SOLAR/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE ANGOL
Rol
C-79-2024
Fecha
29 de febrero de 2024
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 17 de enero de 2024 comparece do añ IVETTE EUGENIA SOLAR OSORIO, comerciante, c dula nacional de identidad Nº10.290.683-7, domiciliadaé en Colico Nº908, sector Los Copihues, ciudad y comuna de Angol, quien viene en deducir demanda de prescripci n ó de la acci n para el cobro de impuestosó municipales en juicio ordinario de menor cuant a, en contra de la í ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE ANGOL, RUT Nº69.180.100-4, representada legalmente por don Jos Enrique Neira Neira, alcalde de dicha ciudad, c dula nacional deé é identidad Nº6.535.099-8 domiciliado para estos efectos en calle Pedro Aguirre Cerda Nº509 de la ciudad de Angol, fundada en los argumentos de hecho y consideraciones de derecho que en su libelo expone. Con fecha 12 de febrero de 2024 consta que se notific personalmente laó demanda. Con fecha 20 de febrero de 2024 la demandada contest la demanda allan ndose aó á la misma. Con fecha 27 de febrero de 2024 se cit a las partes a o r sentencia.ó í CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Con fecha 17 de enero de 2024 do añ IVETTE EUGENIA SOLAR OSORIO, comerciante, c dula nacional de identidad Nº10.290.683-7, domiciliadaé en Colico Nº908, sector Los Copihues, ciudad y comuna de Angol, deduce demanda en Juicio Ordinario en contra de la Ilustre Municipalidad de Angol, RUT Nº69.180.100-4, representada legalmente por don JOS ENRIQUE NEIRAÉ NEIRA, alcalde de dicha ciudad, c dula nacional de identidad Nº6.535.099-8é domiciliado para estos efectos en calle Pedro Aguirre Cerda Nº509 de la ciudad de Angol, con la finalidad de que se declare la prescripci n sobre la deuda queó mantiene por los derechos de patente comercial, por las razones de hecho y los fundamentos de derecho que a continuaci n expone: LOS HECHOS 1.- Consta enó el certificado de deuda emitido por la Ilustre Municipalidad de Angol, con fecha 23 de noviembre de 2023, que mantiene una deuda por concepto de derechos de patente comercial definitiva, desde el a o 2010 hasta el a o 2015, por la suma deñ ñ $1.478.625 (un mill n cuatrocientos setenta y ocho mil seiscientos veinticincoó pesos). 2.- Sin embargo, dicha deuda se encuentra totalmente prescrita y por esto viene en hacer uso del derecho que le confiere la ley para reclamar la prescripci nó de todas las cuotas en que se cumplan los presupuestos necesarios para hacerlo. EL DERECHO El art culo 2492 del C digo Civil se ala que: “La prescripci n es uní ó ñ ó modo de adquirir las cosas ajenas, o de extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse pose do las cosas o no haberse ejercido dichas acciones y derechosí durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los dem s requisitos legales.”á Entonces, la prescripci n extintiva, para estos efectos, es uno de los modos queó tiene el contribuyente para extinguir acciones y derechos ajenos -como los Código: XRFHXMPEJRB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl municipales-, porque el municipio no ha ejercido esas acciones por v a de demandaí o medida cautelar v lidamente notificada por receptor judicial- por cierto lapso deá tiempo, concurriendo los dem s requisitos legales. En cuanto al “lapso de tiempo”á necesario para que la prescripci n pueda ser declarada por el juez, conforme aló art culo 2521 del C digo Civil: “Prescriben en tres a os las acciones a favor o ení ó ñ contra del Fisco y de las Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos”, estableciendo un tipo de prescripci n de corto tiempo y especialó respecto de este tipo de deudas, ya que no admiten suspensi n alguna, y soloó pueden interrumpirse, hecho que no se ha verificado ni ha ocurrido en autos bajo ning n supuesto. Finalmente, en cuanto a los “dem s requisitos legales”, entreú á otros, destacan: 1° Art. 2493 C digo Civil: “El que quiera aprovecharse de laó prescripci n debe alegarla; el juez no puede declararla de oficio.” Lo anterioró significa que, es necesaria la alegaci n judicial de la prescripci n por eló ó contri
Fallo
Por lo expuesto, solicita se sirva tener por aceptada la demanda contraria, en la forma se alada y eximir a su mandante del pago de las costas, en virtud de loñ dispuesto en el art culo 144 del C digo de Procedimiento Civil.í ó TERCERO: Que, se ha ejercido la acci n de la prescripci n extintiva o liberatoriaó ó del art culo 2492 del C digo Civil, conforme al cual la prescripci n es un modo deí ó ó extinguir las acciones y derechos ajenos, por no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo y concurriendo los dem s requisitos legales.á Que, el art culo 2493 del C digo Civil dispone que, el que quiera aprovecharse deí ó la prescripci n debe alegarla.ó CUARTO: Que, aplicable a la especie el art culoí 2521 del C digo Civil disponeó que prescriben en tres a os las acciones a favor o en contra del Fisco y de lasñ Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos. Asimismo, se hace presente que para efectos del c mputo de los plazos estas obligaciones se devenganó en los meses de enero y julio de cada a o, conforme lo dispone el art culo 29ñ í inciso 3° de la Ley de Rentas Municipales. QUINTO: Que, se tendr en especial consideraci n lo expuesto por la demandada,á ó en cuanto se allana a la demanda interpuesta en su contra y adem s da cuenta deá los periodos que se encontrar an prescritos, por concepto de í derechos de patente comercial definitiva, correspondientes al 2º periodo de a o 2010 al 1º per odoñ í de a o 2015, cantidades ascendentes a la
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FOJA: 8 .- .- NOMENCLATURA?: 1. [40]Sentencia JUZGADO ?: Juzgado de Letras de Angol CAUSA ROL?: C-79-2024 CARATULADO?: SOLAR/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE ANGOL Angol, veintinueve de febrero de dos mil veinticuatro VISTOS: Con fecha 17 de enero de 2024 comparece do añ IVETTE EUGENIA SOLAR OSORIO, comerciante, c dula nacional de identidad Nº10.290.683-7, domiciliadaé en Colico Nº908, sector Los Copihues
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