BANCO DE CHILE/SANHUEZA
Rol
C-2115-2023
Fecha
21 de febrero de 2024
Materia
PESOS, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folio 1 comparece do a Paula Arancibia Rodr guez, Abogada, enñ í calidad de Mandataria Judicial del BANCO DE CHILE, sociedad an nima del giro de su denominaci n, cuyo Gerente General es donó ó Eduardo Ebenesperguer Orrego, ingeniero, ambos domiciliados en Calle Bandera N 577, 2 piso, comuna de Santiago e indica que en la° ° representaci n que invisto, vengo en interponer demanda ordinaria deó cobro de pesos, en contra de MAURICIO ANTONIO SANHUEZA JARA, Rut N 12.318.896-9, ignoro profesi n u oficio, domiciliado en calle° ó Paseo Los Queules N 3512, Sector Temuco Norte, Comuna de Temuco, en° raz n de que adeuda al BANCO DE CHILE el importe relativo al pagaró é que a continuaci n pasa a individualizar: - Pagar Pr stamo en Cuotasó é é Iguales en Peso N 054073, suscrito por don MAURICIO ANTONIO° SANHUEZA JARA, con fecha 07 de marzo de 2018, a la orden del BANCO DE CHILE, por la suma de $61.257.791.- (Sesenta y un millones doscientos cincuenta y siete mil setecientos noventa y un pesos), cantidad que declaro recibir a su entera satisfacci n y conformidad. Se determinó ó que el capital adeudado devengar a partir de la fecha de suscripci n yá ó durante toda la vigencia de la obligaci n intereses a raz n de la tasa deó ó inter s mensual del 0,7%. El demandado se oblig a pagar la cantidadé ó adeudad por concepto de capital e intereses en 36 cuotas de acuerdo al siguiente programa de amortizaciones: -35 cuotas iguales y sucesivas de $1.934.601.- cada una de ellas, que se pagar n cada 1 mes venciendo laá primera el 06 de abril de 2018, y a partir de esta, las cuotas siguientes Código: YBFEXLBGBVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl vencer n sucesivamente con la periodicidad antes indicada. -1 cuota deá $1.934.587 que se pagar el 08 de marzo de 2021. El monto de cada unaá de estas cuotas incluye pago de capital e intereses. El demandado aceptó que la imputaci n completa de los pagos de cada una de las cu
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1 comparece do a Paula Arancibia Rodr guez,ñ í Abogada, en calidad de Mandataria Judicial del BANCO DE CHILE, cuyo Gerente General es don Eduardo Ebenesperguer Orrego e indica que en la representaci n que inviste, viene en interponer demanda ordinaria deó cobro de pesos, en contra de MAURICIO ANTONIO SANHUEZA JARA, en raz n de que adeuda al BANCO DE CHILE el importe relativoó al pagar que a continuaci n pasa a individualizar: - Pagar Pr stamo ené ó é é Cuotas Iguales en Peso N 054073, suscrito por don MAURICIO° ANTONIO SANHUEZA JARA, con fecha 07 de marzo de 2018, a la orden del BANCO DE CHILE, por la suma de $61.257.791.- (Sesenta y un millones doscientos cincuenta y siete mil setecientos noventa y un pesos), cantidad que declaro recibir a su entera satisfacci n y conformidad. Seó determin que el capital adeudado devengar a partir de la fecha deó á suscripci n y durante toda la vigencia de la obligaci n intereses a raz n deó ó ó la tasa de inter s mensual del 0,7%. El demandado se oblig a pagar laé ó cantidad adeudad por concepto de capital e intereses en 36 cuotas de acuerdo al siguiente programa de amortizaciones: -35 cuotas iguales y sucesivas de $1.934.601.- cada una de ellas, que se pagar n cada 1 mesá venciendo la primera el 06 de abril de 2018, y a partir de esta, las cuotas Código: YBFEXLBGBVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl siguientes vencer n sucesivamente con la periodicidad antes indicada. -1á cuota de $1.934.587 que se pagar el 08 de marzo de 2021. El monto deá cada una de estas cuotas incluye pago de capital e intereses. El demandado acept que la imputaci n completa de los pagos de cada una de las cuotasó ó precedentemente indicadas, sea efectuada en forma exclusiva y privativa por el acreedor, pudiendo este en cada oportunidad destinar el importe total de las mismas a la amortizaci n del capital y/o de los intereses, o de ambos aó la vez, en la proporci n que estime conveniente. Se determin que el noó ó pago oportuno de alguna de las cuotas de capital e intereses facultar alá acreedor, una vez transcurridos 15 d as corridos contados desde la mora oí el simple retardo, para hacer exigible el saldo adeudado como si fuere de plazo vencido, a menos que el importe de capital del presente pagar seaé igual o inferior a 200 Unidades de Fomento o su equivalente, en cuyo caso el acreedor podr ejercer dicha facultad una vez transcurridos 60 d asá í corridos contados desde la mora o el simple retardo. La caducidad del plazo se ha establecido en beneficio exclusivo del acreedor. Se determin que enó caso de mora o simple retardo el deudor se oblig a pagar intereses penalesó a contar del d a siguiente de producido ese evento y hasta su pago total aí una tasa igual a la m xima permitida estipular para este tipo de operacionesá de cr dito de dinero vigente al tiempo de la mora o simple retardo, peroé solo si este fuere superior al inter s que s
Fallo
SE RESUELVE: I.- Que HA LUGAR a la demanda en juicio ordinario de cobro de pesos interpuesta a folio 1 por do a Paula Arancibia Rodr guez, Abogada,ñ í en representaci n del ó BANCO DE CHILE en contra de don MAURICIO ANTONIO SANHUEZA JARA y en consecuencia el demandado DEBER PAGARÁ al actor la cantidad de $21.334.538 ( veinti n millones trescientos treinta y cuatro mil quinientos treinta y ocho),ú suma que ser reajustada conforme a la variaci n que haya experimentadoá ó el ndice de Precios al Consumidor fijado por el Instituto Nacional deÍ Estad sticas, a contar de la notificaci n de la demanda y hasta su pagoí ó efectivo, devengando asimismo intereses corrientes para operaciones reajustables determinados desde que la presente resoluci n cause ejecutoria,ó seg n liquidaci n que en su oportunidad deber realizar la Srta. Secretariaú ó á del Tribunal o quien la subrogue legalmente. II.- Que se condena en costas al perdidoso. An tese, reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.ó í í í Rol Nro.- 2115 - 2023 Código: YBFEXLBGBVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Dictada por do a ñ MAR A CRISTINA DE LA CRUZ ARRIAGADAÍ , Jueza Titular del Tercer Juzgado Civil de Temuco. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Temuco, veintiuno de febrero de dos mil veinticuatro Código: YBFEXLBGBVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : C-2115-2023 CARATULADO : BANCO DE CHILE/SANHUEZA Temuco, veintiuno de febrero de dos mil veinticuatro VISTOS: A folio 1 comparece do a Paula Arancibia Rodr guez, Abogada, enñ í calidad de Mandataria Judicial del BANCO DE CHILE, sociedad an nima del giro de su denominaci n, cuyo Gerente General es donó ó Eduardo Ebenes
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