2º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta

MINERA CENTINELA/

Rol

V-730-2023

Fecha

13 de marzo de 2024

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don Juan Esteban Poblete Newman, chileno, casado, abogado, Cédula Nacional de Identidad 10.742.018-5, en representación de MINERA CENTINELA, RUT 76.727.040-2 ambos domiciliados en Avenida Apoquindo N°4001, piso N°18, comuna Las Condes, Santiago, con fecha 16 de Noviembre de dos mil veintitrés, a las 12:33:32 horas, formuló el pedimento de la concesión de exploración denominada “CARABIA E 16”, con una superficie de 200 hectáreas. SEGUNDO: Que, con fecha 24 de Noviembre del año 2023, el pedimento fue inscrito a fojas 324, bajo el Nº1316, del año 2023, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Antofagasta. TERCERO: Que, con fecha 11 de Diciembre del año 2023, se publicó la inscripción del pedimento en el Boletín Oficial Núm. 43.722 de Minería, del Diario Oficial de la República de Chile. CUARTO: Que, el informe del Servicio Nacional de Geología Código: EYXPXMXBBXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl y Minería Nº967, de fecha 06 de Marzo del año 2024, señala que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y el plano están conformes con las disposiciones legales. QUINTO: Que, las coordenadas U. T. M. de cada uno de los vértices del perímetro de la concesión de exploración y su punto medio son: VÉRTICE NORTE (metros) ESTE (metros) P.M. 7.414.500,00 484.000,00 V-1 7.415.000,00 483.000,00 V-2 7.415.000,00 485.000,00 V-3 7.414.000,00 485.000,00 V-4 7.414.000,00 483.000,00 SEXTO: Que, teniendo presente lo dispuesto en el artículo 57 del Código de Minería, por haberse cumplido todos los requisitos legales y no existiendo impedimentos técnicos;

Fallo

SE RESUELVE: Que se aprueba el plano y queda constituida la concesión de exploración denominada “CARABIA E 16” con una superficie de 200 hectáreas, a favor de MINERA CENTINELA representada por don Juan Esteban Poblete Newman, ya individualizado. Extráctese la presente sentencia constitutiva como lo estipula el artículo 90 del Código de Minería y publíquese, inscríbase y archívese de conformidad a la Ley. Remítase copia de esta sentencia y plano original al Código: EYXPXMXBBXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Servicio Nacional de Geología y Minería. Archívese copia del plano en el respectivo Conservador de Minas. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad ARCHIVESE. Dictada por doña Andrea Przybyszewski Jopia, Jueza Suplente, del Segundo Juzgado Civil de Antofagasta. Antofagasta, trece de Marzo del año dos mil veinticuatro, notifiqué por el estado diario la resolución que antecede. Código: EYXPXMXBBXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-03-13T13:59:25-0300

Texto Completo (Preview)

ROL : V-730-2023 MATERIA : PEDIMENTO MINERO “CARABIA E 16” CÓDIGO : P02M SOLICITANTE : MINERA CENTINELA FECHA INICIO : 16.11.2023 TRIBUNAL : SEGUNDO JUZGADO CIVIL ANTOFAGASTA Antofagasta, trece de Marzo del año dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don Juan Esteban Poblete Newman, chileno, casado, abogado, Cédula Nacional de Identidad 10.742.018-5, en representación de MINERA

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