SOCIEDAD AGRÍCOLA EL PORVENIR S.A./ZUAZO
Rol
O-19-2023
Fecha
8 de mayo de 2024
Materia
Desafuero Maternal
Resultado
No especificado
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1, 7 159 N° 5, 174, 194 y siguientes, 453, 456, 459 inciso final y 462 del Código del Trabajo, se declara: I.- Que se acoge la demanda presentada, en cuanto se autoriza a la SOCIEDAD AGRÍCOLA EL PORVENIR S.A. C.I. N° 78.134.990-9, para poner término al contrato de trabajo que le vincula con doña BARBARA TAMARA ZUAZO TOLOZA, C.I. N° 18.284.863-8, por la causal prevista en el artículo 159 N° 5 del Código del Trabajo. Autorización que debe hacerse efectiva al 15 de mayo de 2024 debiendo estar firme y ejecutoriada la presente sentencia. II.-Que no se condena en costas a la demanda por no haber mediado oposición. Anótese, regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Con lo actuado se pone término a la audiencia, quedando los comparecientes notificados personalmente de todo lo actuado y resuelto en la misma. Dirigió la audiencia doña BARBARA ROGEL CESPEDES, Jueza del Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Peumo.
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA EN MATERIA DE DESAFUERO MATERNAL FECHA Ocho de mayo de dos mil veintitrés. RUC 23-4-0468157-5 RIT O-19-2023 MAGISTRADO BARBARA ROGEL CESPEDES ENCARGADO DE ACTA APUA HORA DE INICIO 09:26 HORA DE TERMINO 09:39 DEMANDANTE (aus) SOCIEDAD AGRÍCOLA EL PORVENIR S.A. C.I. N° 78.134.990-9, DOMICILIO: El PERAL S/N, COMUNA LAS CABRAS. ABOGADO DTE (pte) NICOLE ELFERNAN WA
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