1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

FARMACIAS CRUZ VERDE S.P.A./INSPECCION DEL TRABAJO SANTIAGO ORIENTE

Rol

I-187-2024

Fecha

10 de mayo de 2024

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1° Que en audiencia de juicio celebrada en procedimiento sustanciado bajo el RIT I-187-2024, por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se conoció del reclamo deducido conforme lo dispuesto en los artículos 503 y siguientes del Código del Trabajo, por don MARCELO CAMPOS BUSTOS, abogado, en representación judicial de la empresa FARMACIAS CRUZ VERDE SPA., empresa del giro de su denominación, RUT: 89.807.200-2, ambos con domicilio en Av. El Salto N°4875, Huechuraba, el que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 503 del Código del Trabajo, dedujo reclamo judicial en contra de la Resolución Administrativa de Multa N°1987/24/7 – 1 y 2, cursada por la Inspección del Trabajo Santiago Sur Oriente con fecha 9 de febrero de 2023; notificada de conformidad al artículo 508 del Código del Trabajo con fecha 20 de febrero de 2024, entidad que contestó la demanda en forma oportuna, compareciendo a la audiencia preparatoria y a la audiencia de juicio que se celebró a continuación. 2° Que, se pidió que se tuviera por interpuesta reclamación judicial en contra de la Multa N°1987/24/7 – 1 y 2 de fecha 9 de febrero de 2023; notificada de conformidad al artículo 508 del Código del Trabajo con fecha 20 de febrero de 2024, cursada por la Inspección Comunal del Trabajo Oriente, representada legalmente por la jefatura del servicio ambos ya individualizados, solicitando que se dejen sin efecto o las rebaje conforme el mérito que se determine. Funda su pretensión en que las multas cursadas evidencian una evidente vulneración al Principio Non Bis In Ídem por cuanto la Dirección del Trabajo, basada en un mismo hecho, consistente en no haber comparecido al respectivo comparendo ante la Inspección del Trabajo, los ha sancionado con dos multas administrativas, constituyendo ello una doble valoración del hecho. Reconoce que fueron citados al comparendo de fiscalización para el día 7 de febrero de 2024 a las 10:30 horas en dependencias de la Inspección Comunal del Trabajo Santiago Sur Oriente, y que a dicha citación no concurrieron en tiempo y forma. No obstante, basado en ese único hecho imputable, el fiscalizador aplicó dos sanciones diversas: una por la no comparecencia misma a la citación realizada, pero otra adicional por no exhibir la documentación que había sido solicitada para dicho comparendo ante el servicio. El criterio expuesto nos parece contrario al principio NON BIS IN ÍDEM que garantiza el derecho a no ser sancionado dos o más veces por un mismo hecho, es decir, situaciones en que el mismo hecho objeto del juzgamiento puede satisfacer dos o más descripciones de comportamiento infraccional, en términos de lo que se conoce como un concurso de infracciones. Y ante tales situaciones, dicho principio se vuelve específicamente operativo al modo de una “prohibición de doble valoración”, de manera tal que, en la medida en que una misma circunstancia tenga relevancia bajo más de una descripción, haya que reconocer el carácter “aparente” o

Fallo

Por estas motivaciones y teniendo presente, además, lo dispuesto en los artículos 496 y siguientes, 503, 506, 511 Y 512 del Código del Trabajo y artículo 23 del DFL Nº 2 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, SE DECLARA que se rechaza la reclamación interpuesta, manteniéndose la Resolución Resolución Administrativa de Multa N°1987/24/7 – 1 y 2, cursada por la Inspección del Trabajo Santiago Sur Oriente con fecha 9 de febrero de 2024. Se condena en costas a la reclamante, las que son reguladas en la suma de $ 200.000.- Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RIT : I-187-2024 RUC : 24- 4-0556190-1 Pronunciada por doña LUZ ADRIANA CELEDON BULNES, Jueza Titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago a diez de mayo de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la sentencia precedente. 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago San Martín #950 Santiago – Fono 02-9157000 Correo Electrónico jlabsantiago1@pjud.cl San Martín #950 Santiago – Fono 02-9157000 Correo Electrónico jlabsantiago1@pjud.cl

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, diez de mayo de dos mil veinticuatro. CON LO OÍDO, VISTO Y CONSIDERANDO: 1° Que en audiencia de juicio celebrada en procedimiento sustanciado bajo el RIT I-187-2024, por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se conoció del reclamo deducido conforme lo dispuesto en los artículos 503 y siguientes del Código del Trabajo, por don MA

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