ARIAS/
Rol
V-10-2024
Fecha
23 de febrero de 2024
Materia
OTROS VOLUNTARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 16 de enero de 2024, comparece GUACOLDA LUCIA ARIAS QUEULOPAN, chilena, Estilista Unisex, domiciliada para estos efectos en Avda. Ecuador N 5211 local 08, comuna de Lo Prado,º solicitando a este Tribunal que se decrete la entrega material del inmueble correspondiente al de calle La Coru a N 4890 departamento 509 del piso Quinto, del Edificio Radal,ñ º comuna de Estaci n Centraló , que fue abandonado durante el mes de octubre de 2023 por parte de quien fuera la su arrendatario, don RONDAL ANTONY SEGURA SEGURA. Se ala que con fecha 28 de marzo de 2023, celebr con don ñ ó RONDAL ANTONY SEGURA SEGURA un contrato de arrendamiento respecto del inmueble se alado procedentemente, ñ cuyas firmas fueron debidamente autorizadas ante el Notario de San Miguel don Eduardo Fuenzalida Robledo, y cuya materialidad se plasm enó documento que acompa a, cuya extensi n y firmas han sido extendidos al amparo de lañ ó Ley 19799 de 2022, folio de verificaci n N 123456818802, rigiendo a partir del 01 deó ° abril de 2023 y hasta el 30 de abril de 2024. Previa cita de los art culos art culo 6 inciso 2 de la Ley N 18.101 y 817 yí í ° ° siguientes del C digo de Procedimiento Civil, as como las dem s disposicionesó í á aplicables, solicita la restituci n de la propiedad arrendada y ya individualizadas, previaó certificaci n de un Ministro de Fe del hecho de haberse abandonado por la parteó arrendataria. SEGUNDO: Que, con fecha 07 de febrero de 2024, la receptora judicial do añ Ana del Carmen Andrade Qui ones certifica que se constituy ñ ó calle La Coru a N 4890ñ º departamento 509 del piso Quinto, Edificio Radal, comuna de Estaci n Centraló , el cual se encuentra actualmente desocupado y sin ocupantes, siendo as informada por laí recepcionista que se identific como Cielo Orozco Ram rez.ó í TERCERO: Que, dispone el inciso segundo del art. 6 de la Ley 18.101: "° Si el arrendatario abandonare el inmueble sin restituirlo al arrendador, ste podr solicitar alé á juez de letras competente que se lo entregue, sin forma de juicio, con la sola certificaci nó del abandono por un ministro de fe. Dicho funcionario levantar acta del estado en queá se encuentre el bien ra z al momento de su entrega al arrendador y remitir copia deí á ella al tribunal.". En tales condiciones, encontr ndose la situaci n descrita en autosá ó dentro de la hip tesis contenida en la citada norma, solo queda acoger la solicitud.ó Y visto adem s,á lo dispuesto en los art culos 6 de la Ley N 18.101 y 160, 254,í ° 817 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil, ó
Fallo
SE DECLARA: Código: XJXFXLSPKFZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl - Que, se hace lugar a lo solicitado en lo principal de la presentaci n de fechaó 16 de enero de 2024, por lo que ordena hacer entrega material del inmueble a la solicitante arrendadora, mediante receptor judicial, quien deber levantar acta del estadoá en que se encuentre el bien ra z al momento de su entrega y cargar copia de la mismaí en esta carpeta electr nica.ó REG STRESE Y NOTIF QUESE.Í Í ROL V-10-2024 DICTADA POR MANUEL JESUS FIGUEROA SALAS, JUEZ TITULAR DEL SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintitr s de Febrero de dos mil veinticuatroé Código: XJXFXLSPKFZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-02-23T14:59:11-0300
Texto Completo (Preview)
NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-10-2024 CARATULADO : ARIAS/ Santiago, veintitr s de Febrero de dos mil veinticuatro.é VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 16 de enero de 2024, comparece GUACOLDA LUCIA ARIAS QUEULOPAN, chilena, Estilista Unisex, domiciliada para estos efectos en Avda. Ecuador N 5211 local 08, comuna de Lo Prado,º solici
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