO: A folio 1, con fecha 18 de mayo de 2022, comparece Roberto Grant Del Rio, abogado, con domicilio en Morand N 322, oficina N 502,é ° ° Santiago, abogado, mandatario judici
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