CAJA DE COMPENSACION DE ASIGNACION FAMILIAR DE LOS ANDES/OVALLE
Rol
C-575-2019
Fecha
11 de marzo de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Visto y
Fundamentos
considerando: Primero: Que, a folio 1 del cuaderno principal, rectificada a folio 5, comparece el abogado Ronald Patricio Olivera Retamal, en representaci nó judicial de Caja de Compensaci n de Asignaci n Familiar Los Andes,ó ó Corporaci n de Derecho Privado Sin Fines de Lucro representada por suó Gerente General Nelson Mauricio Rojas Mena, Contador auditor e Ingeniero Comercial, ambos domiciliados en Calle General Calder nó N 121, piso 14, Comuna de Providencia, Santiago, quien interpone° demanda ejecutiva en contra de Alejandro Arnoldo Ovalle Ch vez, cuyaá profesi n u oficio ignora, domiciliado en calle Patricio Lynch 269ó , Villa Alemana, solicitando se ordene despachar mandamiento de ejecuci n yó embargo en su contra por la suma de $2.349.283, m s los intereses que seá devenguen desde la fecha de la mora y hasta el d a del pago efectivo de laí misma, m s costas.á Fundamenta su demanda en que, su representada es due a del Pagarñ é N 144CON100814092 ° suscrito por el demandado el d a í 27 de febrero de 2018, por un capital ascendente a $2.040.335, que devengara un inter s delé 2,08% mensual vencido desde la fecha de suscripci n del pagar hasta suó é pago ntegro y efectivo. El capital conjuntamente con los intereses se pagarí á en 36 cuotas mensuales, venciendo la primera cuota de ellas el d a í 30 de junio de 2018. Afirma que, que el demandado ha pagado 2 cuotas, constituy ndose en mora a partir de la cuota N 3 con vencimiento en laé ° fecha 31 de agosto de 2018 y todas las siguientes, raz n por la cual y deó acuerdo a lo estipulado vengo en hacer exigible, el total de la obligaci nó insoluta, la que asciende a la suma de $2.349.283, m s los interesesá correspondientes, hasta la fecha del pago efectivo. Segundo: Que, a folio 10 del cuaderno principal, comparece el abogado Mario Andr s Espinosa Valderrama, en representaci n delé ó demandado, ambos domiciliados para estos efectos en Av. Arlegui 440, oficina 601, Edificio Arcadia, Vi a del Mar, quien opone la excepci nñ ó establecida en el art culo 464 N 17 del C digo de Procedimiento Civil.í ° ó Fundamenta su excepci n en s ntesis en que, se ha cumplido el tiempo deó í prescripci n sobre el pagar que se cobra en autos seg n lo dispuesto eló é ú art culo 98 de la Ley N 18.092. í ° Tambi n interpone la excepci n del N 7 del art culo 464 del C digoé ó ° í ó de Procedimiento Civil, refiriendo en s ntesis que, de la sola vista del pagarí é acompa ado por la contraria en esta causa, se deduce que dicho documentoñ no re ne uno de los elementos o requisitos esenciales para que la obligaci nú ó Código: LXYPXMJXBWG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl tenga fuerza ejecutiva, cual es que la acci n ejecutiva no est prescrita, elloó é por cuanto de la sola lectura de la demanda se infiere con meridiana claridad que las acciones contenidas en l se encuentran actualmenteé prescritas. Tercero: Que, a folio 15 la parte ejecutante evacua el traslad
Fallo
se declaraó prescrita la acci n ejecutiva para perseguir el cobro de la deuda de que daó cuenta el pagar que sirve de t tulo ejecutivo y, en consecuencia, se rechazaé í la demanda ejecutiva interpuesta a folio 1 por Caja de Compensaci n deó Asignaci n Familiar Los Andes, en contra de Alejandro Arnoldo Ovalleó Ch vez.á II. Cada parte pagar sus costas. é Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad. í í í. Dictada por do a ñ Javiera Opazo Vaccaro, Juez Titular del Juzgado de Letras de Villa Alemana. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Villa Alemana, once de marzo de dos mil veinticuatro. Código: LXYPXMJXBWG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-03-11T13:49:22-0300
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Villa Alemana CAUSA ROL : C-575-2019 CARATULADO : CAJA DE COMPENSACION DE ASIGNACION FAMILIAR DE LOS ANDES/OVALLE Villa Alemana, once de marzo de dos mil veinticuatro. Visto y considerando: Primero: Que, a folio 1 del cuaderno principal, rectificada a folio 5, comparece el abogado Ronald Patricio Olivera Retamal, en representaci nó jud
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