Juzgado de Letras de Peñaflor

ASENCIO/LÓPEZ

Rol

C-3125-2023

Fecha

6 de marzo de 2024

Materia

ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 1, con 10 de noviembre de 2023, y rectificada a folio 8 do a ñ Nancy Elena Asencio Quijada, due a de casa, domiciliada en Pasaje Samario N 1735, Villañ ° Santa Enriqueta, comuna de Maip , en calidad de curadora general de su padre, donú Jos Belisario Asencio Asencio, é declarado interdicto el a o 2016 mediante sentenciañ de causa Rol V-60-2016 del Juzgado de Letras de Pe aflor, interpone,ñ en lo principal de su presentaci n, demanda de t rmino de contrato de arriendo por no pago de rentasó é en contra de Gustavo Francisco L pez Tobar, ó desconoce profesi n u oficio, conó domicilio en calle Andr s Jarlan, Manzana 15, sitio 14, comuna de Padre Hurtado,é solicitando que se declare: 1. Que, la parte demandada debe pagar las rentas adeudadas a la fecha, esto es la suma de $3.095.000, m s las restantes que se devenguen, hasta la efectiva restituci ná ó del inmueble, con su correspondiente reajuste. El monto corresponde a 15 meses de arriendo, desde el mes de agosto de 2022 a noviembre de 2023, donde el canon de arriendo es de $250.000 cada uno y descontando la suma de $650.000, la cual corresponde a abonos parciales realizados por el demandado. 2. Que, la parte demandante debe de pagar los consumos adeudos por concepto de electricidad por la suma de $57.000, y de agua potable por la suma de $104.988, m sá las restantes que se devenguen, hasta la efectiva restituci n del inmueble, con suó correspondiente reajuste. 3. Que, se declare terminado el contrato de arrendamiento que liga a las partes por el no pago de rentas y que se ordene la restituci n del inmueble arrendado dentroó de tercero d a, o el que tribunal determine, totalmente desocupado, desde que el falloí cause ejecutoria, bajo el apercibimiento de lanzamiento con auxilio de la fuerza p blica,ú 4. Que la demandada debe pagar las costas personales y procesales de la presente causa. Expone que su padre es due o de la propiedad ubicada en calle Andr s Jarlan,ñ é Manzana 15, sitio 14, comuna de Padr

Fundamentos

CONSIDERANDO: Código: HDDSXMLSTTE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 PRIMERO: Que, a folio 1 y rectificada a folio 8 do a Nancy Elena Asencioñ Quijada, en calidad de curadora general de Jos Belisario Asencio Asencio, declaradoé interdicto el a o 2016 mediante sentencia de causa Rol V-60-2016 del Juzgado de Letrasñ de Pe aflor, interpone demanda de t rmino de contrato de arriendo por no pago deñ é rentas, y en subsidio, demanda de desahuci del contrato de arrendamiento, en contraó de Gustavo Francisco L pez Tobar.ó Las pretensiones y los fundamentos de hecho y derecho, ya explicitados en la parte expositiva, por econom a procesal, se tienen por reproducidos para todo efectoí legal. SEGUNDO: Que, notificada la demandada, se tuvo por contestada la demanda en rebeld a de la demandada, hecho que constituye aquello que la doctrina denominaí contestaci n ficta ,“ ó ” esto es, que el silencio procesal de la demandada, debe interpretarse como una negaci n de todos y cada uno de los hechos en los cuales la actora haó fundado su pretensi n, de modo que corresponder tenerlos por controvertidos.ó á TERCERO: Que, con el objeto de acreditar sus dichos la demandante rindi laó siguiente prueba: Instrumental: 1. Certificado de nacimiento de Nancy Elena Asencio Quijada, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificaci n, con fecha 10 de noviembre de 2023; ó 2. Certificado de dominio vigente inscripci n de fojas 196 vuelta, n mero 281ó ú correspondiente al Registro de Propiedad del a o 2002 de fecha 18 de mayo de 2023; ñ 3. Sentencia definitiva de causa Rol V-60-2016 de fecha 24 de noviembre de 2016, del Juzgado de Letras de Pe aflor; ñ 4. Inscripci n de interdicci n de don Jos Belisarioó ó é Asencio Asencio, emitido por el Conservador de Bienes Ra ces de Pe aflor; í ñ 5. Contrato de arrendamiento de fecha 10 de julio de 2021 entre Nancy Asencio Quijada y Gustavo Francisco L pez Tobar; ó 6. Boleta electr nica N 001025587 emitida por Aguas Sanó ° Isidro, por el monto $104.988 de la direcci n pasaje Andr s Jarlan MZ15-L14 de laó é comuna de Padre Hurtado; y 7. Detalle de facturaci n CGE Clientes por el monto deó $57.000 de la direcci n San Ignacio M15 S/14 S/N de fecha 17 de octubre de 2023. ó Testimonial: Consistente en las declaraciones de do a ñ Iris del Tr nsito Villegas Jamett á y do a ñ Edith del Carmen Calvo Urrejola, que constan en el acta agregada a folio 17, quienes, previamente juramentadas, legalmente examinadas y sin tachas, declararon lo siguiente: La primera testigo, al punto 1 del auto de prueba, afirm que hay un contratoó de palabra donde debe pagar mensualmente el arriendo que se hab a estipulado. Leí consta porque le comunic la se ora Nancy que hizo el arreglo con la otra persona.ó ñ Indica que lo arrendado es una casa que est en Padre Hurtado, desconoce la ubicaci n.á ó Código: HDDSXMLSTTE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser valid

Fallo

por lo expuesto ejerce las acciones judiciales, con el objeto de terminar con el contrato de arrendamiento por no pago de rentas y obtener la restituci n del inmueble arrendado de conformidad a las disposiciones de la ley 18.101.ó En cuanto a los argumentos de derecho, cita los art culos 1915, 1545, 1546, 1942,í 1944 y 1977 del C digo Civil y los art culos 8 N 2, 10 y 21 de la ley N 18.101.ó í ° ° En subsidio, de lo principal para el caso que el demandado enerve la acci n deó t rmino de contrato de arrendamiento por no pago de rentas, pagando en laé oportunidad legal y puesto que no desea perseverar el contrato, interpuso demanda de desahucio de contrato de arrendamiento, solicitando ordene la restituci n del inmuebleó en el plazo legal desde la notificaci n de esta o dentro del plazo que el tribunal fije, conó costas. A folio 12, consta notificaci n en virtud del art culo 44 a don Gustavo Franciscoó í L pez Tobar. ó A folio 18, consta el acta de audiencia de contestaci n, conciliaci n y prueba,ó ó con la asistencia de la demandante y su apoderado, y en rebeld a de la demandada.í Ratificando la demandante la demanda en todas sus partes, con costas y se practic laó segunda reconvenci n de pago.ó Se tuvo por contestada la demanda en rebeld a del demandado, se efectu elí ó llamado a conciliaci n, el que se tuvo por frustrado, y posteriormente se recibi la causaó ó a prueba, rindi ndose la que consta en autos. é A folio 20, se cit a las partes a o r sentencia.ó í CONSIDERANDO: C

Texto Completo (Preview)

RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Pe aflorñ CAUSA ROL : C-3125-2023 CARATULADO : ASENCIO/L PEZÓ Pe aflorñ , seis de Marzo de dos mil veinticuatro VISTOS: A folio 1, con 10 de noviembre de 2023, y rectificada a folio 8 do a ñ Nancy Elena Asencio Quijada, due a de casa, domiciliada en Pasaje Samario N 1735, Villañ ° Santa Enriqueta, comuna de Maip , en cal

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