SOTO/CASINOS INTEGRADOS S.A.
Rol
O-1436-2024
Fecha
15 de mayo de 2024
Materia
Despido indirecto, Nulidad del despido
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: Consta íntegramente en audio. SENTENCIA El Tribunal deja constancia que las demandadas no han comparecido al proceso y de conformidad a lo dispuesto en el inciso 7° N° 1 del artículo 453 del Código del Trabajo a juico de esta juez no existen hechos sustanciales, pertinentes ni controvertidos, no se recibirá la causa a prueba procediéndose a dictar sentencia en este acto y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 62 inciso 3° del acta 71 de la Excelentísima Corte de Suprema, se transcribirá solo la parte resolutiva, constando la sentencia en su integridad en el registro de audio. Santiago, a tres de enero del año 2022 Vistos, oídos y
Fundamentos
considerandos PRIMERO: Que compareció al juicio doña CARLA SOTO VILLABLANCA, domiciliada en pasaje Timoteo 4030, comuna de Puente Alto, quien interpone demanda por despido indirecto y cobro de prestaciones laborales en contra de CASINOS INTEGRADOS S.A., representada legalmente por Valeria Aravena Olivera, ambos domiciliados en Maúlen 300, comuna de Quilicura, a fin de que se establezca su despido indirecto ajustado derecho y se condena a la demandada al pago de la indemnización sustitutiva del aviso previo, indemnización por años de servicio, recargo, feriado legal, feriado proporcional, bono marzo, además de la remuneraciones y demás prestaciones derivadas del contrato de trabajo entre la fecha del despido y la convalidación del mismo y cotizaciones de seguridad social debidas, todo con reajustes, intereses y costas. Visto a demás lo dispuesto en los artículos 7, 8, 9, 73, 171 y 453 de Código del Trabajo,
Fallo
se declara: I.- Que está acoge la demanda de autos interpuesta por doña CARLA SOTO VILLABLANCA en contra de CASINOS INTEGRADOS S.A., sólo en cuanto se declara que el despido indirecto de la actora se ajusta derecho que la demandada deberá pagar la suma de: a. $852.425, por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. b. $5.114.550, por concepto de indemnización por años de servicio, aumentada en un 50%, ascendente a $2.557.275, por concepto de recargo legal. c. $2.898.245, por concepto de feriado legal y proporcional II.- Que las sumas antes referidas deberán ser pagadas con los reajustes e intereses señalados en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. II.- Que no se condena en costas a la demandada por no haber sido totalmente vencida. Regístrese y archívese en su oportunidad, quedando las partes notificadas personalmente en esta audiencia Siendo las 09:54 horas, se pone término a la presente audiencia. Dirigió la audiencia doña ANGELICA PAULINA PEREZ CASTRO, Juez Titular del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Las partes quedan notificadas de las resoluciones dictadas en esta audiencia, conforme lo establece el artículo 426 inciso primero del Código del Trabajo. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago, a quince de mayo de dos mil veinticuatro. REGISTRO DE AUDIO
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA Procedimiento Ordinario (Audiencia Telemática) FECHA 15/05/2024, Santiago RUC 24-4-0553475-0 RIT O-1436-2024 CARATULADO SOTO/CASINOS INTEGRADOS S.A. MAGISTRADO ANGELICA PAULINA PEREZ CASTRO ADMINISTRATIVO DE ACTAS CARLOS URZUA TORO HORA DE INICIO 09:45 HORA DE TERMINO 09:54 SALA 6.2 Nº REGISTRO DE AUDIO
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