2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

CORREA/WOM S.A.

Rol

M-4827-2023

Fecha

17 de mayo de 2024

Materia

Nulidad del despido, Remuneraciones

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos sustanciales pertinentes controvertidos, en virtud de lo señalado el artículo 453 N° 1 inciso 7° del Código de Trabajo, no recibe la causa a prueba y dando por concluida la audiencia procede a dictar sentencia. Sentencia: Se deja constancia que conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016 de este Tribunal, la sentencia es pronunciada íntegramente en la audiencia, como consta en el registro de audio, correspondiendo la transcripción únicamente de su parte resolutiva. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1°, 7°, 162, 168, 420, 423, 446 a 462, 496 a 502 del Código del Trabajo; se resuelve: I. Que se acoge la demanda interpuesta por don CARLOS ALFREDO CORREA TORRES, cedula de identidad N° 18.405.865-0, en contra de P&ECH SERVICIOS INTEGRALES SpA, rol único tributario N° 76.520.216-7, representada legalmente por doña Paola Carolina Padilla Rojas, cedula de identidad N° 13.710.557-8; y se declara: A. Que la demandada deberá pagar las siguientes prestaciones al actor: · $2.700.000, por concepto de remuneraciones adeudadas. B. Que para efectos de las remuneraciones, se declara nulo el despido y la demandada deberá dar cumplimiento a las siguientes prestaciones, sobre la base de una remuneración mensual de $1.250.000: · Cotizaciones previsionales del demandante correspondientes a AFP Provida: por el mes de diciembre de 2022 y los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio y julio de 2023; en FONASA por los meses de enero, febrero, marzo, abril y mayo, junio y julio de 2023; en AFC Chile S.A: por los meses de diciembre de 2022, enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio y julio de 2023. · Remuneraciones del demandante desde la fecha del despido, esto es desde el 1 de agosto de 2023, y hasta la fecha de la convalidación del mismo mediante el pago efectivo de todas las cotizaciones previsionales indicadas precedentemente. II. Que las sumas que se ordena p

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1°, 7°, 162, 168, 420, 423, 446 a 462, 496 a 502 del Código del Trabajo; se resuelve: I. Que se acoge la demanda interpuesta por don CARLOS ALFREDO CORREA TORRES, cedula de identidad N° 18.405.865-0, en contra de P&ECH SERVICIOS INTEGRALES SpA, rol único tributario N° 76.520.216-7, representada legalmente por doña Paola Carolina Padilla Rojas, cedula de identidad N° 13.710.557-8; y se declara: A. Que la demandada deberá pagar las siguientes prestaciones al actor: · $2.700.000, por concepto de remuneraciones adeudadas. B. Que para efectos de las remuneraciones, se declara nulo el despido y la demandada deberá dar cumplimiento a las siguientes prestaciones, sobre la base de una remuneración mensual de $1.250.000: · Cotizaciones previsionales del demandante correspondientes a AFP Provida: por el mes de diciembre de 2022 y los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio y julio de 2023; en FONASA por los meses de enero, febrero, marzo, abril y mayo, junio y julio de 2023; en AFC Chile S.A: por los meses de diciembre de 2022, enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio y julio de 2023. · Remuneraciones del demandante desde la fecha del despido, esto es desde el 1 de agosto de 2023, y hasta la fecha de la convalidación del mismo mediante el pago efectivo de todas las cotizaciones previsionales indicadas precedentemente. II. Que las sumas que se ordena pagar se reajustarán y devengarán el interés que corresponda, segú

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO DE RECLAMO MONITORIO FECHA 17 DE MAYO DE 2024 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 11 RUC 23-4-0531955-1 RIT M-4827-2023 MAGISTRADO JORGE ESCUDERO NAVARRO ADMINISTRATIVO DE ACTAS NATALIA ROJAS CHANDÍA HORA DE INICIO 10:39 HORAS HORA DE TÉRMINO 10:50 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 23405319

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica