ZEPEDA/
Rol
V-153-2023
Fecha
6 de marzo de 2024
Materia
BIENES RAÍCES, AUTORIZACIÓN ENAJENAR
Resultado
No especificado
Hechos
Visto y
Fundamentos
considerando: PRIMERO: Comparece a folio 1, con fecha 02 de agosto de 2023, don MARIO ANTONIO ZEPEDA ÁLVAREZ, chileno, casado, empresario, cédula nacional de identidad número 2.979.737- 4, domiciliado en Parcela N° 30, Romeral, comuna de San Bernardo, región Metropolitana, quien comparece en representación legal, en su condición de curador definitivo de la persona y bienes de su cónyuge doña MARIA TERESA VARELA BARRIOS, chilena, casada, cédula nacional de identidad número 5.618.134-2, domiciliada en Parcela N° 30, Romeral, comuna de San Bernardo e interdicta por demencia, conforme a causa Rol V-10-2022 del Segundo Juzgado de Letras de San Bernardo. Señala que junto con su cónyuge-incapaz absoluta-, son dueños de la propiedad compuesta por casa y sitio, ubicada en calle Las Camelias número cuatrocientos setenta y ocho, que corresponde al Lote número sesenta y seis, de la población Villa Edén, de la ciudad de Talca, cuyos deslindes particulares son: NORTE, con pasaje Las Camelias; SUR, con lote número sesenta y cinco; ORIENTE, con lote número setenta y cuatro; PONIENTE, con pasaje Los Laureles. El dominio de dicha propiedad se encuentra inscrito a fojas 16751 N° 8501 del Registro de Propiedad del año 1999 del Conservador de Bienes Raíces de Talca. Expresa, que tanto su parte como su cónyuge doña MARIA TERESA VARELA BARRIOS, cuyo interés representa, necesitan con urgencia vender dicha propiedad, para de esa forma solventar de alguna manera los gastos que actualmente tiene, fundamentalmente en remedios y controles de salud. Sostiene, que lo señalado precedentemente se funda en que su cónyuge –quien actualmente tiene 87 años de edad- en el mes de octubre del año 2015 sufrió un accidente cerebro vascular, lo que provocó serias secuelas en su persona, que provocaron problemas de lenguaje y cognitivos, de hecho debe usar silla de ruedas y necesita de cuidados permanentes, ya que no es autovalente, al punto que desde que sucedió su accidente cerebro vascular, ha estado bajo su cuidado y atención, solventando sus gastos de mantención, como gastos médicos, de alimentación, vestuario, etc. Código: GLTXXMGDVXE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Señala que en la casa que se busca vender, vive hace más de 22 años, su hija María Fernanda Zepeda Varela, junto con su esposo, don Jorge Roberto Guzmán Weston, siendo este último, el comprador serio que quiere adquirir la propiedad, pagando por ella la suma de $100.000.000 (cien millones de pesos), mediante un vale vista nominativo. Afirma, que tanto para su parte, como para su señora –y también para su hija y su esposo-, es de suma importancia llevar a cabo esta venta, en primer lugar, porque ellos que tienen domicilio en la comuna de San Bernardo, quieren venirse a vivir a Talca, para así estar más cerca de sus redes de apoyo, constituida por sus hijos y nietos, y poder vivir una vejez más tranquila. Obviamente, para llevar a cabo dicho
Fallo
por tantos años, y de esa forma, poder dejársela a sus hijos cuando ellos partan. Sostiene, que tal como ha sido anticipado, existe un comprador serio que es don Jorge Roberto Guzmán Weston, chileno, casado y separado totalmente de bienes, jubilado, cédula nacional de identidad número 6.473.398-2, domiciliado en Las Camelias 478, Villa Edén, Talca, quien ofrece por adquirir dicho inmueble la suma de $100.000.000 (cien millones de pesos), pago que se realizaría de la siguiente forma: a) Pago de $100.000.000 (cien millones de pesos), mediante un vale vista nominativo; b) En subsidio de lo anterior, pago en efectivo del total del dinero al curador definitivo. Señala, que dicho precio es muy superior al avalúo fiscal de la propiedad el cual alcanza la suma de $46.362.135 (cuarenta y seis millones trescientos sesenta y dos mil ciento treinta y cinco pesos), según consta en certificado de avalúo fiscal acompañado. Previa enunciación de normas legales, culmina solicitando se autorice la venta de la propiedad antes individualizada, y se lleve a cabo entre su parte dada su calidad de curador general definitivo que tiene de su cónyuge, doña María Teresa Varela Barrios, y su yerno, don Jorge Roberto Guzmán Weston, en un valor no inferior a $100.000.000, suma de dinero que se pagará mediante un vale vista nominativo o pago al contado, o en la forma que establezca el Tribunal. SEGUNDO: que obran en apoyo de la solicitud de autos los siguientes antecedentes: A folio 1, se acompañaron l
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Foja: 1 FOJA: 17 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Talca CAUSA ROL : V-153-2023 CARATULADO : ZEPEDA/ Talca, seis de marzo de dos mil veinticuatro Visto y considerando: PRIMERO: Comparece a folio 1, con fecha 02 de agosto de 2023, don MARIO ANTONIO ZEPEDA ÁLVAREZ, chileno, casado, empresario, cédula nacional de identidad número 2.979.737- 4, domiciliado en Parc
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