COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO COOPEUCH / BARRALES
Rol
C-1195-2007
Fecha
28 de febrero de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: Con fecha 26 de marzo y 10 de abril de 2007, comparece don Patricio Felipe Gajardo Delgado abogado, en representaci n, seg n consta del endosoó ú especial en cobranza que aparece en el documento acompa ado en el segundoñ otros de esta presentaci n, de la í ó COOPERATIVA DEL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD DE CHILE LIMITADA, COOPEUCH LTDA., persona jur dicaí del giro de su denominaci n, todos domiciliados para estos efectos en Avenidaó Valpara so N°85-595. Oficina 904, Edificio Plenocentro de la ciudad de Vi a delí ñ Mar, quien mediante la representaci n que inviste, viene en interponer ó demanda ejecutiva de cobro de pagaré en contra de don Jorge Gonzalo Barrales Melo, contador auditor, cuyo domicilio es calle Laurencia N°420, departamento 802, Jard n del Mar, comuna de Vi a del Mar.í ñ Con fecha 29 de marzo de 2007, la parte demandante acompa documento.ñó Con fecha 30 de noviembre de 2023, la parte ejecutada opuso la excepci nó de prescripci n a la ejecuci n.ó ó Con fecha 09 de enero de 2024, se declar admisible la excepci n opuesta,ó ó y se la recibi a prueba.ó Se cit a las partes a o r sentencia.ó í
Fundamentos
Considerando: Primero: Que, con fecha fecha 26 de marzo y 10 de abril de 2007, comparece don Patricio Felipe Gajardo Delgado abogado, en representaci n,ó seg n consta del endoso especial en cobranza que acompa , de laú ñó COOPERATIVA DEL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD DE CHILE LIMITADA, COOPEUCH LTDA., persona jur dica del giro de su denominaci n,í ó todos domiciliados para estos efectos en Avenida Valpara so N°85-595. Oficinaí 904, Edificio Plenocentro de la ciudad de Vi a del Mar.ñ Expone que su representada es due a del pagar No 2005181427 queñ é acompa a, por la suma de $9.443.811.- (nueve millones cuatrocientos cuarenta yñ tres mil ochocientos once pesos), m s los intereses pactados de un intereses 1,510á Código: LVEXXMEWJXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1195-2007 Foja: 1 % mensuales, seg n consta en el referido instrumento. Indica que el capitalú adeudado y los intereses se dividieron en 60 cuotas iguales, mensuales y sucesivas de $247.208.- (Doscientos cuarenta y siete mil doscientos ocho pesos), cada una con vencimiento los d as 15 de cada mes a contar del mes de marzo del a o 2006í ñ en adelante. Sin embargo, habi ndose otorgado el cr dito con inter s de mayoré é é plazo, se da el caso que la ltima cuota es $229.591.- (doscientos veintinueve milú quinientos noventa y un pesos) producto del ajuste real de esos intereses. Indica que, llegado el vencimiento de la cuota N° 5, esto es el d a quinceí de julio del a o 2006, el demandado no la pag , constituy ndose por este motivoñ ó é en mora a contar de esa fecha. Agrega que, tal como consta del pagar , en casoé de mora o de simple retardo en el pago de cualquiera de las cuotas se considerará vencido el plazo de todas las cuotas insolutas, pudiendo el acreedor exigir el pago inmediato de todas ellas. Haciendo uso de este derecho viene en demandar ejecutivamente el pago total de lo adeudado, que asciende a la suma de $13.833.648.- (trece millones ochocientos treinta y tres mil seiscientos cuarenta y ocho pesos) m s los intereses corrientes que se devenguen durante la tramitaci ná ó del presente juicio y los intereses por mora o simple retardo, que correspondan al inter s m ximo convencional para operaciones no reajustables, que rija durante elé á periodo de mora o simple retardo. Sostiene que el referido pagar fue suscrito poré don Juan Gonzalo Barrales Melo, contador auditor, cuyo domicilio es calle Laurencia N°420, departamento 802, Jard n del Mar, comuna de Vi a del Mar. í ñ Agrega, que la firma del suscriptor se encuentra autorizada por el Notario suplente de la Notar a Veloso de la ciudad de Vi a del Mar, don Franciscoí ñ Ricardo Brain Brain, seg n consta del estampado del propio pagar . Hace presenteú é que en virtud de lo dispuesto en el art culo 23 del DL N°3475 Ley de Timbres yí estampillas, su representada se encuentra exenta del pago del impuesto respectivo. Conforme a lo anterior, explica que el pagar antes indi
Fallo
se resuelve: Que se acoge la excepci n de prescripci n ó ó del numeral 17 del art culoí 464 del C digo de Procedimiento Civil, que no se condena en costas a laó ejecutante por tener motivos plausibles para litigar. Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í Rol 1195-2007 Dictada por do a ñ Cecilia Sagredo Olivares, Juez titular. Código: LVEXXMEWJXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1195-2007 Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Vi a del Marñ , veintiocho de Febrero de dos mil veinticuatro Código: LVEXXMEWJXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-02-28T10:51:42-0300 2024-02-28T11:20:53-0300
Texto Completo (Preview)
C-1195-2007 Foja: 1 FOJA: 27 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Vi a del Marº ñ CAUSA ROL : C-1195-2007 CARATULADO : COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO COOPEUCH / BARRALES Vi a del Marñ , veintiocho de Febrero de dos mil veinticuatro Visto: Con fecha 26 de marzo y 10 de abril de 2007, comparece don Patricio Felipe Gajardo Delgado abogado, en representaci n, seg n const
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