30º Juzgado Civil de Santiago

VALENZUELA/LUPAYANTE

Rol

C-3671-2019

Fecha

1 de marzo de 2024

Materia

CONTRATO, CUMPLIMIENTO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 28 de enero de 2019, comparece don Gabriel Andr sé Inostroza Carvajal, abogado, en representaci n de do a ó ñ Ximena Lilian Valenzuela Thielemann, empleada, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Providencia N 1208, oficina 311, comuna de Providencia,° quien interpone demanda de cumplimiento de contrato con indemnizaci nó de perjuicios, en contra de don Antonio Gabriel Lupayante Salinas, Ingeniero civil industrial, domiciliado en Copahue N 1384, comuna de° Vitacura, Regi n Metropolitana, o en Avenida Apoquindo N 4560,ó ° departamento 33, comuna de Las Condes, Regi n Metropolitana.ó Funda la demanda, en que do a Ximena Valenzuela Thielemann yñ don Antonio Gabriel Lupayante Salinas contrajeron matrimonio con fecha 29 de julio del a o 2000, ante el oficial del Registro Civil e Identificaci n deñ ó Chile de la Circunscripci n de Las Condes, matrimonio que fue inscritoó bajo el n mero 766 del a o 2000. Al momento del matrimonio pactaron elú ñ r gimen patrimonial de separaci n total de bienes.é ó Sostiene que las partes, con fecha 18 de junio de 2007 iniciaron un proceso de divorcio de mutuo acuerdo por cese de convivencia ante el 4° Juzgado de Familia de Santiago, el cual se tramit bajo el RIT C-4099-ó 2007, RUC 07-2-0295524-4, y que finaliz mediante sentencia definitiva deó divorcio de fecha 12 de marzo de 2008. Se ala que para los efectos de la tramitaci n del procedimientoñ ó se alado, las partes, con fecha 31 de mayo de 2007 suscribieron unñ Acuerdo Completo y Suficiente por medio de escritura p blica, otorgada“ ” ú ante el Notario don Gonzalo Hurtado Morales, la cual fue anotada en su repertorio bajo el n mero 1227-2007. Acuerdo que fue aprobadoú Código: XXJXMLJDMC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3671-2019 Foja: 1 judicialmente con fecha 12 de marzo de 2008, por medio de la sentencia definitiva en el proceso de divorcio se alado anteriormente.ñ Agrega que en la cl us

Fundamentos

considerando que su representada, a su vez, ha realizado todas las gestiones para ejercer dicha opci n.ó A continuaci n, alega que los incumplimientos realizados por eló demandado han causado perjuicios a su representada, generando la responsabilidad contractual de ste.é Arguye que en el caso de marras, existi una clara desviaci n del planó ó ideal de la prestaci n acordada por las partes, toda vez que el demandadoó no entreg la documentaci n necesaria para realizar el traspaso de la deuda,ó ó y no realiz las gestiones para permitir que su representada ejerciera laó opci n de adquirir el inmueble que hab a pactado con el demandado. Loó í que de haberse efectuado conforme a lo acordado hubiese permitido a su representada adquirir el inmueble, lo que no ha ocurrido, habiendo la actora experimentado serios perjuicios por este motivo. En tal sentido, sostiene que el da o emergente asciendeñ tentativamente al valor comercial del inmueble, reserv ndose desde ya estaá parte el derecho de discutir respecto del monto efectivo del da o en lañ ejecuci n del

Fallo

Fallo confirmado por la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, en causa Rol 13968-2016, encontr ndose este ejecutoriado a la fecha.á Subraya que en la sentencia definitiva de primera instancia se dejó constancia que su representada cumpli con todo lo necesario para ejerceró el derecho de opci n que le entregaba el contrato al t rmino del usufructo.ó é La que advierte adem s que el demandado no cumpli con las obligacionesá ó Código: XXJXMLJDMC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3671-2019 Foja: 1 que dicho instrumento le impon a y que le permitieran a su representadaí concretar el derecho de opci n que tiene. ó Comenta que posteriormente, 15 de febrero de 2018, el demandado intent solicitar como cumplimiento incidental de la sentencia de divorcioó dictada con fecha 12 de marzo de 2008 por el 4 Juzgado de Familia de° Santiago, en la causa RIT C-4099-2007, el cumplimiento del Acuerdo“ ” “ Completo y Suficiente suscrito por las partes, y espec ficamente solicit la” í ó entrega del inmueble con auxilio de fuerza p blica de ser necesario, lo cualú fue rechazado por el 4 Juzgado de Familia de Santiago, y posteriormente° confirmado por la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. Por ltimo, consigna que con fecha 12 de junio de 2018, elú demandado interpuso una demanda ejecutiva por obligaci n de dar enó contra de su representada, ante el 2 Juzgado Civil de Santiago, ingresada° bajo el Rol C-17464-2018, demanda a l

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C-3671-2019 Foja: 1 FOJA: 144 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 30 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-3671-2019 CARATULADO : VALENZUELA/LUPAYANTE Santiago, uno de Marzo de dos mil veinticuatro VISTOS: Con fecha 28 de enero de 2019, comparece don Gabriel Andr sé Inostroza Carvajal, abogado, en representaci n de do a ó ñ Ximena Lilian Valenzuela Thielemann, empleada, ambos domici

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