GUTIÉRREZ/
Rol
V-33-2023
Fecha
4 de marzo de 2024
Materia
BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Que, con fecha 28 de marzo de 2023, comparece don Pedro Dagoberto Bobadilla Lobos, abogado, cédula de identidad N°10.646.597-5, con domicilio en Edificio Andrés Bello, Rubio N°285, oficina 301, comuna y ciudad de Rancagua actuando en representación de doña Wanda Isvi Gutiérrez Valladares, chilena, casada y separada totalmente de bienes, dueña de casa, cédula de identidad N° 10.715.090-0, domiciliada en Río Cisnes Sur número 400, Condominio El Polo de Machalí, comuna de Machalí, deduciendo reclamo en contra del Sr. Conservador de Bienes Raíces de San Antonio, ante la negativa de inscribir la posesión efectiva y especial de herencia de los bienes quedados al fallecimiento de don Dagoberto Enrique Gutiérrez, solicitando, en consecuencia, que le ordene a inscribir dicha posesión efectiva. Manifiesta que, con fecha 25 de marzo del año 2014 falleció en el Hospital Barros Lucas Trudeau de la ciudad de Santiago el padre matrimonial de su representada don Dagoberto Enrique Gutiérrez Sepúlveda, inscribiéndose su deceso bajo el Nº403 del Registro de Defunciones del Registro Civil del año 2014. Agrega que, con fecha 28 de mayo de 2015 su representada solicitó la posesión efectiva de los bienes de su padre, la que fue concedida por Resolución Exenta Nº36.653 (sic) de fecha 15 de junio del mismo año, y se inscribió bajo el Nº32.536 del Registro Nacional de Posesiones Efectivas del año 2015. Refiere que, con fecha 22 de diciembre de 2022 dicha posesión efectiva fue ampliada en los bienes del causante, colacionando en el inventario los derechos vigentes que a éste le corresponden en un inmueble ubicado en la comuna de El Tabo, derechos que se encuentra bajo la inscripción de dominio de fojas 362, Nº357 del Registro de Propiedad del año 1986 del Conservador de Bienes Raíces de San Antonio. Código: WXVNXMTRGDD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Añade que con fecha 9 de enero de 2023 el Servici
Fundamentos
CONSIDERANDO PRIMERO: Que, comparece don Pedro Dagoberto Bobadilla Lobos, abogado, en representación de Wanda Isvi Gutiérrez Valladares, interponiendo reclamación en contra el Conservador de Bienes Raíces de San Antonio, solicitando se le ordena a inscribir la posesión efectiva de los bienes quedados al fallecimiento de su padre. Código: WXVNXMTRGDD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 SEGUNDO: Que, para la resolución de la reclamación deducida, la solicitante acompañó los siguientes documentos: 1.- Certificado de defunción de don Dagoberto Enrique Gutiérrez Sepúlveda, emitido con fecha 28 de marzo de 2023.- 2.- Duplicado de Certificado de Posesión Efectiva N° 32536. 3.- Copia de inscripción conservatoria Fojas 362 N°357 de 1986, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de San Antonio. 4.- Captura de pantalla. 5.- Correo electrónico de fecha 11 de enero de 2023, enviado por el Conservador de Bienes Raíces de San Antonio, en que informa negativa a dar curso a la inscripción.- TERCERO: Que, de acuerdo a lo señalado en el artículo 13 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces, el Conservador de Bienes Raíces podrá negarse a inscribir un título, si presentado éste, su inscripción en algún sentido es legalmente inadmisible y, conforme al artículo 18 del mismo cuerpo legal, la parte perjudicada con la negativa podrá ocurrir al juez de primera instancia, quien en vista de la solicitud y con los motivos expuestos por el Conservador resolverá por escrito lo que corresponda. CUARTO: Que, en la especie, la negativa del Sr. Conservador para proceder a la inscripción especial de herencia, se genera, no por un defecto en el título, como lo refiere el artículo 13 del reglamento ya citado, sino porque existen al margen de la inscripción de dominio de Fs. 362 N° 357, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces, del año 1986, diversas notas de cesiones de derechos y cancelaciones conforme a inscripciones de Saneamientos de Títulos del D.L. N° 2.695, del año 1979. Sin embargo, la negativa del Sr. Conservador así fundada, se apoya en razones que no son atendibles, desde que la inscripción se encuentra vigente según lo afirmado por el propio Conservador de Bienes Raíces en la copia de inscripción de fojas 362 número 357 del Registro de Propiedad del año 1986, acompañada por el solicitante a folio 1, donde se indica expresamente que dicha inscripción “se encuentra vigente en sus partes no transferidas al día 23 de agosto de 2022” esto es, una fecha posterior a las inscripciones de Código: WXVNXMTRGDD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 saneamientos de títulos que refiere en su informe como fundamento a su negativa. No debemos olvidar que conforme el artículo 31 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces, el Sr. Conservador es el encargado
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo previsto en los artículos 13 y 18 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces, artículos 160 y 826 del Código de Procedimiento Civil, se declara: Que se acoge la reclamación interpuesta por el abogado Pedro Dagoberto Bobadilla Lobos, en representación de doña Wanda Isvi Gutiérrez Valladares , y en consecuencia, se ordena al Conservador de Bienes Raíces de esta ciudad, a efectuar la inscripción de la posesión efectiva de don Dagoberto Enrique Gutiérrez Sepúlveda. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol V-33-2023.- Dictada por Paloma Fernández Fernández, Jueza Titular del Primer Juzgado de Letras de San Antonio.- Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en San Antonio, cuatro de Marzo de dos mil veinticuatro Código: WXVNXMTRGDD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-03-04T10:31:18-0300
Texto Completo (Preview)
RIT« » Foja: 1 FOJA: 49 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de San Antonioº CAUSA ROL : V-33-2023 CARATULADO : GUTI RREZ/É San Antonio, cuatro de Marzo de dos mil veinticuatro VISTO: Que, con fecha 28 de marzo de 2023, comparece don Pedro Dagoberto Bobadilla Lobos, abogado, cédula de identidad N°10.646.597-5, con domicilio en Edificio Andrés Bello, Rubio N°285, ofic
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