1º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta

SOCIEDAD COMERCIAL MARQUEZ LIMITADA/MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL

Rol

C-3673-2023

Fecha

23 de febrero de 2024

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 11 de agosto de 2023, comparece don Nicolás Márquez Herrera, abogado, cédula nacional de identidad N°15.690.340-K, en representación convencional de SOCIEDAD COMERCIAL MÁRQUEZ LIMITADA, Rol Único Tributario N° 76.071.005-9, ambos domiciliados para estos efectos en General Velásquez N°890 Oficina 604, Antofagasta, e interpone demanda en juicio ordinario de prescripción extintiva de deuda en contra de la Ilustre Municipalidad De Antofagasta, de su giro, Rol Único Tributario N°69.020.300-6, representada por su Alcalde, don Jonathan Velásquez Ramírez, ambos domiciliados en Avenida Séptimo de Línea 3505, Comuna de Antofagasta, con el objeto de que se declare que la acción para perseguir el pago y la deuda misma devengada por concepto de patentes municipales y derechos de aseo en los periodos comprendidos entre el primer semestre del año 2009 y el primer semestre del año 2020, ambos inclusive, se encuentra prescrita. Funda la demanda señalando que la SOCIEDAD COMERCIAL MÁRQUEZ LIMITADA, realizó oportunamente todas las gestiones tendientes a obtener la patente comercial en la comuna correspondiente a su lugar de funcionamiento, esto es, la comuna de Antofagasta. Sin embargo, pese a los esfuerzos realizados por Sociedad Comercial Márquez Limitada, no fue posible obtener la patente comercial, toda vez que la I. Municipalidad de Antofagasta, a través de la Dirección de Rentas, emitió un certificado de listado de detalle de morosidad, en el que dentro de los periodos adeudados, existen periodos en que ha transcurrido el plazo legal establecido para que sean declarados prescritos, según el propio documento de deuda emitido por la Municipalidad con fecha 19 de mayo de 2023. Código: XNMSXLLMXFZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl En efecto, se incluyen los periodos comprendidos entre el primer semestre del año 2009 y primer semestre del año 2020, ambos inclusive, cuyos vencimientos sucesivos va

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que don Nicolás Márquez Herrera, abogado, en representación de SOCIEDAD COMERCIAL MÁRQUEZ LIMITADA, ha deducido demanda en contra de la I. Municipalidad de Código: XNMSXLLMXFZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Antofagasta, a fin de que se declare la prescripción de la acción de cobro de las patentes comerciales municipales indicadas, en virtud de los fundamentos ya señalados en la parte expositiva de esta sentencia. SEGUNDO: Que la demandada se allanó a la demanda interpuesta en autos. TERCERO: Que la parte demandante rindió en autos prueba documental, consistente en: Copia Listado de detalle de morosidad de la Ilustre Municipalidad de Antofagasta de fecha 19 de mayo de 2023, y copia de certificado de estatuto actualizado correspondiente a la SOCIEDAD COMERCIAL MÁRQUEZ LIMITADA de fecha 18 de abril de 2023. CUARTO: Que el artículo 2521 del Código Civil, establece que “prescriben en tres años las acciones a favor o en contra del Fisco y de las Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos”. QUINTO: Que, constando en autos la deuda por concepto de patente comercial municipal respecto del deudor Sociedad Comercial Márquez Limitada., correspondiente al primer semestre de 2009 al primer semestre del año 2020, patente comercial Rol N°2120606, y habiendo transcurrido el plazo de prescripción de la acción de cobro de estos derechos en relación a los períodos señalados, circunstancia, además, expresamente reconocida por la parte demandada al haberse allanado a la demanda, no cabe sino acoger la demanda de autos y declarar prescritos dichos impuestos, en los términos que se determinarán en resolutiva. SEXTO: Que habiéndose, la demandada, allanado a la demanda, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 144 del Código de Procedimiento Civil, no se le condenará en costas.

Fallo

Por estas consideraciones y vistos además, lo dispuesto en los artículos 144, 160, 170, 254 y 313 del Código de Procedimiento Civil; 1698 y 2521 del Código Civil; SE DECLARA QUE: I.- SE ACOGE la demanda deducida por don Nicolás Márquez Herrera, abogado, en representación de SOCIEDAD COMERCIAL MÁRQUEZ LIMITADA., en contra de la Ilustre Municipalidad de Antofagasta, y en consecuencia, se declara prescrita la Código: XNMSXLLMXFZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl acción de cobro derivada de la patente comercial municipal Rol N°2120606, correspondiente al periodo que abarca desde el primer semestre del año 2009 al primer semestre del año 2020. II.- Que cada parte soportará sus costas. Notifíquese, regístrese y en su oportunidad archívese. C-3673-2023. Dictada por Andrea Przybyszewski Jopia, Jueza Subrogante del Primer Juzgado de Letras de Antofagasta. En Antofagasta, a veintitrés de febrero de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. Código: XNMSXLLMXFZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-02-23T14:26:18-0300

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta CAUSA ROL : C-3673-2023 CARATULADO : SOCIEDAD COMERCIAL MARQUEZ LIMITADA/MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Antofagasta, veintitrés de febrero de dos mil veinticuatro VISTOS: Con fecha 11 de agosto de 2023, comparece don Nicolás Márquez Herrera, abogado, cédula nacional de identidad N°15.690.340-K, en representación conve

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