AVILA/IMPORTADORA CHALAN SPA
Rol
M-270-2024
Fecha
6 de mayo de 2024
Materia
Despido injustificado, Nulidad del despido
Resultado
No especificado
Hechos
hechos que la constituyan, siendo su despido injustificado. Así su despido fue efectuado, sin entregarle o remitir a sui domicilio carta de despido donde se invocara la causa legal y los hechos que lo motivaron, dejándole de esta forma en la absoluta indefensión, habiendo el demandado infringido lo dispuesto en el artículo 162del Código del Trabajo.- En razón de lo expuesto recurre a sede judicial para que, reconociendo la existencia de la relación laboral y la naturaleza indefinida de su contrato de trabajo, se ordene el pago de la indemnización sustitutiva del aviso previo, remuneraciones adeudadas, el feriado proporcional y las cotizaciones de seguridad social. COMPARECENCIA Y RECLAMO ANTE LA INSPECCIÓN DEL TRABAJO: La situación descrita precedentemente motivó que el día 19 de febrero del año 2023 realizara un reclamo ante la Dirección del Trabajo, bajo el N.o 918/2024/590, citando a comparendo de conciliación para el día 27 de febrero de 2024, al cual su ex empleador compareció, sin embargo, no se logró acuerdo.-
Fundamentos
fundamentos de hecho y de Derecho que expone. SEGUNDO: Explica que el 01 de abril del año 2023, fue contratado por la demandada IMPORTADORA CHALAN SpA, bajo el vínculo de subordinación y dependencia para prestar servicios como jefe de garzones, desempeñando también las labores de cajero y garzón. Dicha relación estuvo vigente hasta el 15 de febrero de 2024, manteniéndose en informalidad laboral durante toda la vigencia de la relación laboral. En este sentido, cabe precisar que su trabajo consistía en atender las mesas de los comensales, sirviendo la comida, preparar los tragos y servirlos, cobrar en caja el consumo de cada cliente, y ser el jefe de los demás garzones, todo desarrollado en el local que la demandada tiene en calle Manuel Montt 1090 local 301 en la comuna de Temuco. Cabe precisar que la demandada se comprometió a remunerar sus servicios con la suma liquida de $1.250.000.- mensuales, más una gratificación legal del 25 %. Concretamente, su sueldo mensual se desglosaba de la siguiente manera, según lo indica la tabla siguiente: Sueldo líquido: $1.250.000.- Sueldo Base: $ 1.365.082.- Sueldo bruto: $ 1.547.165.- Gratificación 25 %: $182.083.- Descuento AFP Modelo: $163.690.- Fonasa: $108.302.- Las funciones para las que fue contratado eran las propias derivadas del cargo de jefe de garzones, específicamente recibir a los comensales, atenderlos, preparar y servir los tragos y estar a cargo de la caja del local y despedir a quienes concurrían a comer al restaurant. En las funciones descritas, recibía instrucciones directas del representante legal de su ex empleador, don Virgilio Ore Chávez, quien le señalaba la forma en que debía desarrollar las labores que le encomendaban, estando sujeta siempre a su control y supervisión. La forma de relacionarse con don Virgilio, era de forma directa, telefónica y por medio de “WhatsApp” medios a través de los cuales se le daba instrucciones. Es necesario hacer presente que no obstante sus constantes requerimientos, el demandado nunca cumplió con su obligación legal de escriturar su contrato de trabajo, durante tal periodo (01 de abril del año 2023 hasta el 15 de febrero de año2024, dejándole en la más absoluta indefensión al no tener protección previsional. En cuanto a la duración del contrato de trabajo, convinimos que el mismo tuviera el carácter de indefinido, y le favorecen las presunciones señaladas en los artículos 8 y 9 del Código del Trabajo. Su jornada laboral real era más de 60 horas semanales, dado que su ex empleador le hacía trabajar más de 11 horas diarias, desde las 11 horas hasta las 23:30 horas de martes a domingo, en un trato verdaderamente inhumano. En las funciones descritas, recibía instrucciones directas del representante legal de su ex - empleador, quien le señalaba la forma en que debía desarrollar las labores que le encomendaban, estando sujeto siempre a su control y supervisión. En consecuencia, se cumplen los requisitos legales para presumir la existencia de un cont
Fallo
Por tanto, a falta de escrituración del contrato, en este juicio deben presumirse como ciertas las estipulaciones de la relación que se señalan en esta demanda, de acuerdo al tenor de dicha norma legal puede asegurarse que el legislador, con el propósito de cuidar que el trabajador esté amparado por las normas de esta rama del derecho, presume legalmente que toda prestación de servicios personales, por cuenta ajena, subordinada y remunerada constituye contrato de trabajo atendido el carácter oneroso del mismo. Es importante destacar el principio pro operario señalado en la norma del art. 9o inciso 4parte final que señalo “la falta de contrato escrito hará presumir legalmente que son estipulaciones del contrato las que declare el trabajador”. Así lo ha resuelto por ejemplo la I. Corte de Apelaciones de Concepción, en sentencia dictada con fecha 26 de junio de 2007en causa rol no 3715-2006, que cita. Cita asimismo, la Corte de Apelaciones de Concepción, en sentencia dictada con fecha 01 de octubre de 2007 en causa rol No 447-2007 2o EN CUANTO AL NO PAGO DE COTIZACIONES PREVISIONALES: Si un empleador no pagò las cotizaciones previsionales, está obligado a declararlas, dentro de las primeros 10 días hábiles de aquel en que se devengaron las respectivas remuneraciones. En caso de no realizar el pago o declaración de cotizaciones en el plazo que corresponda, el empleador tendrá hasta el último día hábil del mes subsiguiente, para acreditar la extinción de su obligación de
Texto Completo (Preview)
Temuco, seis de mayo de dos mil veinticuatro. VISTOS, OIDOS Y TENIENDO PRESENTE PRIMERO: Que en la presente causa Rit M-270-2024 comparece don FRANK PABLO AVILA RUFINO, peruano, cesante, cedula de identidad extranjero No 24.014.893-5, con domicilio en Lagos No 669, Temuco e interpone demanda laboral en Procedimiento Monitorio de declaración de relación laboral, despido injustificado, nulidad del d
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica