2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

ROJAS/SERVICIOS DE SEGURIDAD UND SPA.

Rol

M-5055-2023

Fecha

17 de mayo de 2024

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece don ENZO ORLANDO ROJAS JARA, empleado, domiciliado en Las Violetas Nº 133, comuna de Padre Hurtado, Santiago, quien demanda de despido injustificado y cobro de remuneraciones en contra de SERVICIOS DE SEGURIDAD UND SpA., del giro de su denominación, representada por CRISTIAN ULLOA ALMONACID, domiciliada en General Manuel Baquedano Nº 566, comuna de Maipú, Santiago. Señala que inició a prestar servicios bajo vínculo de subordinación y dependencia para la empresa demandada con fecha 22 de septiembre de 2023 en labores de guardia de seguridad a prestarse en la faena de la demandada ubicada en la instalación ubicada en Avenida La Oración Nº 1250, comuna de Pudahuel, sin que la demandada haya formalizado la relación con la extensión del respectivo contrato de trabajo. Respecto de la relación laboral referida se pactó un sueldo base mensual de $440.000.- conjuntamente, más gratificación legal, más bono de colación por la suma de $40.000.- y bono de locomoción por la suma de $40.000.-, ascendiendo la remuneración bruta pactada a la suma de $ 694.166.- cantidad que señalo para todos los efectos y en especial para los del artículo 172 del Código del Trabajo. Con fecha 25 de septiembre de 2023 la empresa demandada decidió mi despido, comunicándomelo en forma verbal el supervisor Hector Mansilla de la instalación ubicada en Avenida La Oración Nº 1250, comuna de Pudahuel (Parque Enea), sin fundarlo en causal legal, irritado porque ese día me presente con un retraso de minutos al inicio de la jornada. Con fecha 27 de septiembre de 2023 presentó reclamo ante la inspección del trabajo, celebrándose audiencia de conciliación con fecha 3 de noviembre de 2023, con comparecencia de la demandada, quien señalo respecto de mi persona que “no es, ni ha sido trabajador de nuestra empresa”. Mi despido lo estimo injustificado al no invocar causa legal, haberse comunicado en forma verbal e intempestiva. La primera petición de esta demanda es que se declare la existencia de la relación laboral alegada, por cuanto, hubo efectiva contratación y prestación de servicios, a cambio de una remuneración mensual, cumpliendo una jornada de trabajo, bajo subordinación y dependencia. En segundo lugar, solicite que se declare injustificado mi despido y condene a la demandada a pagar la indemnización sustitutiva de aviso previo, por la suma de $ 694.166.-. La demandada me adeuda, además, las remuneraciones devengadas entre el 22 y el 25 de septiembre de 2023, por la suma de $ 92.555.- incluidas las cotizaciones previsionales respectivas, señalando que me encuentro afiliado a la AFP Provida, Fonasa y AFC Chile S.A. Los valores indicados deberán ser pagados más los reajustes e intereses establecidos en el artículo 173 del Código del Trabajo. Solicitase declare la existencia de la relación laboral alegada, se declare injustificado mi despido, tendente al cobro de la indemnización sustitutiva y acción de cobro de remuneraciones y cotizaciones de segur

Fallo

SE DECLARA: I.- Que SE RECHAZA en todas sus partes la demanda. II.- Que, cada parte pagará sus costas. Notifíquese por correo electrónico y en su oportunidad archívese. RIT M-5055-2023 RUC 23- 4-0535482-9 Dictada por Antonieta NUÑEZ OLAVE, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.

Texto Completo (Preview)

Santiago, diecisiete de mayo de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece don ENZO ORLANDO ROJAS JARA, empleado, domiciliado en Las Violetas Nº 133, comuna de Padre Hurtado, Santiago, quien demanda de despido injustificado y cobro de remuneraciones en contra de SERVICIOS DE SEGURIDAD UND SpA., del giro de su denominación, representada por CRISTIAN ULLOA ALMONACID, domiciliad

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