3º Juzgado de Letras de Calama

CHOQUE/

Rol

V-711-2023

Fecha

7 de marzo de 2024

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: 1.- A folio 1, con fecha 27 de julio de 2023, comparece do a ñ Zenaida Sara Choque Estelo, t cnica de administraci n y log stica, soltera, domiciliada ené ó í Arauco Nº 2860, Portal del Inca, Calama, solicitando autorice cambiar los apellidos de “CHOQUE ESTELO”, para quedar en definitiva por el de “ZENAIDA SARA ESTELO BERNA”, en conformidad al art culo 1º de laí Ley Nº 17.344, en base a los

Fundamentos

fundamentos de hecho y derecho que expuso: Funda su petición señalando que, al momento de su nacimiento fue inscrita con el nombre de Zenaida Sara Choque Estelo, en el registro de nacimiento de la circunscripci n de ó Santiago, bajo el N° 3.880 del registro NER del a o 2016 delñ Registro Civil e Identificaci n.ó Argumenta que, con su nombre legal, ya no se siente identificada, que le ha afectado notablemente a lo largo de su vida, el hecho de llevar como apellido materno Choque, que le ha obligado a distinguirse de l a trav s é é de los apellidos Estelo Berna por la falta de identidad que ello le provoca y por ser los apellidos de mi madre y padre a la vez y que durante toda su existencia no ha tenido relaci n con su progenitor y no pretende tenerla en lo sucesivo. Y por ende, laó falta de identidad es la que motiva su deseo de ajustar la realidad a mi nombre legal. Se ala adem s, que ñ á desde hace m s de 5 a os comenz a presentarme comoá ñ ó Zenaida Sara Estelo Berna, en lugar de Zenaida Sara Choque Estelo que, dicho sea de paso, es el nombre con el que s se siente c moda, considera que con eseí ó nombre no le producir problemas al presentarse, y que es tambi n el nombre porá é el cual se ha dado a conocer en mi entorno laboral, social y familiar, que al tener que realizar tr mites en instituciones, debe se alar su nombre legal y /o exhibir suá ñ c dula de identidad, lo que le produce un perjuicio grande traducido en molestias,é pena y una importante falta de identidad pues no es el nombre que generalmente utiliza. Y que le urge regular esta situaci n para sentirse bien y dejar atr s unó á pasado que s lo le trae aflicci n y disgusto.ó ó Código: RXMYXMKFCRX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Indica que, es por dicho motivo, que su deseo es que se autorice su cambio nombre, de manera de quedar como “ZENAIDA SARA ESTELO BERNA” el cual es un nombre completo con el que s se siente identificada y que he utilizadoí por m s de 5 a os.á ñ Añade que, conforme lo permite el art culo 1 letra A y B de la ley 17.344,í autoriza adem s el cambio de nombre cuando la persona ha sido conocida por m sá á de 5 a os con unos nombre o apellido distinto del propio, lo cual es aplicable en elñ presente caso seg n lo relatado, puesto que ha ú sido conocida como “ZENAIDA SARA ESTELO BERNA” por m s de 5 a os.á ñ Finaliza solicitando, tener por interpuesta la solicitud de cambio de nombre de conformidad al art culo 1º de la Ley 17.344, acogerla a tramitaci n ordenandoí ó los tr mites correspondientes, y en definitiva acogerla á autorizando mi cambio de nombre, ordenando: • La modificaci n de la partida de nacimiento N°3.880 del registro NERó del a o 2016 de la Circunscripci n deñ ó Santiago, en el sentido cambiar sus apellidos CHOQUE ESTELO por ESTELO BERNA para quedar en definitiva como ZENAIDA SARA ESTELO BERNA. 2.- A folio 01 y 08, la solicitante de autos acompaña documentos. 3.- A folio 06, rola inf

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo presente adem s lo dispuesto en losá art culos 817 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil, Disposicionesí ó respectivas de la Ley 17.344, Ley 21.325 y su Reglamento de Extranjer a, í se resuelve: - NO HA LUGAR a la solicitud de cambio de nombre solicitada en lo principal del escrito de 27 de julio de 2023, a folio 1, por do a ñ ZENAIDA SARA CHOQUE ESTELO. Lo anterior sin perjuicio de otros derechos o acciones que se puedan interponer ante las autoridades competentes. Regístrese, notifíquese, archívese en su oportunidad. Rol V-711-2023. Dictada por don SERGIO ALEJANDRO VARGAS PALMA, Juez Titular del Tercer Juzgado de Letras Calama. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Calama, trece de Marzo de dos mil veinticuatro.- Código: RXMYXMKFCRX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-03-13T17:28:40-0300

Texto Completo (Preview)

NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado de Letras de Calama CAUSA ROL : V-711-2023 CARATULADO : CHOQUE/ Calama, trece de marzo de dos mil veinticuatro.- VISTO: 1.- A folio 1, con fecha 27 de julio de 2023, comparece do a ñ Zenaida Sara Choque Estelo, t cnica de administraci n y log stica, soltera, domiciliada ené ó í Arauco Nº 2860, Portal del Inca, Calama, solicitando autorice cambia

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