MORALES/ST GROUP SPA
Rol
O-401-2023
Fecha
17 de mayo de 2024
Materia
Despido injustificado, Nulidad del despido, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 8, 9, 41, 162, 163, 163 bis, 420, 425 y siguientes, 459 del Código del Trabajo; y artículos 1698, 1545 y 1546 del Código Civil; I.- Que se acoge la excepción de falta de legitimidad pasiva deducida por la demandada y consecuencialmente, se rechaza EN TODAS SUS PARTES la demanda interpuesta por HEBERT ANTONIO MORALES TRANSMONTE, deducida en contra de ST GROUP SPA, representada legalmente por DANIELA CLAVERO ALTAMIRANO, todos ya individualizados. II.- Que, no se condena en costas a la demandante por haber tenido motivo plausible para litigar. III.- Ejecutoriada que sea esta resolución, no habiendo obligación alguna que cumplir, archívese. Téngase a las partes por notificadas de la sentencia dictada en forma íntegra en el registro de audio para efectos del cómputo de los plazos por encontrarse presentes en la audiencia. RIT: O-401-2023 RUC: 23-4-0528831-1 Dirigió YANIRA MARIA GONZALEZ VALDERRAMA Jueza del Juzgado de Letras del Trabajo de Puente Alto. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Juzgado de Letras del Trabajo de Puente Alto, diecisiete de mayo de dos mil veinticuatro.
Fundamentos
considerandos:
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 8, 9, 41, 162, 163, 163 bis, 420, 425 y siguientes, 459 del Código del Trabajo; y artículos 1698, 1545 y 1546 del Código Civil; I.- Que se acoge la excepción de falta de legitimidad pasiva deducida por la demandada y consecuencialmente, se rechaza EN TODAS SUS PARTES la demanda interpuesta por HEBERT ANTONIO MORALES TRANSMONTE, deducida en contra de ST GROUP SPA, representada legalmente por DANIELA CLAVERO ALTAMIRANO, todos ya individualizados. II.- Que, no se condena en costas a la demandante por haber tenido motivo plausible para litigar. III.- Ejecutoriada que sea esta resolución, no habiendo obligación alguna que cumplir, archívese. Téngase a las partes por notificadas de la sentencia dictada en forma íntegra en el registro de audio para efectos del cómputo de los plazos por encontrarse presentes en la audiencia. RIT: O-401-2023 RUC: 23-4-0528831-1 Dirigió YANIRA MARIA GONZALEZ VALDERRAMA Jueza del Juzgado de Letras del Trabajo de Puente Alto. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Juzgado de Letras del Trabajo de Puente Alto, diecisiete de mayo de dos mil veinticuatro.
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 17/05/2024 RUC 23- 4-0528831-1 RIT O-401-2023 MAGISTRADA YANIRA MARIA GONZALEZ VALDERRAMA ADMINISTRATIVA DE ACTAS ERNA MARTINEZ MANRIQUEZ HORA DE INICIO 11:07 HORAS HORA DE TERMINO 12:21 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2340528831-1-1363-170524-00-01-AJ PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE HEBERT ANTONIO MORALES TRANSMONTE ABOGADA A
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