2º Juzgado Civil de Valdivia

VERA/TESORERIA GENERAL DE LA REPÚBLICA DE LA CHILE

Rol

C-3937-2023

Fecha

29 de febrero de 2024

Materia

HACIENDA,PROCED.CUANTÍA INFERIOR ART. 749 C.P.C.

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: OMAR EVALDO VERA POBLETE, sin profesión u oficio indicados, domiciliado en Reina Sofía, Pasaje 6 N°3473, de la ciudad de Valdivia, dedujo demanda contra TESORERIA GENERAL DE LA REPUBLICA, persona jurídica de derecho público, representada por su abogada provincial, doña LIDIA ODETTE RODRIGUEZ SILVA o quien la reemplace o subrogue legalmente, ambas con domicilio en calle San Carlos N° 50, Valdivia, pretendiendo se declare prescrita la acción de cobro de los impuestos que tienen su origen en los folios n.° 1587298, 1587299 y 1587314 más sus intereses, reajustes y multas, con costas. Fundamentó su demanda en que si bien los folios señalados fueron cobrados judicialmente por la demandada en causa Rol C-548-2016 del Segundo Juzgado Civil de Valdivia, dicho proceso judicial no prosperó, toda vez que se alegó el abandono del procedimiento, cuestión que fue resuelta por sentencia judicial que se encuentra firme y ejecutoriada, por lo que se excluye de esta forma, cualquier defensa que pretenda la parte demandada, basada en una eventual causal de interrupción de la prescripción. Detalló que la causa C-548-2016, seguida ante el Segundo Juzgado Civil de Valdivia, está asociada al Expediente Administrativo 10263-2015 VALDIVIA, en el cual se cobraron los folios N°1587298, 1587299 y 1587314. Dicha relación se desprende de los documentos que se acompañaron en autos, especialmente copia de certificado de deuda, obtenido de la página web del Servicio de Tesorería; Copia de Expediente Administrativo 10263-2015 VALDIVIA obtenido desde la Oficina Judicial Virtual; Copia de la causa C-548-2015 del Segundo Juzgado Civil de Valdivia, la cual contiene certificación de encontrarse firme y ejecutoriada la sentencia interlocutoria de fecha 06 de noviembre de 2023 que acogió el abandono del procedimiento; y Ebook Civil de la causa C-548-2015 del Segundo Juzgado Civil de Valdivia, obtenida desde la Oficina Judicial Virtual. Código: XXTMXMXQXNB Este documento tiene firma electrónica y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: OMAR EVALDO VERA POBLETE, interpone demanda de prescripción extintiva en contra de Tesorería General de la Republica, representada por su abogada provincial, doña LIDIA ODETTE RODRIGUEZ SILVA, con la finalidad que este Tribunal declare prescrita la acción de cobro de los impuestos más sus intereses, reajustes, multas y costas, presuntamente adeudadas por el actor y que se detallan en lo expositivo. SEGUNDO: La demandada, legalmente emplazada, contestó la demanda sin peticiones concretas. Código: XXTMXMXQXNB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3937-2023 TERCERO: A objeto de acreditar su pretensión la demandante acompañó la siguiente prueba documental no objetada: 1.- Certificado de deuda emitido por la Tesorería General de la República, con fecha 14 de noviembre de 2023, donde consta en detalle de la deuda. 2.- Copia de Expediente Administrativo 10263-2015 VALDIVIA 3.- Copia de causa Rol C-548-2016 del Segundo Juzgado Civil de Valdivia CUARTO: Por su parte, la demandada, no rindió prueba. QUINTO: Del examen de los antecedentes allegados por la demandante y en lo que interesa en esta causa aparece la siguiente situación, los folios N°s 1587298, 1587299 y 1587314 por las sumas ya indicadas, correspondientes a deudas contenidas en el formulario 21, aparecen con vencimiento legal el 12 de febrero de 2014 respecto del folio 1587298 y el 12 de marzo de 2014 respecto del 1587314, y si bien el folio 1587299 no tiene fecha de vencimiento asociada, es presumible que el plazo para pago se encontraba agotado, toda vez que se inició procedimiento administrativo rol 10263-2015 VALDIVIA con fecha 11 de marzo de 2015, donde figuran a cobro la totalidad de los folios individualizados previamente, incluido el folio 1587299. En este expediente administrativo obró notificación y requerimiento de pago al contribuyente el 17 de marzo de 2015. Igualmente consta el Ebook de la Causa rol C-548-2016 de este tribunal, vinculada al expediente administrativo 10263-2015 VALDIVIA, según se extrae del mismo expediente (anexo folio 1). De su revisión se observa que se promovió incidencia de abandono de procedimiento que fue acogida por sentencia interlocutoria firme de fecha 06 de noviembre de 2023. SEXTO: Como ya se ha establecido en reiteradas ocasiones por nuestro máximo tribunal “el cobro de las Obligaciones Tributarias de Dinero que se realiza conforme al Título V del Libro II del Código Tributario, es un procedimiento contencioso de carácter especial en cuanto se aplica a las referidas obligaciones, y extraordinario desde el punto de vista de su estructura porque difiere sustancialmente del juicio ejecutivo contemplado en el Código de Procedimiento Civil. También es compulsivo o de apremio, dado que se inicia ante la inercia del deudor de solucionar espontáneamente la obligación, y, como todo proceso ejecutivo, se fundamenta en una obligación indubitada cuya existencia consta en

Fallo

fallo que se encuentra ejecutoriado. Finalizó señalando que por lo anterior, corresponderá a SS. determinar si se dan los presupuestos para declarar la prescripción de la acción de cobro de Tesorería, en los términos de los artículos 200 y 201 del Código Tributario. En el folio 12, se recibió la causa a prueba. En el folio 19, se citó a las partes para oír sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: OMAR EVALDO VERA POBLETE, interpone demanda de prescripción extintiva en contra de Tesorería General de la Republica, representada por su abogada provincial, doña LIDIA ODETTE RODRIGUEZ SILVA, con la finalidad que este Tribunal declare prescrita la acción de cobro de los impuestos más sus intereses, reajustes, multas y costas, presuntamente adeudadas por el actor y que se detallan en lo expositivo. SEGUNDO: La demandada, legalmente emplazada, contestó la demanda sin peticiones concretas. Código: XXTMXMXQXNB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3937-2023 TERCERO: A objeto de acreditar su pretensión la demandante acompañó la siguiente prueba documental no objetada: 1.- Certificado de deuda emitido por la Tesorería General de la República, con fecha 14 de noviembre de 2023, donde consta en detalle de la deuda. 2.- Copia de Expediente Administrativo 10263-2015 VALDIVIA 3.- Copia de causa Rol C-548-2016 del Segundo Juzgado Civil de Valdivia CUARTO: Por su parte, la demandada, no rindió prueba. QUINTO: Del examen de los an

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C-3937-2023 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado Civil de Valdivia CAUSA ROL : C-3937-2023 CARATULADO : VERA/TESORERIA GENERAL DE LA REPÚBLICA DE LA CHILE Valdivia, veintinueve de febrero de dos mil veinticuatro. Vistos: OMAR EVALDO VERA POBLETE, sin profesión u oficio indicados, domiciliado en Reina Sofía, Pasaje 6 N°3473, de la ciudad de Valdivia, dedujo demanda contra TESORERIA

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