4º Juzgado Civil de Santiago

GUTIÉRREZ/FISCO DE CHILE (C.D.E)

Rol

C-1014-2023

Fecha

21 de febrero de 2024

Materia

PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: A folio 1 compareci el abogado Omar Fernando Cabrera Cabezas, enó representaci n convencional de JUAN ALEJANDRO GUTIERREZ VALENZUELAó , jubilado, todos domiciliados en Doctor Sotero del Rio N 326, oficina 506, comuna de° Santiago, e interpuso demanda en juicio ordinario de indemnizaci n de perjuicios, enó contra del FISCO DE CHILE, representado legalmente por el Consejo de Defensa del Estado, encontr ndose este a su vez representado Juan Antonio Peribonio Poduje,á abogado, ambos con domicilio en Agustinas N 1225, piso 4, comuna de Santiago, aº objeto que sea condenado a pagar la suma de $200.000.000, con ocasi n de la prisi nó ó pol tica y tortura de la que fue objeto, o bien, en su defecto, a la suma que el tribunalí considere en justicia, cantidad que deber ser reajustada de acuerdo a la variaci n delá ó ndice de Precios al Consumidor (IPC), desde la fecha de interposici n de esta demandaÍ ó y el pago efectivo de la indemnizaci n, junto con los intereses legales correspondientesó durante el mismo per odo y las costas de la causa.í Afirm que su representado fue reconocido por el Estado de Chile como v ctimaó í calificada de prisi n pol tica y torturas por la Comisi n Nacional de Prisi n Pol tica yó í ó ó í Tortura N 10978.° Refiri que, en el contexto del r gimen de facto que gobern Chile entreó é ó septiembre de 1973 y marzo de 1990, fue detenido en la Compa a Manufacturera deñí Papeles y Cartones el d a 23 de septiembre de 1973. Arguy que su representado fueí ó sacado esposado de su lugar de trabajo por fuerzas especiales, siendo posteriormente trasladado al regimiento de Puente Alto, donde fue objeto de interrogatorios y tratos inhumanos. Agreg que el d a 9 de octubre de 1973 fue trasladado junto con otros presos aló í estadio nacional, donde fue nuevamente sometido a violentos interrogatorios, aislado e incomunicado, sufriendo fracturas en sus costillas. Hizo presente que lo mantuvieron retenido en dicho lugar por unos d as, transcurridos los cuales se l

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que Juan Alejandro Guti rrez Valenzuela, a trav s de sué é representante convencional, interpuso demanda en juicio ordinario de indemnizaci n deó perjuicios en contra del Fisco de Chile por los fundamentos de hecho y de derecho se alados en lo expositivo.ñ SEGUNDO: Que el demandado solicit ó el rechazo de la demanda en virtud de las defensas y excepciones referidas en la parte expositiva de la presente sentencia. TERCERO: Que, se evacu la r plica en rebeld a del demandante y eló é í demandado evacu la d plica en los t rminos indicados en lo expositivo de este fallo.ó ú é CUARTO: Que, con el objeto de fundamentar sus pretensiones, el demandante acompa la siguiente prueba documental:ñó A folio 22 1) Copia de la carpeta con antecedentes del Instituto Nacional de Derechos Humanos sobre la calificaci n de v ctima de la demandante. ó í 2) Informe de da o moral emitido por la psic loga cl nica de CODEPU,ñ ó í Mar a Ang lica Correa Cabrera.í é A folio 23 3) Texto Consecuencias de la Prisi n Pol tica y Torturas elaborado por la“ ó í ” Comisi n Nacional de Prisi n Pol tica y Torturas de Chile.ó ó í 4) Texto Consecuencias de la Tortura en la Sociedad Chilena elaborado“ ” por la Comisi n Nacional de Prisi n Pol tica y Torturas de Chile.ó ó í 5) Texto Consecuencias Psicosociales de la Represi n Pol tica elaborado“ ó í ” por Elizabeth Lira. Código: XXBSXLSZKVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 6) Presentaci n realizada por el psic logo Freddy Silva G Caracter sticas deló ó “ í Da o y Trauma en Afectados Directos de Violaciones a los DDHH de 16 de octubreñ ” de 2017. 7) Copia de Informe en t rminos generales sobre las secuelas dejadas en el“ é plano de salud mental relacionadas con las violaciones a Derechos Humanos cometidas durante la dictadura militar. Caso: D. Hern n D az Jim nez á í é ” 8) Texto Las peores cicatrices no siempre son f sicas: La tortura psicol gica“ í ó ” a o 2007.ñ 9) Exposici n sobre la tortura y el trauma El viejo dilema de las taxonom asó “ í psiqui tricas elaborado por Carlos Madariaga.á ” 10) Texto Tortura y trauma psicosocial de Carlos Madariaga.“ ” 11) Texto V ctimas de violaciones a los derechos humanos; situaciones“ í represivas y experiencias traum ticas.á ” 12) Texto Informe sobre la Comisi n Nacional de Prisi n Pol tica y Torturas“ ó ó í del Estado de Chile” 13) N mina de personas reconocidas como V ctimas de Prisi n Pol tica yó í ó í Torturas, Valech I, 2004. 14) N mina de personas reconocidas como V ctimas de Prisi n Pol tica yó í ó í Torturas, Valech II, 2004 A folio 24 15) Art culo Algunos Factores de Da o a la Salud Mental , elaborado por elí “ ñ ” Programa de Salud Mental de la Vicar a de la Solidaridad.í 16) Art culo Algunos problemas de la salud mental detectados por equipoí “ psicol gico-psiqui trico , elaborado por el Programa de Salud Mental de la Vicar a de laó á ” í Solidaridad. 17) Art culo Tortura, tratos crueles e inhu

Fallo

fallo que disponga una indemnizaci n compensatoria se podr ejecutar en eló á respectivo pa s por el procedimiento interno vigente para la ejecuci n de sentenciasí ó contra el Estado (art culo 68 N 2).í ° NOVENO: Que, asimismo, conviene consignar que de acuerdo al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Pol ticos de la Organizaci n de Naciones Unidas,í ó vigente en Chile desde el a o 1989, los Estados acuerdan que no podr admitirseñ á restricci n o menoscabo de ninguno de los derechos humanos fundamentales reconocidosó o vigentes en virtud de leyes, convenciones, reglamentos o costumbres, so pretexto que el Pacto no les reconoce o los reconoce en menor grado (art culo 5 N 2); teniendo todaí ° persona que haya sido ilegalmente detenida o presa, el derecho efectivo a obtener reparaci n (art culo 9 N 5).ó í ° D CIMOÉ : Que, en el marco del reconocimiento de la violaci n de derechosó humanos en nuestro pa s por parte de agentes del Estado durante la dictadura militar, seí dict en el a o 1992 la Ley 19.123, mediante la cual se cre la Corporaci n Nacional deó ñ ó ó Reparaci n y Reconciliaci n, a la cual, entre sus diversos objetivos, se le encomendó ó ó especialmente promover la reparaci n del da o moral de las v ctimas de violaciones a losó ñ í derechos humanos o de violencia pol tica.í A su vez, la Ley 19.992 estableci una pensi n anual de reparaci n en beneficioó ó ó de las v ctimas directamente afectadas por violaciones a los derechos humanosí individualizadas en el anexo "Lis

Texto Completo (Preview)

NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-1014-2023 CARATULADO : GUTI RREZ/FISCO DE CHILE (C.D.E)É Santiago, veintiuno de febrero de dos mil veinticuatro VISTO: A folio 1 compareci el abogado Omar Fernando Cabrera Cabezas, enó representaci n convencional de JUAN ALEJANDRO GUTIERREZ VALENZUELAó , jubilado, todos domiciliados en Doctor Sotero del Rio N 326,

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica