1º Juzgado Civil de Viña del Mar

BANCO DE CHILE/ALCÁNTARA

Rol

C-3717-2023

Fecha

12 de marzo de 2024

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Se ha iniciado este proceso Rol N°C-3717-2023, por demanda ejecutiva interpuesta por don Gaspar Cort s Moya, do a Macarena Flores Jara y doné ñ Mauricio Araneda Bunting, abogados, mandatarios judiciales de Socofin S.A., personera jur dica del giro cobranza a terceros, representada por su gerente generalí don Mario Sandoval Hidalgo, ingeniero comercial, representante convencional del BANCO DE CHILE, sociedad an nima bancaria, del giro de su denominaci n,ó ó representada a su vez por su gerente general don Eduardo Ebensperger Orrego, ingeniero comercial, todos domiciliados para estos efectos en calle Blanco 1199, oficina 41, Valpara so en contra de do a í ñ Marta Cristina Alc ntara Calder ná ó , ignoran profesi n u oficio, con domicilio en Las Islitas 3112, Los Pinos, Quilpu .ó é Que con fecha 25 de agosto de 2023, folio 13, se le notifica la demanda de autos a do a Marta Cristina Alc ntara Calder n por c dula en conformidad alñ á ó é art culo 44 del C digo de Procedimiento Civil en relaci n con el art culo 3 N°3í ó ó í de la ley N°21.394. Que con fecha 4 de septiembre de 2023, folio 15, la ejecutada opone las excepciones consagradas en los numerales 2, 7, 11 y 14 del art culo 464 delí C digo de Procedimiento Civil.ó Que con fecha 28 de septiembre de 2023, a folio 22, la parte demandante evacu el traslado conferido, solicitando el rechazo de las excepciones opuestas.ó Que con fecha 29 de septiembre de 2023, a folio 23, se declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibi la causa a prueba.ó Que con fecha 11 de marzo de 2024, se cit a las partes para o r sentencia.ó í

Fundamentos

CONSIDERANDO: I. En cuanto a la objeci n de documentos:ó Código: MPTMXMEXDXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Primero: Que por presentaci n de fecha 4 de septiembre de 2023, folio 15,ó la parte demandada objetos los siguientes documentos: a) pagar de autos; b)é escritura p blica que da cuenta del mandato judicial otorgado a los abogados donú Gaspar Cort s Moya, do a Macarena Flores Jara y don Mauricio Araneda Buntingé ñ por ser inoponible a su parte, puesto que adolecen de una inoponibilidad de fondo consistente en la falta de consentimiento y c) las escrituras p blicas repertorioú N°6182 de 2003 de fecha 8 de marzo de 2003, escritura Repertorio N° 26898 de 2016 de fecha 2 de agosto de 2016, ambas otorgadas en la Notar a de Santiagoí de don Ren Benavente Cache y escritura p blica repertorio N°793-2023 de fechaé ú 20 de enero del 2023, otorgada ante don Gerardo Carvallo Castillo, por ser las 3 escrituras inoponibles a su parte, puesto que adolecen de una inoponibilidad de fondo consistente en la falta de consentimiento. Segundo: Que, resolviendo la objeciones formuladas, el Tribunal no hará lugar a las mismas, dado que, no consta en autos que los documentos objetados sean falsos o incompletos, ello sin perjuicio del valor probatorio que se les otorgue en la presente sentencia. II. En cuanto al fondo: Tercero: Demanda ejecutiva. Que con fecha 10 de agosto de 2023, a folio 1, comparece don Gaspar Cort s Moya, do a Macarena Flores Jara y doné ñ Mauricio Araneda Bunting, abogados, mandatarios judiciales de Socofin S.A., representada por su gerente general don Mario Sandoval Hidalgo, representante convencional del Banco de Chile, representada a su vez por su gerente general don Eduardo Ebensperger Orrego e interponen demanda ejecutiva en contra de do añ Marta Cristina Alc ntara Calder n.á ó Exponen que su representado, es due o y leg timo tenedor del pagar queñ í é acompa an a autos, suscrito en calidad de deudora principal por do a Martañ ñ Cristina Alc ntara Calder n.á ó Refieren que dicho pagar fue suscrito por un capital original de $9.655.750,é cantidad a la que se le debe aplicar una tasa de inter s mensual de 1.25%, seg né ú se se ala en el mismo documento.ñ Mencionan que se estipul que el capital y los intereses de esta obligaci n seó ó pagar an en 72 cuotas de acuerdo al siguiente programa de amortizaciones: 71í cuotas, mensuales, iguales y sucesivas de $212.704, cada una de ellas, venciendo la primera de ellas el 25 de febrero de 2021 y a partir de esta, las cuotas siguientes Código: MPTMXMEXDXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl vencer n sucesivamente con la misma periodicidad antes indicada y una ltimaá ú cuota con el vencimiento el 25 de enero de 2027 y por el monto de $212.721. Hacen presente que como se estipul en el mismo pagar , el monto de cadaó é una de las cuotas indicadas en el p rrafo anterior

Fallo

se declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibi la causa a prueba.ó Que con fecha 11 de marzo de 2024, se cit a las partes para o r sentencia.ó í CONSIDERANDO: I. En cuanto a la objeci n de documentos:ó Código: MPTMXMEXDXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Primero: Que por presentaci n de fecha 4 de septiembre de 2023, folio 15,ó la parte demandada objetos los siguientes documentos: a) pagar de autos; b)é escritura p blica que da cuenta del mandato judicial otorgado a los abogados donú Gaspar Cort s Moya, do a Macarena Flores Jara y don Mauricio Araneda Buntingé ñ por ser inoponible a su parte, puesto que adolecen de una inoponibilidad de fondo consistente en la falta de consentimiento y c) las escrituras p blicas repertorioú N°6182 de 2003 de fecha 8 de marzo de 2003, escritura Repertorio N° 26898 de 2016 de fecha 2 de agosto de 2016, ambas otorgadas en la Notar a de Santiagoí de don Ren Benavente Cache y escritura p blica repertorio N°793-2023 de fechaé ú 20 de enero del 2023, otorgada ante don Gerardo Carvallo Castillo, por ser las 3 escrituras inoponibles a su parte, puesto que adolecen de una inoponibilidad de fondo consistente en la falta de consentimiento. Segundo: Que, resolviendo la objeciones formuladas, el Tribunal no hará lugar a las mismas, dado que, no consta en autos que los documentos objetados sean falsos o incompletos, ello sin perjuicio del valor probatorio que se les otorgue

Texto Completo (Preview)

FOJA: 35 .- Treinta y cinco .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Vi a del Marñ CAUSA ROL : C-3717-2023 CARATULADO : BANCO DE CHILE/ALC NTARAÁ Vi a del Marñ , doce de Marzo de dos mil veinticuatro VISTO: Se ha iniciado este proceso Rol N°C-3717-2023, por demanda ejecutiva interpuesta por don Gaspar Cort s Moya, do a Macarena Flores Jara y doné ñ Mauricio Araneda Bunting,

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