2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

ROJAS/COMERCIAL MATTHEW SPA Y OTRO

Rol

O-2828-2023

Fecha

17 de mayo de 2024

Materia

Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Remuneraciones, Subterfugio

Resultado

No especificado

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Hechos

visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 160 N°7, 171, 454, 458, 459 y siguientes del Código del Trabajo, 1698 del Código Civil; SE DECLARA: I. Que, entre la demandante, MARISOL ALEJANDRA ROJAS HERNÁNDEZ y la demandada COMERCIAL MARPAGGI LIMITADA, existió una relación laboral cuya fecha de inicio corresponde al 12 de junio del 2018 y su término al día 5 de abril del año 2023. II. Que, se acoge la demanda por autodespido, dado el incumplimiento grave de las obligaciones del contrato, verificado por la demandada, quien deberá dar pago a los siguientes conceptos: a. $962.522.- por indemnización sustitutiva del aviso previo. b. $4.812.610.- por indemnización por años de servicio. c. $2.406.305.- por 50% de recargo legal. d. $385.008.- por feriado legal. e. $175.820.- por feriado proporcional. f. $1.122.942.- por remuneración del mes de marzo de 2023 y 5 días del mes de abril de 2023. g. Que, la demandada deberá regularizar el pago en las instituciones de FONASA, AFC Chile y AFP Provida, durante toda la vigencia de la relación laboral, previa liquidación de dichas instituciones. III. Que, entre la demandante, DEISSI CATHERINE BOBADILLA RUBIO y la demandada COMERCIAL MARPAGGI LIMITADA, existió una relación laboral cuya fecha de inicio corresponde al 12 de abril del año 2018 y su término al día 12 de junio del año 2023. IV. Que, se acoge la demanda por el autodespido, dado el incumplimiento grave de las obligaciones del contrato, verificado por la demandada, quien deberá dar pago a los siguientes conceptos: a. $854.769.- por indemnización sustitutiva del aviso previo. b. $4.273.845.- por indemnización por años de servicio. c. $2.136.923.- por 50% de recargo legal. d. $284.900.- por feriado legal. e. $219.103.- por feriado proporcional. f. $201.666.- por 11 días del mes de junio. g. Que, la demandada deberá regularizar el pago en las instituciones de FONASA, AFC Chile y AFP Habitat, durante toda la vigencia de la relación laboral, previa liquidación de la

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 160 N°7, 171, 454, 458, 459 y siguientes del Código del Trabajo, 1698 del Código Civil; SE DECLARA: I. Que, entre la demandante, MARISOL ALEJANDRA ROJAS HERNÁNDEZ y la demandada COMERCIAL MARPAGGI LIMITADA, existió una relación laboral cuya fecha de inicio corresponde al 12 de junio del 2018 y su término al día 5 de abril del año 2023. II. Que, se acoge la demanda por autodespido, dado el incumplimiento grave de las obligaciones del contrato, verificado por la demandada, quien deberá dar pago a los siguientes conceptos: a. $962.522.- por indemnización sustitutiva del aviso previo. b. $4.812.610.- por indemnización por años de servicio. c. $2.406.305.- por 50% de recargo legal. d. $385.008.- por feriado legal. e. $175.820.- por feriado proporcional. f. $1.122.942.- por remuneración del mes de marzo de 2023 y 5 días del mes de abril de 2023. g. Que, la demandada deberá regularizar el pago en las instituciones de FONASA, AFC Chile y AFP Provida, durante toda la vigencia de la relación laboral, previa liquidación de dichas instituciones. III. Que, entre la demandante, DEISSI CATHERINE BOBADILLA RUBIO y la demandada COMERCIAL MARPAGGI LIMITADA, existió una relación laboral cuya fecha de inicio corresponde al 12 de abril del año 2018 y su término al día 12 de junio del año 2023. IV. Que, se acoge la demanda por el autodespido, dado el incumplimiento grave de las obligaciones del contrato, verificado p

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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 16 DE MAYO DE 2024 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 17 RUC 23-4-0477090-K RIT O-2828-2023 MAGISTRADA LILIANA LEDEZMA MIRANDA ADMINISTRATIVA DE ACTAS ANA MARÍA TORO HORA DE INICIO 12:36 HORAS HORA DE TERMINO 15:17 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2340477090-K-1349-240516-00 Nº CUSTODIA ASIGN

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