YEISSY BAU SERVICIOS DE ADMINISTRACIÓN Y ASESORÍAS DE CONDOMINIOS Y EDIFICIOS E.I.R.L./VEGA
Rol
C-1940-2023
Fecha
9 de marzo de 2024
Materia
PESOS, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 16 de mayo de 2023, comparece el abogado Luis Alberto Carvajal Peña, en representación de la empresa Yeissy Bau Servicios de Administración y Asesorías de Condominios y Edificios E.I.R.L. o GOMBAU CHILE E.I.R.L., representada legalmente por doña Yeissy Bau Gómez, ambos con domicilio en Anacleto Solorza N°9338 Villa Papic, Antofagasta; e interpone demanda de cobro de pesos en juicio ordinario de menor cuantía, en contra de doña Johana Elizabeth Vega Veras, domiciliada en esta ciudad, en calle Uruguay N° 65 casa N° 14, Villa Costanera, de conformidad a los siguientes fundamentos. Expone que la demandada para ayudar a un familiar en enero del año 2020, le solicitó a su representada un préstamo por la cantidad de $5.500.000.-, comprometiéndose a devolverlo a finales del mismo año, sin aplicar reajuste o interés. El dinero aludido fue transferido en 2 parcialidades de la cuenta de su representada N° 02572602098 del Banco Estado, a la cuenta de la demandada N° 11973012161 Código: KXEWXMNWDLG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1940-2023 del mismo banco, siendo estas el 24 de enero del año 2020 por el monto de $4.000.000.- y el 26 de enero del año 2020 por el monto de $1.500.000.-. Es así como menciona que en enero del año 2021, se solicitó a la demandada la devolución de dicho dinero, quien se negó señalando que no era su obligación devolver, dado que ese dinero fue entregado a su familiar, situación que perdura hasta la fecha. En cuanto al derecho, cita y transcribe el artículo 96 del Código de Comercio y artículo 1545 del Código Civil, argumentando que habiendo prestado su representado una cantidad de dinero, éste debe ser devuelto por la demandada y en la forma que corresponda en virtud de lo preceptuado en el artículo 1568 y siguientes del Código Civil, relativos precisamente al pago, quien por lo demás se encuentra en mora al efectuarse el préstamo en enero del año 2020, al teno
Fundamentos
CONSIDERANDO Y RELACIONANDO: PRIMERO: Que, la empresa Yeissy Bau Servicios de Administración y Asesorías de Condominios y Edificios E.I.R.L. o GOMBAU CHILE E.I.R.L., representada por su abogado, deduce demanda de cobro de pesos en contra de doña Johana Elizabeth Vega Veras, por la suma de $5.500.000.-, más intereses, reajustes y costas, de conformidad a los fundamentos expresados en la parte expositiva de esta sentencia. SEGUNDO: Que, la parte demandada no contestó la demanda, por lo que se entiende controvertir todos los hechos expuestos en el libelo de fecha 16 de mayo de 2023. Código: KXEWXMNWDLG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1940-2023 TERCERO: Que, lo primero que se debe determinar es la efectividad de que la parte demandada adeuda la suma señalada por concepto de préstamo de dinero. Así, a fin de acreditar sus asertos, la demandante acompañó las siguientes probanzas: I.- Documental: 1) Comprobante de Transferencia de $4.000.000, realizado el 24 de enero de 2020 del Banco Estado cuenta N° 02572602098 a la cuenta del Banco Estado número 11973012161; 2) Comprobante de Transferencia de $1.500.000 efectuado el 26 de enero de 2020 del Banco Estado, cuenta N° 02572602098 a la cuenta del Banco Estado número 11973012161. II.- Confesional: También rindió prueba confesional, respecto de la demandada Johana Elizabeth Vega Veras, conforme al pliego que rola a folio 34 de autos. CUARTO: Que la presente demanda de cobro de pesos se fundamenta en el préstamo realizado por el demandante a doña Johana Elizabeth Vega Veras por la suma de $5.500.000 en enero del año 2020, el que no ha sido restituido hasta la fecha. QUINTO: Que, atendido el mérito de la prueba rendida en autos, se puede establecer como un hecho de la causa que efectivamente la demandada recibió la suma de $5.500.000.-, por cuanto de los comprobantes de transferencia acompañados por la demandante, se puede tener por acreditado que con fecha 24 de enero de 2020, a las 15:05 hrs, se transfirió la suma de $4.000.000 de la chequera electrónica N°02572602098, autorizada por doña Yeissy del Rosario Bau Gómez, quien es representante legal de la demandante, Yeissy Bau Servicios de Administración y Asesorías de Condominios y Código: KXEWXMNWDLG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1940-2023 Edificios E.I.R.L. o GOMBAU CHILE E.I.R.L., a la chequera electrónica N°11973012161, siendo su titular doña Johana Elizabeth Vega Veras, Rut 10.925.944-6, demandada de autos. Posteriormente, con fecha 26 de enero de 2020, a las 14:42 hrs, se transfirió la suma de $1.500.000 de la chequera electrónica N°02572602098, autorizada por doña Yeissy del Rosario Bau Gómez, como representante legal de la demandante, Yeissy Bau Servicios de Administración y Asesorías de Condominios y Edificios E.I.R.L. o GOMBAU CHILE E.I.R.L., a la chequera electrónica N°11973012161, de quien es titu
Fallo
se declara: Que, se rechaza, sin costas, la demanda de cobro de pesos interpuesta con fecha 16 de mayo de 2023, por la empresa Yeissy Bau Servicios de Administración y Asesorías de Condominios y Edificios E.I.R.L. o GOMBAU CHILE E.I.R.L., representada por doña Yeissy Bau Gómez. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad archívese. Rol Nº 1940-2023 Dictada por doña Susana Tobar Bravo, Juez Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Antofagasta, nueve de Marzo de dos mil veinticuatro Código: KXEWXMNWDLG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-03-09T20:05:31-0300
Texto Completo (Preview)
C-1940-2023 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 ° Juzgado de Letras Civil de Antofagasta CAUSA ROL : C-1940-2023 CARATULADO : YEISSY BAU SERVICIOS DE ADMINISTRACIÓN Y ASESORÍAS DE CONDOMINIOS Y EDIFICIOS E.I.R.L./VEGA Antofagasta, nueve de Marzo de dos mil veinticuatro VISTOS: Con fecha 16 de mayo de 2023, comparece el abogado Luis Alberto Carvajal Peña, en representación de la empresa Yei
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