2º Juzgado Civil de Temuco

MEDINA/

Rol

V-131-2023

Fecha

9 de marzo de 2024

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 26 de junio de 2023, comparece doña Thiare Moncerratt Medina Ramírez, Cédula Nacional de Identidad Nº 21.317.251-4, domiciliada en Venecia 3004, sector Amanecer, Temuco, quien solicita que se autorice el cambio de su primer apellido de “Medina” por “Pacheco”, por los siguientes

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho: “I. LOS HECHOS: 1. Que seg n lo que Consta en acta de nacimiento N 1.990-S de fecha 18 deú ° junio de 2003, circunscripci n en Temuco, del servicio de registro civil e identificaci n eló ó cual se acompa a en un otros que fui inscrita con el nombre de THIAREñ í MONCERRATT MEDINA RAM REZ, no obstante, desde mi infancia he sidoÍ conocida con el nombre de THIARE MONCERRATT PACHECO RAM REZ. DesdeÍ los 7 a os aproximadamente, me he dado a conocer, se alando como segundo apellidoñ ñ PACHECHO y no MEDINA. Ello, porque hasta el d a de hoy no mantengo relaci ní ó alguna con mi padre, raz n por la cual, no tiene significancia para m llevar comoó í primer apellido Medina, es m s, llevar el apellido de mi padre ha sido un menoscabo,á debido a la relevancia emocional que conlleva pertenecer a un n cleo familiar dondeú todos mis hermanos llevan el apellido de la esposa de mi padre la que reconozco como mi madre puesto que siempre ha sido ella quien cuido de mi. Lo expuesto, se ha mantenido por m s de 5 a os, motivo por el cual, me resulta impropio el apellidoá ñ MEDINA en primer lugar 3. Que, en la actualidad es conocida socialmente con el apellido “PACHECO” y es dicho apellido el que la representa e identifica en su totalidad, siendo reconocida como tal por amigos, compañeros, vecinos, redes sociales y en sí, su entorno. 4. En relación a los hechos expuestos, hago esta petición a S.S. a fin de que se cambie el apellido “MEDINA” por “PACHECO”. II. EL DERECHO: 1. Que, la ley 17.344 es una manifestación del derecho humano a la identidad, el cual en nuestra legislación permite que las personas que han sido conocidas por un nombre, mientras que en documentos y archivos oficiales poseen otro, puedan cambiarlo, como lo señala el artículo 1° letra b) que dispone lo siguiente: “Toda persona tiene derecho a usar los nombres y apellidos con que haya sido individualizada en su respectiva inscripción de nacimiento. Sin perjuicio de los casos en que las leyes autorizan la rectificación de inscripciones del Registro Civil, o el uso de nombres y apellidos distintos de los originarios a consecuencia de una legitimación, legitimación adoptiva o adopción, cualquiera persona podrá solicitar por una sola vez, que se la autorice para cambiar sus nombres o apellidos, o ambos a la vez, en los casos siguientes: b) Cuando el solicitante haya sido conocido durante más de cinco años, por motivos plausibles, con nombres o apellidos, o ambos, diferentes de los propios.” 2. Que, se cumplen en este caso los supuestos establecidos por dicha normativa citada, reconociendo el derecho de uso de nombre y el derecho al cambio del mismo, así como su uso por tiempo superior a 5 años solicitados como mínimo por la ley. Código: LQJHXMJDYLG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl

Fallo

POR TANTO, en virtud de lo expuesto, y de acuerdo a lo prescrito por la ley N°17.334, Ley 4.808, y artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, RUEGO A S.S., tener por presentada la solicitud de cambio de nombre y rectificación de partidas de nacimiento, a fin de que se cambien el nombre “MEDINA” por “PACHECO”, quedando como “THIARE MONCERRATT PACHECO RAMÍREZ”, y en consecuencia ofíciese al efecto al Servicio de Registro Civil e Identificación para que rectifique las correspondientes partidas de nacimiento. Junto con la presentación de folio 1, la solicitante acompaña los siguientes documentos: 1. Certificado de nacimiento de THIARE MONCERRATT MEDINA RAMÍREZ extendido por el Registro Civil e Identificación. 2. Redes sociales, usando su nombre social, correspondiente a Instagram. Con fecha 21 de noviembre del 2023, el Sr. Secretario Subrogante del tribunal certificó que la publicación acompañada al folio 10, corresponde a la realizada en el Diario Oficial el 15 de julio de 2023. Que, con fecha 28 de septiembre de 2023, consta la información sumaria de testigos, compareciendo al efecto doña María Marcela Pacheco Valdebenito, cédula nacional de identidad N°14.560.235-1, dueña de casa, con domicilio en calle Las Quilas 1437 departamento 204 torre A, comuna de Temuco; doña Rose- Marie Isabel Ramírez Pinto, cédula nacional de identidad N°15.260.796-2, trabajadora independiente, con domicilio en calle Venecia 3004, sector amanecer, comuna de Temuco; y doña Rutt C

Texto Completo (Preview)

NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : V-131-2023 CARATULADO : MEDINA/ Temuco, nueve de Marzo de dos mil veinticuatro VISTOS: Con fecha 26 de junio de 2023, comparece doña Thiare Moncerratt Medina Ramírez, Cédula Nacional de Identidad Nº 21.317.251-4, domiciliada en Venecia 3004, sector Amanecer, Temuco, quien solicita que se autorice el cambio de su prime

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