GLOBAL SOLUCIONES FINANCIERAS S.A./COMERCIAL E INVERSIONES PAZ MCFLY SPA
Rol
C-5466-2023
Fecha
8 de marzo de 2024
Materia
PESOS, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Al folio 1, comparece don Daniel Amar Zaninetti, abogado, domiciliado en Agustinas 853, oficina 831, Santiago, mandatario judicial en representación convencional de la sociedad GLOBAL SOLUCIONES FINANCIERAS S.A., del giro de su denominación, cuyo gerente general es don Juan Sebastián Garib Zalaquett, ingeniero comercial, ambos domiciliados en Cerro Colorado Nº 5240, piso 6, Torres del Parque I, comuna de Las Condes; quien interpone demanda ordinaria de cobro de pesos en contra de “COMERCIAL E INVERSIONES PAZ MCFLY SpA”, del giro de su denominación, en su calidad de deudora principal, representada por Paul Rodrigo Retamal Vega, ignora profesión u oficio, y en contra de don PAUL RODRIGO RETAMAL VEGA, ya individualizado, en su calidad de avalista, ambos domiciliados en Marchant Pereira Nº 150, Dpto. 1002, comuna de Providencia. Al folio 8, se notificó la demanda a los demandados de conformidad al artículo 44 del Código de Procedimiento Civil. Al folio 10, complementada al folio 29, se tuvo por contestada la demanda en rebeldía y se citó a las partes a la respectiva audiencia de conciliación. Al folio 11, se llevó a efecto la audiencia de conciliación, con la comparecencia de la parte demandante y en rebeldía de los demandados. Llamadas las partes a conciliación, ésta no se produjo. Código: XXXXXMRJSHF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-5466-2023 Foja: 1 Al folio 15, se recibió la causa a prueba, fijándose los hechos controvertidos que rolan en autos, notificándose debidamente a las partes. Al folio 28, se citó a las partes a oír sentencia.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la demandante relata que contrató con la demandada “Comercial e Inversiones Paz Mcfly SpA” un mutuo de dinero, en virtud del cual le fue prestada a ésta la suma de $21.452.924.- por concepto de capital, la que devengaba intereses a una tasa del 1,61% cada 30 días. El crédito tenía por objeto el financiamiento de la compra de un vehículo. Agrega que el capital e intereses debían ser pagados en 36 cuotas mensuales y sucesivas de $789.854.- cada una, con excepción de la última que sería por $ 789.851.-, con vencimiento los días 10 de cada mes o hábil siguiente, la primera el 10 de noviembre de 2021. Señala que se estipuló que en caso de mora o simple retardo en el pago de cualquiera de las cuotas y de los intereses que correspondan, se devengaría un interés moratorio equivalente al interés máximo convencional para operaciones de crédito de dinero en moneda nacional, desde la fecha del retardo y hasta la del pago efectivo. Agrega que, don Paul Rodrigo Retamal Vega, ya individualizado, se constituyó en avalista de la deudora principal respondiendo de las obligaciones asumidas por ésta, en conformidad a la ley. Afirma la parte deudora no dio cumplimiento a su obligación de pago, dejando de pagar a contar de la cuota de capital e intereses número 4, que venció el día 10 de febrero de 2022, adeudando $20.097.955.-, por concepto de capital, más los intereses pactados. Detalla que dicho préstamo se documentó en el Pagaré Nº 210574124, que acompaña a su demanda, en los cuales consta la suscripción de dicho instrumento por los demandados, según se dejó constancia en el propio documento por el Notario que autorizó sus firmas, y en donde consta además la recepción del dinero por la demandada. Código: XXXXXMRJSHF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-5466-2023 Foja: 1 Cita los artículos 1545 y 2196 del Código Civil y 1º de la Ley N°18.010, en su apoyo. Previa invocación de disposiciones legales que estima pertinentes, solicita tener por interpuesta demanda ordinaria de cobro de pesos en contra de “Comercial e Inversiones Paz Mcfly SpA”, en su calidad de deudora principal, representada por don Paul Rodrigo Retamal Vega, y en contra de éste, en su calidad de avalista de la deudora principal, ambos ya individualizados, acogerla a tramitación, y en definitiva condenar a la parte demandada al pago de la cantidad de $20.097.955.- más intereses y costas. SEGUNDO: Que, encontrándose legalmente emplazado, los demandados no se apersonaron en el juicio a contestar el libelo, dando lugar a lo que en doctrina se conoce como contestación ficta de la demanda, negando todos los hechos que allí se le imputan y en consecuencia, correspondiéndole al actor probar todos y cada uno de los presupuestos que hacen procedente su acción. TERCERO: Que, para acreditar los hechos en que funda su libelo pretensor el actor rindió la siguiente probanza en el proceso: Confesional Al folio 24, c
Fallo
SE DECLARA: I.- Que, SE ACOGE la demanda del folio 1, en cuanto se condena a los demandados “COMERCIAL E INVERSIONES PAZ MCFLY SpA”, y don PAUL RODRIGO RETAMAL VEGA, ya individualizados y en sus respectivas calidades, a pagar a la demandante la suma ascendente a $20.097.955, más los intereses y reajustes que procedan, conforme lo dispone el considerando décimo. II.- Que, se condena en costas a los demandados. Notifíquese, regístrese y archívese en su oportunidad. C-5466-2023. DICTADA POR DOÑA GABRIELA SILVA HERRERA, JUEZ TITULAR. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del artículo 162 del Código de Procedimiento Civil. En Santiago, ocho de marzo de dos mil veinticuatro. Código: XXXXXMRJSHF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-5466-2023 Foja: 1 Código: XXXXXMRJSHF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-03-08T14:07:08-0300
Texto Completo (Preview)
C-5466-2023 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 20º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-5466-2023 CARATULADO : GLOBAL SOLUCIONES FINANCIERAS S.A./COMERCIAL E INVERSIONES PAZ MCFLY SPA Santiago, ocho de marzo de dos mil veinticuatro. VISTOS: Al folio 1, comparece don Daniel Amar Zaninetti, abogado, domiciliado en Agustinas 853, oficina 831, Santiago, mandatario judicial en repres
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