SILVA/COMITÉ DE AGUA POTABLE RURAL BOQUIAL 1, 2 Y TICAHUE
Rol
M-13-2023
Fecha
13 de mayo de 2024
Materia
Despido injustificado, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos X · Hechos a probar X · Llamado a conciliación X · Prueba parte demandante X · Observaciones a la Prueba X · Sentencia. X A la presentación de fecha 10 de mayo 2024, “Patrocinio y poder”, se resuelve, téngase por constituido patrocinio y poder. RELACIÓN DE LOS HECHOS: El Tribunal hace una relación de los hechos descritos en la presente demanda. Se tiene por contestada la demanda en rebeldía de la parte demandada. LLAMADO A CONCILIACION: Se llama a las partes a conciliación y ésta no se produce. HECHOS A PROBAR: 1.- Existencia de la relación laboral, fecha de inicio, funciones, remuneraciones y demás condiciones de la misma. 2.- Hechos y circunstancias en que se produjo el término de la relación laboral. En su caso, efectividad de haberse realizado las comunicaciones del despido. 3.- Efectividad del que el demandante tiene derecho al feriado proporcional, y en la afirmativa, efectividad de que este se encuentre pagado. 4.- Hechos y circunstancias que dan cuenta de que el demandante efectivamente realizo la construcción de treinta estanques de agua potable, fecha de realización de los mismos, y montos acordados para la realización de estos. PRUEBA DE LA PARTE DEMANDANTE: 1.- Acta de comparendo de conciliación ante la Inspección del Trabajo de fecha 02 de octubre de 2023; 2.- Contrato de trabajo; 3.- Liquidación de remuneración de agosto de 2023. Se cita a absolver posiciones bajo apercibimiento legal al representante legal del demandado Pedro Alfonso Chiuca Salgado ya individualizado, solicita se aplique el apercibimiento. PRUEBA DE LA PARTE DEMANDADA: No acompaña. OBSERVACIONES A LA PRUEBA: Se realizan las respectivas observaciones y alegatos de clausura. SENTENCIA: VISTOS Y CONSIDERANDO. El Tribunal procede a dictar sentencia de inmediato y según lo dispuesto en el acta N°71-2016, artículo 62 de la Excelentísima Corte Suprema, se pasa a transcribir sólo la parte resolutiva de la sentencia dictada en audio. Y Visto
Fallo
se resuelve, téngase por constituido patrocinio y poder. RELACIÓN DE LOS HECHOS: El Tribunal hace una relación de los hechos descritos en la presente demanda. Se tiene por contestada la demanda en rebeldía de la parte demandada. LLAMADO A CONCILIACION: Se llama a las partes a conciliación y ésta no se produce. HECHOS A PROBAR: 1.- Existencia de la relación laboral, fecha de inicio, funciones, remuneraciones y demás condiciones de la misma. 2.- Hechos y circunstancias en que se produjo el término de la relación laboral. En su caso, efectividad de haberse realizado las comunicaciones del despido. 3.- Efectividad del que el demandante tiene derecho al feriado proporcional, y en la afirmativa, efectividad de que este se encuentre pagado. 4.- Hechos y circunstancias que dan cuenta de que el demandante efectivamente realizo la construcción de treinta estanques de agua potable, fecha de realización de los mismos, y montos acordados para la realización de estos. PRUEBA DE LA PARTE DEMANDANTE: 1.- Acta de comparendo de conciliación ante la Inspección del Trabajo de fecha 02 de octubre de 2023; 2.- Contrato de trabajo; 3.- Liquidación de remuneración de agosto de 2023. Se cita a absolver posiciones bajo apercibimiento legal al representante legal del demandado Pedro Alfonso Chiuca Salgado ya individualizado, solicita se aplique el apercibimiento. PRUEBA DE LA PARTE DEMANDADA: No acompaña. OBSERVACIONES A LA PRUEBA: Se realizan las respectivas observaciones y alegatos de clausur
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ACTA DE AUDIENCIA UNICA PROCEDIMIENTO MONITORIO (SENTENCIA) FECHA 10 de mayo de 2024. RUC 23-4-0523881-0 RIT M-13-2023 MAGISTRADO TITULAR Don PABLO ELEAZAR SALAS DONOSO. ADMINISTRATIVO DE ACTAS Caterin Gabriela Jaramillo Mayorga HORA DE INICIO 10:15 Horas HORA DE TERMINO 11:00 Horas REGISTRO DE AUDIO 23405238810-227 PARTE DEMANDANTE Presente FREDY ORLANDO SILVA MARTÍNEZ, RUT:
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