2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

AMADOR/SOCIEDAD FCR SPA

Rol

M-5004-2023

Fecha

10 de mayo de 2024

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Feriado proporcional, Reajustes e intereses, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos señalados en autos y, por lo tanto, el Tribunal omitirá el trámite de recepción de la causa de prueba y se dictará sentencia de inmediato, haciendo uso de lo dispuesto en el artículo 453 N°1 inciso séptimo, en cuanto a tener por tácitamente admitidos los hechos señalados en la demanda. · En particular tendrá por tácitamente admitidos que el trabajador presto servicios desde el 1 de junio de 2023 como operario o mantención de limpieza de vitrinas y vehículos. · Tendrá por tácitamente admitido que la relación era de carácter indefinido, que la remuneración era de $640.460. · Se tendrá por tácitamente admitido que el día 1 de septiembre de 2023 fue despedido en forma verbal. · Se tendrá por tácitamente admitido que ese adeuda el feriado proporcional y que se adeuda las cotizaciones previsionales y la remuneración en los términos señalados en la demanda. · Los hechos que se han tenido por probados como se ha indicado dan cuenta la existencia de una relación laboral, en virtud de la cual la parte demandada estaba obligada a acreditar el cumplimiento de las obligaciones que le son propias, particularmente el pago de las cotizaciones previsionales, el pago de las remuneraciones y el pago de del feriado proporcional, cuestión que no ha hecho, lo que da lugar a que se acoja la demanda en todas sus partes. SENTENCIA Se deja constancia que conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016 de este Tribunal, la sentencia es pronunciada íntegramente en la audiencia, como consta en el registro de audio, correspondiendo la transcripción únicamente de su parte resolutiva. Parte resolutiva Que por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 3, 5, 7, 10, , 63, 162, 163, 173, 453, 454, 500, 501 del Código del Trabajo, se declara: I. Que se acoge en todas sus partes la demanda deducida por don RUDDY AMADOR BAUTISTA, en contra de SOCIEDAD FCR SPA. RUT 76.785.661-K, representad

Fallo

por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 3, 5, 7, 10, , 63, 162, 163, 173, 453, 454, 500, 501 del Código del Trabajo, se declara: I. Que se acoge en todas sus partes la demanda deducida por don RUDDY AMADOR BAUTISTA, en contra de SOCIEDAD FCR SPA. RUT 76.785.661-K, representada por don Francisco Javier Concha Morales, todos ya individualizados, en cuanto se declara que el actor prestó servicios bajo un vínculo de subordinación y dependencia para la parte demandada desde el 1 de junio de 2023 hasta el 1 de septiembre de 2023 por las razones indicadas en el cuerpo de la demanda. II. Se condena a la parte demandada al pago del feriado proporcional adeudado, equivalente a 5,25 días corridos, por la suma $100.624.- III. Que se condena el pago de las cotizaciones previsionales y de seguridad social sobre la base de la remuneración bruta de $575.000, cotizaciones que deberán se enteradas en las respectivas instituciones oficiándose el efecto. IV. Que se condena el pago por la remuneración del mes de agosto, por la suma de $640.460.- V. Que las sumas indicadas se pagarán con intereses y reajustes de conformidad a lo dispuesto en el artículo 63 del Código del Trabajo. VI. Que se condena en costas a la parte demandada, las que se tasan en la suma de $300.000.- Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió la audiencia y dictó sentencia don MARIO FELIPE HENRÍQUEZ CONTRERAS, Juez Titular del Segundo Juzgado de

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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 10 DE MAYO DE 2024 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 6 RUC 23-4-0534656-7 RIT M-5004-2023 MAGISTRADO MARIO FELIPE HENRÍQUEZ CONTRERAS ADMINISTRATIVO DE ACTAS NELSON ESPEJO GUAJARDO HORA DE INICIO 10:28 HORAS HORA DE TÉRMINO 10:32 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 234053465

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