URIBE/VITAMINA WORK LIFE S.A
Rol
O-3918-2023
Fecha
8 de mayo de 2024
Materia
Despido indirecto, Feriado legal, Feriado proporcional, Nulidad del despido, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Comparece en causa RIT O-3918-2023 y en causa O-4118-2023, ante este tribunal doña Johanna Denisse Uribe Lufi, cédula nacional de identidad N°18.441.521-6, Técnico de Párvulos, domiciliada en Cabo Negro N°1597, comuna de Puente Alto, ciudad de Santiago, e interpone demanda por despido indirecto, nulidad de despido por infracción al artículo 162 inciso 7º del Código del Trabajo y cobro de prestaciones, en contra de su ex empleador Vitamina Work Life S.A., Rut N°76.407.810-1, sociedad del giro de su denominación, representada legalmente por doña Gabriela Alejandra Maureira Mellado, chilena, desconoce actividad o profesión, cédula nacional de identidad N°16.977.586-9, ambos con domicilio en La Parroquia N°47, comuna de la Florida; y doña JAVIERA CONSTANZA NEUMAN FUENTES, chilena, cédula de identidad N° 19.501.833-2, cesante, domiciliada en Melitenes 765, depto. 11, Viña del Mar, en contra de Vitamina Chile SpA, Rut 76.407.810-1, representada en virtud del artículo 4 del Código del Trabajo por doña Gabriela Maureira Mellado, desconoce profesión u oficio, todos domiciliados en Avenida Apoquindo 4501, piso 18, Las Condes. Fundan sus acciones en los siguientes antecedentes de hecho y de derecho: A) JOHANNA DENISSE URIBE LUFI: Ingresó a prestar servicio el día 2 de junio del año 2014 para la empresa vitamina Work Life sociedad anónima, Como técnico en atención de párvulos, percibía una remuneración fija de $872.621, y su contrato a la fecha el término de la relación laboral era indefinido. Indica que puso término a su relación laboral auto despidiéndose con fecha primero de junio del año 2023, invocando la causal prevista en el artículo 160 número 7 el Código del Trabajo por incumplimiento grave de las obligaciones que le impone el contrato en virtud de encontrarse adeudada a las siguientes cotizaciones previsionales, de salud y AFC Chile: -En la AFP Modelo S.A se le adeuda el pago de las cotizaciones previsionales de los meses de febrero, marzo y abril de 2023; en
Fundamentos
fundamentos relatados en supra. iii. Que
Fallo
se declara que mi relación laboral con la demandada finalizó producto del despido indirecto válido efectuado con fecha 1 de junio del año 2023, en razón a la causal contenida en el número 7 del artículo 160 del Código del Trabajo, a saber, incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato dado los fundamentos relatados en supra. iii. Que se declara que mi remuneración para efectos del artículo 172 del Código del Trabajo es la suma ascendente a $872.621. iv. Que se condena a la demandada al pago de: a) Feriado Legal y Proporcional correspondiente a 39 días por la suma de $1.134.407. b) Indemnización por años de servicios $7.853.589. c) Indemnización por mes de aviso $872.621. d) Recargo del 50% por la causal aplicada, por la suma de $3.926.795. e) Que la demandada deberá pagar las sumas correspondientes a las cotizaciones previsionales y de salud adeudadas. v. Que, en virtud del no pago de cotizaciones, se declare que el despido es nulo y, por tanto, se condene a la demandada al pago de las remuneraciones y cotizaciones que se devenguen desde la fecha del despido, esto es, desde el 1 de junio de 2023 hasta la fecha en que se convalide el mismo, con una remuneración base ascendente a la suma de $872.621. vi. Lo anterior con intereses y reajustes en conformidad a la ley. JAVIERA NEUMAN FUENTES: A) Indemnización por años de servicio a que se refiere el artículo 163 del Código del Trabajo, equivalente a 6 años, por la suma de $3.537.192.- B) Indemnización por
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, ocho de mayo de dos mil veinticuatro. Vistos: Comparece en causa RIT O-3918-2023 y en causa O-4118-2023, ante este tribunal doña Johanna Denisse Uribe Lufi, cédula nacional de identidad N°18.441.521-6, Técnico de Párvulos, domiciliada en Cabo Negro N°1597, comuna de Puente Alto, ciudad de Santiago, e interpone demanda por despido indirecto, n
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